ASOCIACION DE “CONSESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE
MASAYA” “COLOMA”
Masaya, 18 de Junio del 2007.
Masaya, 18 de Junio del 2007.

Dr. René Núñez
Presidente Asamblea
Su Despacho

Honorable señor Presidente:


La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION DE “CONSESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE MASAYA” “COLOMA”,Asociación sin Fines de Lucro, constituida en escritura pública número treinta y nueve (39), otorgada ante los oficios notariales de la Lic. Alicia Mayorga Urbina, en la ciudad de Masaya, a las 10:10 de la mañana del quince de junio del año dos mil siete.

Siendo sus fines y objetivos específicos entre otros los siguientes:

1. Velar por el respeto de sus derechos consignados en nuestra constitución política.

2. Promover la publicidad por cualquier medio de los beneficios de la asociación, con la finalidad de integrar a otras personas que estén interesadas en la defensa de sus derechos y beneficios como concesionarios y concesionarias de la Lotería Nacional e indirectamente el de sus familias.

3. Realizar ante los representantes de la Lotería Nacional, negociaciones más humanas y justas y no solo exclusivamente mercantiles.

4. Contribuir a resolver la problemática en general de los consesionarios y concesionarias relacionados con la tramitación y asignación de billetes de loterías y bonificaciones.

5. Efectuar Mediaciones entre los funcionarios de la Lotería Nacional y consesionarios cuando el caso lo amerite.

6. Brindar ayuda económica a los concesionarios y concesionarias de la Lotería Nacional de Masaya en momentos de enfermedad y muerte.


7. Contribuir de manera beligerante a la realización de los fines y objetivos de la Asociación.

8. Elaborar proyectos sociales que contribuyan a mejorar su calidad de vida.




Jenny Martínez Gómez.
Diputada Departamental




DICTAMEN

Managua, 20 de junio del 2008






DECRETO A. N. No. 5460
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE MASAYA, que también podrá conocerse con el nombre abreviado de “COLOMA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE MASAYA, que también podrá conocerse con el nombre abreviado de “COLOMA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
ASOCIACION DE “CONSESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE
MASAYA” “COLOMA”
Masaya, 18 de Junio del 2007.
Masaya, 18 de Junio del 2007.

Dr. René Núñez
Presidente Asamblea
Su Despacho

Honorable señor Presidente:


La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION DE “CONSESIONARIOS DE LOTERIA NACIONAL DE MASAYA” “COLOMA”,Asociación sin Fines de Lucro, constituida en escritura pública número treinta y nueve (39), otorgada ante los oficios notariales de la Lic. Alicia Mayorga Urbina, en la ciudad de Masaya, a las 10:10 de la mañana del quince de junio del año dos mil siete.

Siendo sus fines y objetivos específicos entre otros los siguientes:

1. Velar por el respeto de sus derechos consignados en nuestra constitución política.

2. Promover la publicidad por cualquier medio de los beneficios de la asociación, con la finalidad de integrar a otras personas que estén interesadas en la defensa de sus derechos y beneficios como concesionarios y concesionarias de la Lotería Nacional e indirectamente el de sus familias.

3. Realizar ante los representantes de la Lotería Nacional, negociaciones más humanas y justas y no solo exclusivamente mercantiles.

4. Contribuir a resolver la problemática en general de los consesionarios y concesionarias relacionados con la tramitación y asignación de billetes de loterías y bonificaciones.

5. Efectuar Mediaciones entre los funcionarios de la Lotería Nacional y consesionarios cuando el caso lo amerite.

6. Brindar ayuda económica a los concesionarios y concesionarias de la Lotería Nacional de Masaya en momentos de enfermedad y muerte.


7. Contribuir de manera beligerante a la realización de los fines y objetivos de la Asociación.

8. Elaborar proyectos sociales que contribuyan a mejorar su calidad de vida.




Jenny Martínez Gómez.
Diputada Departamental






DICTAMEN

Managua, 20 de junio del 2008