Managua, Nicaragua 31 de enero del 2017
Licenciada
Loria Raquel Dixon Brautigam
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada Licenciada Dixon.
Acreditación:
Soy, Ilse María Díaz Suazo, mayor de edad soltera, Ingeniera Agronómica, del domicilio de la ciudad de Masaya de tránsito por esta ciudad, identificada con cédula de identidad número: 401-270790-0009Y, en mi carácter de Presidente de la Junta Directiva de la Fundación sin fines de lucro Nicaragüense denominad “FUNDACION LUCITO”, acredito mi representación de la siguiente manera:
De conformidad a lo establecido en el artículo veintiuno de los Estados de la Fundación, autorizada mediante Escritura Público Número Veintitrés (23), denominada Constitución de Fundación y Estatutos, autorizada a las once de la mañana del día veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, ante el Notario Luis Eduardo Guadamuz Mejía, en la que se establece que el representante legal de la Asociación es el presidente de la Junta Directiva, el que tendrá la Representación Judicial y extrajudicial según se establece en los Estatutos de la Fundación, con suficientes facultades de realizar los trámites necesarios para obtener la Personalidad Jurídica de la Fundación y ejercer todos los derechos civiles relativos a sus legítimos intereses.
Documentos Adjuntos:
1. Testimonio de Escritura Pública Número Veintitrés (23), denominada Constitución de Fundación y Estatutos, autorizada a las once de la mañana del día veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, ante el Notario Luis Eduardo Guadamuz Mejía.
2. Carta de Exposición de Motivos.
Ilse María Díaz Suazo
Presidenta
Managua, 30 de enero del 2017
Licenciada
Loria Raquel Dixon
Primera Secretaria
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-
Estimada Licenciada Dixon.
Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación que se denominará
“FUNDACION LUCITO”.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley Nº. 606, "Ley orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua", con sus reformas incorporadas, publicada el 2 de febrero del 2015, gaceta No. 21.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
Edwin Castro Rivera
Diputado
Managua, 30 de enero del año dos mil diecisiete
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Diputado
Gustavo Porras Cortez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Arts. 33 numeral 11) y 93 numeral 2), inco c) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus reformas incorporadas publicada en la Gaceta No. 21 del 02 de febrero del año dos mil quince, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación que se denominará
“FUNDACION LUCITO”,
constituida mediante Escritura Pública numero veintitrés (23), de las once de la mañana del día veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales del Licenciado
Luis Eduardo Guadamuz Mejía
.
FUNDAMENTO.
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147
“Ley General de Personas Jurídicas
, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la fundación denominada
“FUNDACION LUCITO”
.
La Fundación no tendrá fines de lucro tendrá por objeto y finalidad realizar jornadas de esterilización en animales domésticos, rescate de animales abandonados, actividades de recaudación de fondos en favor del bienestar animal y ambiental, jornadas de reforestación en reservas naturales, jornadas de limpieza en reservas naturales, campañas de concientización en pro de la flora y la fauna, en escuelas, universidades etc, promoción del turismo comunitario y sostenible en las diferentes reservas naturales del país, entre otros.
Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.
Atentamente,
Edwin Castro Rivera
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la
“FUNDACION LUCITO”
,
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el departamento de Masaya.
Arto- 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto- 3.- La Fundación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil diecisiete.
Dr. Gustavo Porras Cortez
Lic. Loria Raquel Dixon
Presidente
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional