Diputado Asamblea Nacional de Nicaragua
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA EN USO DE SUS
FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE DECRETO
Arto. 3 La Asociación “Ministerio de Iglesias Camino de Santidad”, conocida de forma abreviada como (MICS), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta “Diario Oficial”.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ____ días del mes de _________________ del año dos mil _______.