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DECRETO MANDANDO A FUNDAR UN PUEBLO CON EL NOMBRE DE SAN JOSÉ DEL TRIUNFO
DECRETO LEGISLATIVO
S/N
, aprobado el 16 de marzo de 1865
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 13 del 22 de marzo de 1865
“El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decreta:
Artículo 1
° –
En el lugar llamado “El Zapote,” á orilla del río el “Coco,” Departamento de Matagalpa, se funda un pueblo con el nombre de “San José del Triunfo”.
Artículo 2
° –
El Gobierno dispondrá el trazo de dicho pueblo, y mandará marcarle hasta una legua en cuadro para ejidos en los terrenos baldíos de la República, organizándolo, según su capacidad conforme á las leyes.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, febrero 22 de 1865. –
J. Guerrero
, D. V. P. –
Manuel Urbina
, D. S. –
M. Avilez
, D. S.
Al Poder Ejecutivo. – Salón de sesiones de la Cámara de del Senado. – Managua, marzo 16 de 1865. –
Mariano Montealegre
, S. P. –
A. Murillo
, S. S. –
Federico Solórzano
, S. S.”
Por tanto: ejecútese. – Palacio Nacional – Managua, marzo 17 de 1865. –
Tomas Martínez
. – El Ministro de Gobernación. –
Antonio Silva
.
Observación:
Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo, Decreto, Mandando a fundar un pueblo con el nombre de San José del Triunfo, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.
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