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TEXTO CONSOLIDADO, DECLARACIÓN DE ÁREA NATURAL PROTEGIDA EL CHOCOYERO - EL BRUJO

DECRETO EJECUTIVO Nº. 35-93, aprobado el 27 de septiembre de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 217 del 29 de noviembre de 2023

Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales

El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas del Decreto Ejecutivo Nº. 35-93, Declaración de Área Natural Protegida El Chocoyero - El Brujo, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley Nº. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense, y la Ley Nº. 1163, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobada el 27 de septiembre de 2023.

DECLARACIÓN DE ÁREA NATURAL PROTEGIDA EL CHOCOYERO - EL BRUJO

DECRETO Nº. 35-93

El Presidente de la República de Nicaragua,

CONSIDERANDO

I

Que la preservación de áreas en razón de su valor para la conservación de la biodiversidad y los recursos naturales es una forma de proteger el medio ambiente y el acceso de los ciudadanos a especies de flora y fauna con fines de recreación y estudio.

II

Que en la zona de Managua quedan pocos micro hábitats representativos de la flora y la fauna nacional, los cuales es obligación del Estado preservar y proteger para las futuras generaciones.

III

Que la preservación de recursos hídricos principalmente es posible a través de la creación de zonas o áreas de reserva de esos recursos, en cuya protección participe la población y las autoridades locales.

IV

Que el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales por instancias del Consejo Municipal de Ticuantepe ha solicitado declarar como Área Protegida el Área conocida como El Chocoyero - El Brujo, situada en ese Municipio del Departamento de Managua.

Por Tanto

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política y el Artículo 8 del Decreto de Creación del Servicio de Parques Nacionales,

Ha Dictado

El siguiente Decreto de:

DECLARACIÓN DE ÁREA NATURAL PROTEGIDA EL CHOCOYERO - EL BRUJO

Artículo 1 Se declara como Área Protegida de Recursos Naturales e Hídricos el Área conocida como el Chocoyero - El Brujo, situada dentro de la comprensión territorial del Municipio de Ticuantepe.

Artículo 2 Los límites de la Reserva están dentro de las siguientes coordenadas geográficas:

Punto A: 86º 14’ 29” Longitud Oeste 11º 59’ 25” Latitud Norte.

Punto B: 86º 14’ 55” Longitud Oeste 11º 58’ 4” Latitud Norte.

Punto C: 86º 14’ 11” Longitud Oeste 11º 58’ 40” Longitud Norte.

Punto D: 86º 15’ 30” Longitud Oeste 11º 58’ 25” Latitud Norte.

Artículo 3 Se faculta al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), a través del Servicio de Parques Nacionales, a realizar el deslinde del área de la Reserva y a solicitar al efecto colaboración y apoyo al Municipio de Ticuantepe.

Artículo 4 Queda facultado MARENA a convenir con el Consejo Municipal de Ticuantepe mecanismos de colaboración para establecer de forma conjunta el Plan de Manejo de la Reserva y ejercer las acciones de administración de la misma, incluyendo el establecimiento de regulaciones del uso de la tierra, el agua, la flora y la fauna situados dentro de la Reserva.

Artículo 5 Se faculta al MARENA a realizar el estudio de tenencia y uso de la tierra dentro de la Reserva y a proponer al Poder Ejecutivo la adquisición de aquellas tierras donde para fines de protección y conservación sea absolutamente imposible ejercer por parte de sus dueños acciones de uso y dominio.

Artículo 6 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres. Día Nacional del Árbol. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.

NOTA DE CONSOLIDACIÓN. Este texto contiene incorporadas las modificaciones producidas por: 1. Decreto Ejecutivo Nº. 1-94, Creación del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 6 del 10 de enero de 1994; 2. Ley Nº. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 102 del 3 de junio de 1998.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional
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