Diputada
Loria Dixon Brautigam
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada Diputada Dixon:

Recientemente la ASOCIACION CLUB HÍPICO DE SANTA ROSA DEL PEÑON, la que podrá identificarse con las siglas CHISAR, hemos conformado esta asociación, organización, privada sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

Conforme los derechos constitucionales y la Ley General No. 147, sobre personas jurídicas sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de Personalidad Jurídica que nos permita la legalidad de nuestra asociación, en beneficio del desarrollo de nuestro Municipio de Santa Rosa del Peñón, jurisdicción del Departamento de León.

Adjunto los documentos requeridos por la Ley No. 147.


Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.


Atentamente,

Milton Pulido Rivera

Presidente



EXPOSICION DE MOTIVOS


Compañero
Doctor
Gustavo Porras Cortes
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

El suscrito representante ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los numerales 5 del artículo 138 y 140 Constitución Política, y en los artículos 14, 102 y 106, de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y en la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro. Presentamos la solicitud de otorgamiento de la Personalidad Jurídica para la ASOCIACION CLUB HÍPICO DE SANTA ROSA DEL PEÑON, identificada con las siglas CHISAR, Asociación civil sin Fines de Lucro de interés social y de desarrollo, constituida en Escritura Pública Número Uno (01), en la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua, otorgada, ante los oficios notariales del Licenciado José Benito Suazo Montenegro, Abogado y Notario Público con domicilio y residencia en este lugar, a las nueve y treinta minutos de la mañana, del día lunes dieciséis de Enero del año dos mil dieciséis.

Esta Asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:


Para lograr de sus fines y objetivos la Asociación realizará todo tipo de actividad que le conduzcan a la realización efectiva de sus fines y objetivos, entre las que de manera enunciativa pueden señalarse:

Todos los objetivos fines aquí establecidos son meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.


Filiberto Jacinto Rodríguez López

Diputado

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO N°________


Artículo 1: Otorgase Personalidad Jurídica ASOCIACION CLUB HIPICO DE SANTA ROSA DEL PEÑON, identificada con las siglas CHISAR, Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Santa Rosa del Peñón, Jurisdicción del Departamento de León

Artículo 2: La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que lo determine su estatuto.

Artículo 3: La ASOCIACION CLUB HIPICO DE SANTA ROSA DEL PEÑON, identificada con las siglas SHISAR, está obligada al cumplimiento de la Ley número 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la Republica.

Artículo 4: El presente decreto legislativo entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua a los______ días del mes de _______ del año dos mil diecisiete, Dr. Gustavo Porras, Presidente de la Asamblea Nacional; Licenciada Raquel Dixon, Primera Secretaria Asamblea Nacional.

DR. GUSTAVO PORRAS CORTES LORIA RAQUEL DIXON
PRESIDENTE SECRETARIA
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

Asociación Club Hípico de Santa Rosa del Peñón.pdf





8285.pdf