Managua, diez de diciembre del 2013.

Doctora
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primera secretaria Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimada Diputada:

Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre usted y los que le rodean. En mi calidad de Presidente de la “FUNDACION INTERDENOMINACIONAL DE PASTORES EVAGELICO PARA LA EXPANSION DEL REINO” y que abreviadamente se denominara (FIPER), de carácter religioso sin fines de lucro, de orientación cristiana y social no partidista, con domicilio en la Ciudad de Managua. La Fundación Cristiana, fue constituida mediante Escritura Publica Numero Doscientos Veintiuno (221), En la Ciudad de Juigalpa, a las cuatro de la tarde del día Dieciséis de Noviembre del año dos mil trece ante los oficios notariales del notario Ramón Alberto Suárez González, con el debido respeto que se merece, me dirijo a usted, para solicitarle que a través de su digno medio el plenario de la Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Fundación.
La que tiene por objetivos 1-Consolidar la unidad pastoral en todo el territorio nacional alrededor de una visión que ayude al desarrollo pastoral de las diferentes denominaciones y ministerios en todo el país en pro beneficio de la iglesia del señor Jesucristo, 2-Crear asilo para ancianos abandonados por sus familias 3-Creación y fortalecer institutos bíblicos teológicos, para la formación de nuevos pastores y líderes cristianos que servirán a sus comunidades y denominaciones a las que pertenecen. Fomentar la unificación de conceptos y definiciones escriturales establecidos en las sagradas escrituras, por medio de estudios compartidos 4-Formular y gestionar proyectos de beneficio sociales, comunitarios y eclesiásticos con beneficios gratuitos para la población urbana y rural, tales como clínicas medicas, farmacias comunales, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primaria y de secundarias, financiado con fondos propios y donaciones nacionales o internacionales 5-Establecer Vínculos de Hermanamiento con ministerios y organizaciones afines homólogos nacionales e internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Fundación, 6-Gestionar ante organismos e instancias nacionales e internacionales ayudas encaminadas a proporcionar apoyo a las denominaciones cristianas, miembros de la Fundación, para la construcción de casas pastorales, templos, anexos a construcciones existentes, mejoramiento de condiciones existentes, instalaciones de agua, energía, servicios sanitarios, de forma gratuita para los beneficiarios de la Fundación, 7-Desarrollar campañas evangélicas, conciertos de Alabanza y Adoración para la conversión de las almas a Jesucristo.
Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.

Adjuntamos:


Managua, diez de diciembre del 2013.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
EXPOSICIÓN DE MOTIVO

En mi carácter de diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 90 y 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACION INTERDENOMINACIONAL DE PASTORES EVAGELICO PARA LA EXPASION DEL REINO” y que abreviadamente se denominara (FIPER) FINDACION de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Docientos veiontiuno (221) En la Ciudad de Juigalpa, a las cuatro de la tarde del día Dieciséis de Noviembre del año dos mil trece ante los oficios notariales Ramón Alberto Suárez González, antes mencionada.
Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos: 1-Consolidar la unidad pastoral en todo el territorio nacional alrededor de una visión que ayude al desarrollo pastoral de las diferentes denominaciones y ministerios en todo el país en pro beneficio de la iglesia del señor Jesucristo, 2-Crear asilo para ancianos abandonados por sus familias 3-Creación y fortalecer institutos bíblicos teológicos, para la formación de nuevos pastores y líderes cristianos que servirán a sus comunidades y denominaciones a las que pertenecen. Fomentar la unificación de conceptos y definiciones escriturales establecidos en las sagradas escrituras, por medio de estudios compartidos 4-Formular y gestionar proyectos de beneficio sociales, comunitarios y eclesiásticos con beneficios gratuitos para la población urbana y rural, tales como clínicas medicas, farmacias comunales, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primaria y de secundarias, financiado con fondos propios y donaciones nacionales o internacionales 5-Establecer Vínculos de Hermanamiento con ministerios y organizaciones afines homólogos nacionales e internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Fundación, 6-Gestionar ante organismos e instancias nacionales e internacionales ayudas encaminadas a proporcionar apoyo a las denominaciones cristianas, miembros de la Fundación, para la construcción de casas pastorales, templos, anexos a construcciones existentes, mejoramiento de condiciones existentes, instalaciones de agua, energía, servicios sanitarios, de forma gratuita para los beneficiarios de la Fundación, 7-Desarrollar campañas evangélicas, conciertos de Alabanza y Adoración para la conversión de las almas a Jesucristo.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.





CORINA GONZÁLEZ GARCÍA
Diputada
Asamblea nacional






ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

Ha Dictado El siguiente

DECRETO

Arto. 1Otorgase la Personalidad Jurídica de la fundación: FUNDACION INTERDENOMINACIONAL DE PASTORES EVAGELICOS PARA LA EXPANSION DEL REINO y que abreviadamente se denominara (FIPER) FUNDACION Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Nueva Guinea departamento de la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS.)

Arto. 2 La representación legal de esta Fundación , será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La FUNDACION INTERDENOMINACIONAL DE PASTORES EVAGELICO PARA LA EXPANSION DEL REINO y que abreviadamente se denominara (FIPER) estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil trece



RENE NUÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional