Managua, 05 de Octubre del 2016.

Licenciada
Alba Palacios Benavidez
Primer Secretaria. Asamblea Nacional.
Su despacho.

Estimado (a). Primer secretario (a):

Muy atentamente me dirijo a usted para solicitarle la aprobación de la Personalidad Jurídica de la Asociación de Iglesias Restauración Fuente de Vida, la que podrá abreviarse: “(AIRFV)”, según Escritura de Constitución de esta Asociación, Numero Cinco. (05), hecha ante los oficios Notariales de la Notario: Lydia Isabel Baltodano Cajina, el día Once de Enero del año dos mil Dieciséis, hecho a las diez de la mañana.

Agradeciendo la atención que brinde a la presente, aprovecho la ocasión para saludarle. Adjuntamos copias de ley y Archivo electrónico.

Atentamente.


Hno. ALFREDO GABINO JIRON

Presidente “AIRFV”.

Nota: Dirección de la Notario, Calle principal de ciudad Jardín, Frente a Librería Hispamer. Managua, teléfono: 8407 1379, 77321248.-



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 23 de mayo del 2016

Licenciada
Iris Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Su despacho

Estimada Licenciada Montenegro:

El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Arto. 138 numeral 5 y Arto. 140 de la constitución política de la republica de Nicaragua, Articulo 14 numeral 2, inciso C), Artículos 102 y 166 de la Ley número 606 “Ley Orgánica del poder legislativo de la Republica de Nicaragua con sus reformas incorporadas” y dela Ley número 147 “Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro” presenta ante usted la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica para LA ASOCIACION DE IGLESIAS RESTAURACION FUENTE DE VIDA, conocido también como: “(AIRFV)”, Asociación de naturaleza religiosa y sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Número CINCO. (05), Otorgada en el municipio de Managua a las Diez de la Mañana (10:00 Am), del día Once de Enero del año dos mil Dieciséis. Y ante los oficios Notariales de la Licenciada: Lydia Isabel Baltodano Cajina. Esta asociación se establece como objetivo fundamental: 1- Llevar el evangelio del reino de Dios a toda Nicaragua, Y más allá hasta donde se pueda. 2 – Promover actividades unidas con las Iglesias y socialmente las relacionadas en la promoción en todo el territorio Nacional y más allá la unidad entre la familia Cristiana y secular para trabajar en pro de la gente humilde. 3- Desarrollar y hacer programas de carácter sociales tales como; centros de aprendizaje, Clínicas médicas, casas de refugios para niños, ayudas, actividades de asistencia humanitaria. 4- Realizar actividades y programas de formación y capacitación en el área de predicación y a la comunión de sus miembros a través de conferencias, seminarios, talleres, retiros, etc…. 5- Creación de Escuelas Primarias previa autorización del Ministerio de Educación (MINED), para desarrollar todos los niveles de vida de los Ciudadanos de este país y los institutos y escuelas de Ministerios de las iglesias tales como; Institutos bíblicos con orientación cultural, bíblica y educativa para los niños y adultos también, Incluyendo el nivel de secundaria. 6 – Canalizar ayuda humanitaria Nacional e Internacional, para los sectores más desposeídos del pueblo e iglesias con mayores dificultades Económicas, ya sea en ropa, Calzados, víveres, medicamentos entre otros y todo enser que sirva de ayudar para las personas en general. 7 - Formar centros de rehabilitación y sobre todo de prevención para los niños y jóvenes que son de pandillas; y a los alcohólicos, drogadictos, dándole asistencia dentro de los programas que se elaboren para tal fin con personal calificado y ayudándole a levantar su autoestima a través de la labor espiritual para alejarlos de estos vicios. 8 – Formar lazos de cooperación y ayudas, con organismos homólogos Nacionales e Internacionales para la consecución de los fines con los que se crea la Asociación. 9 – Apoyar al estado en la tarea de fundar y crear colegios comunales para ayudar a forjar niños y adolescentes con valores morales; Espirituales dirigidos a las personas de escaso recursos Económicos de la comunidad donde se trabaje y/o a niños huérfanos. 10 – Promover el trabajo misionero fuera y dentro del país, así como la alianza de otras misiones extranjeras de amplia proyección social, a fin de promover ayuda al país. 11- Fomentar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo a través de medio de comunicación y cualquier otro medio de comunicación existente tales como revistas y Medios de comunicación por la vía Cibernética. 12. Desarrollar proyectos de carácter social y cristianos que beneficien a personas de escasos recursos en barrios \, caseríos, comarcas, municipios y departamentos. 13 – Ayudar a construir y regalar y/o donar materiales de construcción para conseguirle una casa diga para las familias sin una vivienda en que vivir si se fuera posible. 14 – Velar por los intereses de la asociación y de todos los miembro en todo aquello que sea de su competencia ante las autoridades Gubernamentales, Civiles y Militares y ante Organismos Internacionales, velando sobre todas las cosas por el bienestar de las familias en todo momento. 15- Promover fuentes de ingresos Nacionales y Extranjeras que vengan a mejorar las condiciones de vida de la familia Nicaragüense.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente.



Carlos Emilio López Hurtado
Diputado


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades.

Ha Dictado.

El Siguiente

Decreto.


Arto.1 Otórguese Personalidad Jurídica a la Asociación de Iglesias Restauración Fuente de Vida. “(AIRFV)”. Sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.


Arto.2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos

Sus Estatutos.

Arto.3 La Asociación de Iglesia Restauración Fuente de Vida, “(AIRFV)” estará obligada al cumplimiento de la

Ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto 4 El Presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

IRIS MONTENEGRO BLANDON ALBA PALACIOS BENAVIDEZ

Presidenta por la Ley Primera Secretaria

Dictamen Asociación de Iglesias Rstauración Fuente de Vida.pdf

8522.pdf