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ADHESIÓN AL CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN



DECRETO EJECUTIVO N°. 20-96, aprobado el 24 de septiembre de 1996

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 206 del 31 de octubre de 1996

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que el 22 de Marzo de 1989 fue adoptado en Basilea, Suiza, el CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN.

II

Que la generación de los desechos peligrosos, así como sus movimientos transfronterizos sin el debido control representan un peligro para la salud humana y el medio ambiental.

III

Que habiéndose cerrado en la sede de la Organización de las Naciones Unidas la fecha para suscripción de dicho Convenio, solo cabe a los Estados que no lo han hecho adherir al mismo.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente Decreto de:

ADHESIÓN AL CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN

Artículo 1.- Adherir al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, adoptado el 22 de Marzo de 1989 en Basilea, Suiza.

Artículo 2.- Expedir el correspondiente instrumento de adhesión para su depósito cuando se dé la aprobación de esta adhesión por la Asamblea Nacional.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los veinticuatro días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y seis.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- Presidente de la República de Nicaragua.
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