Managua, 07 de Septiembre de 2011.


Doctor
WILFREDO NAVARRO.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Doctor Navarro Moreira:

A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle se someta a Aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”, (A.M.A.R.), de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos; Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted.

Atentamente,





HUMBERTO ALEJANDRO MACIAS FLORES
Presidente.



EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 y 140 de Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capítulo III. Artos 14 numeral 89, párrafo 4, numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la Solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica de esta ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN, la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R), Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número Cero Cinco (05), otorgada en la Ciudad de Masaya, a las ocho de la mañana del veintiséis de Marzo del año dos mil diez, ante los Oficios Notariales del Lic. ALVARO JOSE PANIAGUA RIVAS, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Los objetivos de la Asociación son: 1) Construir y establecer Centro de Rehabilitación y/o de recuperación de la enfermedad del Alcoholismo, la drogadicción y otras sustancias adictivas; para aquellas personas especialmente jóvenes con problemas de adicción. 2) Crear programas alternativos de reinserción en la sociedad de aquellos jóvenes y personas que culminen el proceso de internamiento satisfactoriamente. 3) Estructurar, organizar y establecer un programa alternativo de recuperación de la enfermedad del alcoholismo y la drogadicción, para aquellos jóvenes de escasos recursos económicos; construyendo además proyectos sociales para el empleo de aquellos miembros en proceso de recuperación.



JENNY MARTINEZ GOMEZ
Asamblea Nacional



DICTAMEN
Managua, 16 de noviembre del 2011

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”, la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.); con domicilio en el Municipio de Masaya, departamento de Masaya. Presentada por la Diputada: JENNY MARTÍNEZ GÓMEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 05 de octubre del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1).- Construir y establecer Centros de Rehabilitación y/o de recuperación de la enfermedad del Alcoholismo, la drogadicción y otras sustancias adictivas; para aquellas personas especialmente jóvenes con problemas de adicción.- 2).-Crear programas alternativos de reinserción en la sociedad de aquellos jóvenes y personas que culminen el proceso de internamiento satisfactoriamente.- 3).- Estructurar, organizar y establecer un programa alternativo de recuperación de la enfermedad del alcoholismo y la drogadicción, para aquellos jóvenes de escasos recursos económicos; construyendo además proyectos sociales para el empleo de aquellos miembros en proceso de recuperación.- 4).- Establecer vínculos de Hermanamientos con otros centros de Rehabilitación homólogos, nacionales e internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.- 5).- Formular proyectos para el auto sostenimiento de los centros de rehabilitación; en coordinación con las instituciones del Estado, sociedad civil, y los organismos no gubernamentales que se interesan con este tipo de causas.-

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DAVID JOSÉ ESPINOZA GARCÍA.- Vice-Presidente: HUMBERTO ALEJANDRO MACÍAS FLORES.- Secretario: CARLOS JAVIER RAUDEZ GARCÍA.- Tesorero: RENÉ SALVADOR BRENES GAITÁN.- Fiscal: ANA LORENA SÁENZ CUADRA.- Primer Vocal, ROGER ALBERTO MONTENEGRO SOLÓRZANO.- Segundo Vocal: MARVIN ANTONIO RODRÍGUEZ CHAVARRÍA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”, la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.);

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO

ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”, la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya, departamento de Masaya.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.




ARTO. 3 La ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”, la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6717
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”; la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya. .

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “ALBERGUE DE MIEMBROS ADICTOS EN RECUPERACIÓN”; la que abreviadamente se podrá llamar (A.M.A.R.); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional