Estelí 6 de Septiembre del año 2011

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Su Despacho

¡Para Ud, cordiales saludos!

Con el debido respeto me permito comparecer ante Ud con el objeto siguiente: al tenor de la Ley número 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, hago formal solicitud de aprobación de Personería Jurídica de la ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS E HIPERTENSOS “FE Y ESPERANZA” conocida también por sus siglas en español como ADHFE, Asociación que por la vía de hecho, hemos venido trabajando en pro de la salud y mejoramiento de la calidad de vida de los y las diabéticos e hipertensas a través de Clubes de Diabéticos en todo el departamento de Estelí.

Ahora, con el incondicional apoyo de la ONG, internacional conocida como HANDICAP INTERNACIONAL, nos proponemos mejorar nuestro trabajo en calidad, calidez y cobertura e irnos ampliando a otras jurisdicciones geográficas de nuestro territorio nacional, siempre en pro de las personas con Diabetes e Hipertensas como nuestro grupo focal que nos ha motivado a constituir esta Asociación, bajo los principios de solidaridad, integración social y productiva, la no discriminación, en un plano de justicia social, en condiciones de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, de respeto a las diferentes individuales de cada persona y de las leyes que nos rigen en Nicaragua.

Sin más al respecto, muy atentamente,







HERNALDO RAUL RODRIGUEZ COREA
Presidente


Estelí, 19 de septiembre de 2011

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:
EXPOSICION DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República y Artos. 4, inco, 2 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas para la ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS E HIPERTENSOS “FE Y ESPERANZA”, ADHFE, constituida en Escritura Pública Número Cincuenta y Seis (56) Contitución de Asociación Sin fines de Lucro, en la ciudad de Estelí, a las once de la mañana del día diecisiete de mayo del año dos mil once, ante los oficios del Notario Público, MALCON JOSE GOMEZ TALAVERA, de cuyo testimonio de constitución adjuntamos su original y tres copias.

LA ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS E HIPERTENSOS “FE Y ESPERANZA”, ADHFE. Al tenor de las voces de su instrumento constitutivo, en una entidad de carácter civil, no gubernamental, sin fines de lucro, apartidista, con ilimitado número de asociados, con una duración de tiempo indefinido y con domicilio en la ciudad de Estelí, siendo sus objetivos los siguientes:

OBJETIVO GENERAL: Integrar a las personas con diabetes e hipertensión del territorio nacional, a la vida social y productiva a través de diferentes acciones que contribuyan a mejorar su calidad de vida. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: (1). Promover la integración de las personas con diabetes e hipertención a los clubes miembros de ADHFE: (2) Promover acciones para que las personas con diabetes e hepertención adquieren los conocimientos con respecto a su enfermedad y auto cuido. (3). Coordinarse con el SILAIS de Estelí, para que garantice la atención integral de los pacientes con diabetes e hepertenso. (4) Promover los estilos de vida saludable en los pacientes con diabetes e hipertensipn. (5) Establecer coordinaciones con instituciones, ONG y sectores locales, nacionales e internacionales de desarrollo para presentar propuestas que garanticen la aplicación efectiva de la ley 202. (6) Elaborar, presentar, y ejecutar proyectos y programas para el cumplimiento de sus objetivos.-

Por lo antes expuesto, y por su digno medio, sometemos esta iniciativa a consideración de la Asamblea Nacional a fin de que sea acogida por el honorable plenario, pasándola a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.



DR. GUSTAVO PORRAS CORTES
Diputado




ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

Ha Dictado El siguiente

DECRETO

Arto. 1
Otorgase la Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS E HIPERTENSOS “FE Y ESPERANZA”, la que podrá identificarse con la abreviatura ADHFE, de carácter civil, Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el municipio de Estelí, Departamento de Estelí.

Arto. 2
La representación legal de esta fundacion, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS E HIPERTENSOS “FE Y ESPERANZA”, la que podrá identificarse con la abreviatura ADHFE. Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes dela República.

Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la sala de sesiones de la Asamble Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil once.



RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Asociación de Diabeticos.pdf





6843.pdf