Managua, 12 de Noviembre de 2014.
Licenciada
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimada Honorable Diputada Palacios:
Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
“Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS).
Alguno de los Fines y Objetivos de
ASONIMAHS
se dirige hacia los siguientes aspectos:1).- La creación de un despacho jurídico integrado por abogados miembros de la Asociación con el objetivo de defender los intereses legítimos de sus asociados y la población de forma gratuita, ante cualquier instancia judicial, policial, laboral, administrativa o arbitralmente. 2).- Promover y crear a nivel nacional un fondo de reserva de desarrollo económico social, para beneficio y atención a los miembros de la Asociación. 3).- Estrechar y profundizar los vínculos de carácter humano, solidarios y de cooperación con todos aquellos compañeros tales como madres, hijos, viudas y familiares más cercanos de compañeros estudiantes universitarios, de secundaria, trabajadores de la ciudad y el campo, amas de casa y de otras formas de organización popular, sectorial, indígenas y revolucionas en general, que ofrendaron su vida en la lucha de liberación nacional y en la defensa de la Patria como funcionas de la Octava Dirección del Desaparecido Ministerio del Interior. 4).- Asociar a todos los compañeros y ex funcionarios de la Octava Dirección del Ministerio del Interior hoy Ministerio de Gobernación Nicaragua para que estos, en función de sus objetivos técnicos, profesionales, académicos y culturales específicos participen activa y eficazmente en la defensa de la independencia y la Soberanía Nacional de nuestra Patria, así como de las conquistas y valores fundamentales del estado de Derecho. 5).- Desarrollar campañas promocionales y recolección de fondos para el fin cumplimiento e los fines y objetivos de
ASONIMAHS.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo con Reformas Incorporadas.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
José Orlando Escobar Castellón
Presidente
Managua, 12 de Noviembre del 2014.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente Núñez, reciba cordial saludos:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y en el artículo 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas en el Arto. 11, numeral 2, Arto. 90 párrafo 2, numeral 2 y Arto. 91 y en la Ley 147, “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
“Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS)
, asociación Sin fines de lucro, constituida en escritura pública número Seis (06) otorgada en la ciudad de Managua, a las diez de la mañana del día veintitrés de agosto del año dos mil catorce, ante los oficios notariales de la Lic. Elieth Kensy Pichardo López, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.
FUNDAMENTACION:
Esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
“Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS)
se fundamenta en que por cuanto en Nicaragua los ciudadanos tienen derecho de constituirse en organizaciones con el fin de lograr la realización de sus aspiraciones según sus propios intereses, (arto. 49 Cn.) y porque esta Asociación es importante para la Sociedad.
Dentro de los Fines y Objetivos de
ASONIMAHS
se establecen los siguientes:
1. La creación de un despacho jurídico integrado por abogados miembros de la Asociación con el objetivo de defender los intereses legítimos de sus asociados y la población de forma gratuita, ante cualquier instancia judicial, policial, laboral, administrativa o arbitralmente.
2. Promover y crear a nivel nacional un fondo de reserva de desarrollo económico social, para beneficio y atención a los miembros de la Asociación.
3. Estrechar y profundizar los vínculos de carácter humano, solidarios y de cooperación con todos aquellos compañeros tales como madres, hijos, viudas y familiares más cercanos de compañeros estudiantes universitarios, de secundaria, trabajadores de la ciudad y el campo, amas de casa y de otras formas de organización popular, sectorial, indígenas y revolucionas en general, que ofrendaron su vida en la lucha de liberación nacional y en la defensa de la Patria como funcionas de la Octava Dirección del Desaparecido Ministerio del Interior.
4. Asociar a todos los compañeros y ex funcionarios de la Octava Dirección del Ministerio del Interior hoy Ministerio de Gobernación Nicaragua para que estos, en función de sus objetivos técnicos, profesionales, académicos y culturales específicos participen activa y eficazmente en la defensa de la independencia y la Soberanía Nacional de nuestra Patria, así como de las conquistas y valores fundamentales del estado de Derecho.
5. Desarrollar campañas promocionales y recolección de fondos para el fin cumplimiento e los fines y objetivos de
ASONIMAHS.
En fin podrá participar en la formulación, gestión ejecución y evaluación de programas y proyectos a ser desarrollados con el financiamiento de organismo público, privado, multilateral o agencias de cooperación nacional o extranjeros, enfocados en los principales ejes de trabajo de
ASONIMAHS.
“Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS),
se constituye como una Asociación de carácter civil y sin fines de lucro, de interés social, educativo y cultural y estará regulado según estipules sus estatutos y demás normativas.
Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Honorable Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario, y luego enviada a la Comisión respectiva para su Dictamen y para su posterior aprobación.
Atentamente,
José Santos Figueroa Aguilar
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
“Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS),
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en Managua, Nicaragua.
Arto.2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La “Asociación Nicaragüense Marvin Antonio Hernández Silva”,
que también será conocida como
(ASONIMAHS),
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA