LEGISLACIÓN RELACIONADA
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Se Autoriza al Gobierno para que Exija una Contribución de dos mil Pesos en los Cuatro Departamentos del Estado, para Preparar los Medicamentos Necesario para ser Distribuido en los Pueblos del EstadoTexto Normativo
Decretos Legislativos
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Otros
30/04/1861

Por la Ley N°. 1053, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Salud.


Esta norma fue derogado por la Ley N°. 1053, Ley del Digesto Nicaragüense de la Materia de Salud, publicada en Gaceta N°. 10 del 18 de enero de 2022 y es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Dercho Histórico. Es norma fue incluída en la actualización como parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia de la Ley N°. 1164, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Salud, aprobada el 27 de septiembre del año 2023 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 02 del 09 de enero de 2024.