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DECRETO, ERIJIENDO CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE CHONTALES LA VILLA DE JUIGALPA
DECRETO LEGISLATIVO
S/N
, aprobado el 06 de junio de 1877
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 23 de junio de 1877
Decreto, Erijiendo Cabecera del Departamento de Chontales, la Villa de Juigalpa
El Presidente de la República de Nicaragua,
á sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Art. 1.-
Erijese cabecera del departamento de Chontales, la villa de Juigalpa.
Art. 2.-
Queda derogada toda lei que se oponga á la presente.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado- Managua, Junio 6 de 1877. -
Federico Solórzano
,
S. P. -
Isidro Lópe
z
,
S. S. -
J. Gregorio Cuadra
,
S. S.
Al Poder Ejecutivo- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, Junio 7 de 1877. -
Benjamín Guerra
, D. P. -
Modesto Barrios
, D. S. -
J. Samuel Cruz
,
D. V. S.
Por tanto: Ejecútese - Managua, Junio 11 de 1877. -
Pedro Joaquín Chamorro -
El Ministro de Gobernación -
Agustín Duarte.
Observación:
Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo S/N, Decreto, Erijiendo Cabecera del Departamento de Chontales, la Villa de Juigalpa, se encuentra incorporado en el Anexo II
I Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.
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