Managua, 30 de Mayo del 2014.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.

Estimada Diputada Palacios, reciba cordiales saludos:

A través de la presente me dirijo a Usted con el fin de solicitarle, se someta a aprobación del Plenario la solicitud de Personalidad Jurídica ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL ESPIRITU SANTO Y FUEGO, IDPESYF, de conformación a lo establecido en la Ley 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: 1) Escritura Pública de Constitución y Estatutos, 2) Exposición de Motivos, 3) Proyecto de Decreto, 4) Constancia de no Inscripción. Todos los documentos en original y sus copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, confiando en sus buenos oficios y en la posición que dirige tan dignamente. Señalo dirección para oír notificaciones colonia 14 de septiembre casa G-554, del puente de la colonia dos cuadras al lago.

Dios le bendiga,

Fraternalmente;


Rev. / Dr. LUIS ANTONIO BLANDON FLORES
Presidente de la Asociación IDPESYF


Managua, 30 de Mayo del 2014.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley NO. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus reformas incorporadas en el Arto. 11, numeral 2 y la Ley 147, “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL ESPIRITU SANTO Y FUEGO, IDPESYF, asociación sin fines de lucro, constituida en escritura pública número Cinco (05) otorgada en la Ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del día veintinueve de Mayo del año 2014, ante los oficios notariales de la Licenciada María Cristina Pravia Vado Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

FUNDAMENTACION:
Esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL ESPIRITU SANTO Y FUEGO, IDPESYF, se fundamenta en que por cuanto en Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria NO. 147 “Ley General de Personas Jurídicas”, y porque esta asociación es importante para el beneficio y desarrollo social y espiritual de los Nicaragüenses.


Los Objetivos Fundamentales de la Asociación son:

Por todo lo antes relacionado solicito a someter a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su Dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación por el mismo.






MARÍA AGUSTINA MONTENEGRO LÓPEZ
Diputada





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL ESPIRITU SANTO Y FUEGO, IDPESYF, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la Colonia 14 de Septiembre casa G-554.

Arto.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto.3 La ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL ESPIRITU SANTO Y FUEGO, IDPESYF, Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA

Asociación Iglesia de Dios Pentecostal Espiritu Santo y Fuego.pdf

7614.pdf