| El presente Código de Comercio de Nicaragua fue expedido por el Senado y Cámara de Diputados de la República y fue sancionado por el Poder Ejecutivo el 30 de abril de 1914. La promulgación fué hecha el día 30 de Octubre de 1916, por consiguiente, rige desde el 30 de Enero de 1917.
El Código de Comercio de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo I Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Empresa, Industria y Comercio. |