Managua, 21 de Mayo de 2007
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua
Su despacho
Estimado Dr. Navarro Moreira:
Reciba cordiales saludos de parte de los miembros que conformamos la
" ASOCIACIÓN ACCION JOVEN SIGLO XXI
(AJ SIGLO XXI)"
deseándole muchos éxitos en el buen desempeño de sus funciones.
Por medio de la presente le solicito formalmente la tramitación de personería jurídica de
" ASOCIACIÓN ACCION JOVEN SIGLO XXI
(AJ SIGLO XXI)
esta Asociación es una organización civil, apolítica, sin fines de lucro y de carácter humanitario, destinada para el desarrollo de los menos desfavorecidos a través de proyectos impulsados por jóvenes Profesionales que disminuyan la pobreza en nuestro País.
Agradeciéndole la atención ala presente y esperando de sus buenos oficios. Le saludo.
Atentamente,
LOREN WEST WAYNE
Presidente Nacional
AJ SIGLO XXI
Cel. 696-3669
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1- Otorgase Personalidad Jurídica a la
"ASOCIACIÓN ACCION JOVEN SIGLO XXI " (AJ SIGLO XXI)
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2- La representación de esta
ASOCIACIÓN
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-
Arto. 3- La
"ASOCIACIÓN ACCION JOVEN SIGLO XXI" (AJ SIGLO XXI)
, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la Republica.-
Arto. 4- El presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________________________________días del mes______________ del año dos mil siete.
ING. RENE NUÑEZ DR. WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretaria
Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Doctor
Rene Núñez Téllez
Presidente Junta Directiva
Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua
Su Despacho
Estimado Dr. Núñez Téllez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del articulo 138 y 140 de la constitución política, e el inciso 2 del articulo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, en la ley No. 147 Ley General sobre Personería Jurídica sin fines de lucro y Ley 392 "Ley de promoción al desarrollo integral de la Juventud Nicaragüense"; presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN ACCION JOVEN SIGLO XXI
la cual será conocida por sus siglas
(AJ SIGLO XXI)
; sin fines de lucro, constituida en escritura No. 05 otorgada ante los oficios notariales del Dr. Osman Velásquez,-En la ciudad de Managua, La Asociación es una organización civil, institución plural, apolítica, sin fines de lucro y de carácter humanitario, para desarrollar programas y Proyectos de intervención social y aportando una visión desde la óptica de los Jóvenes en General, Tiene por fin los siguientes: OBJETIVOS: 1)- Fomentar la organización de Jóvenes profesionales para discutir y presentar propuestas especificas para combatir la pobreza en nuestro país 2)- Trabajar permanente por la protección y adecuada utilización de nuestros recursos naturales y de medio ambiente. 2) Ampliar conocimientos, aptitudes y valores a través de proyectos sociales que den repuestas a las necesidades generales de las comunidades mas vulnerables del País.. 3)- Presentar Proyectos de sociales a través de realizar un servicio al país creando condiciones socioeconómicas a los nicaragüenses. 4)- Desarrollar capacitaciones en temas generales a nivel nacional. 5) Cualquier otra actividad acorde con los objetivos generales de la Asociación, que la junta Directiva estime conveniente. 6) Ejecutar acciones a través de un proyecto que evite La pérdida de suelo, aludes, huaycos, extinción de flora y fauna que hoy en día se presentan con mayor frecuencia; para reponer extensas áreas en peligros de erosión, mediante la capacitación y concientización a la población rural y urbana. 7) Canalizar la entrega de ayudas material en general y económica de organizaciones nacionales y extranjeras para apoyar a los de menos recursos, Iglesias o congregaciones existentes en nuestro País. 8) Promover oportunidades de formación con equidad genérica y social a las personas a constituirse en actores económicos, productivos y socio organizativos que impulsen el desarrollosocioeconomico del país. 9) Desarrollar proyectos de estrecha para dar respuesta a la problemática que sufre la población de estratos socioeconómicos que afectan a la mujer, (adulta, adolescente y niña). 10) Otorgar financiamientos favorables y Capacitación técnica para el desarrollo de los medianos y pequeños empresarios de las zonas urbanas y rurales del País. 11). Impulsar la exigencia de los sectores populares, dentro del proceso del combate contra la pobreza.12). Promover el desarrollo sostenible (energía, transporte, desarrollo industrial, desarrollo de los recursos terrestres y marinos y aprovechamiento de la tierra a nivel nacional) a través de proyectos en general;
13). Proveer beneficios sostenibles a los nicaragüenses sobre ordenamiento sostenible e integral de los recursos naturales de la tierra estudiando y formulando políticas al respecto; 14). Crear aparatos para facilitar la intervención y participación de las comunidades y la población local, en la adopción de decisiones sobre el aprovechamiento y el ordenamiento de las tierras a nivel nacional; 15). Aumentar la protección, ordenamiento sostenible y la conservación de todos los bosques, su reforestación, forestación y técnicas de restauración eficaces para su aprovechamiento y recuperar el valor integro de los bienes y servicios derivados de los bosques. 16). Elaborar y fortalecer programas, proyectos integrados para la Erradicación de la pobreza de los sectores vulnerables para darles solución. 17). Promover el papel de la juventud y su participación activa en los problemas socioeconómicos que acontezcan la problemática nacional para el fomento del desarrollo económico y social. 18). Incrementar la rentabilidad de las microempresas dirigidas por l@s beneficiari@s directas en torno a la seguridad alimentaría y el desarrollo local.19). Mejorar las condiciones alimentario nutricionales y de salud de la población de los Asentamientos Humanos de los diferentes Distritos y municipios del País; mediante la conformación de microempresas dirigidas por madres de familia de la zona
Atentamente,
Lic. Víctor Duarte
Diputado
Asamblea
Nacional
DICTAMEN
Managua, 10 de octubre del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
con domicilio el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Víctor Duarte, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1) Fomentar la organización de jóvenes profesionales para discutir y presentar propuestas específicas para combatir la pobreza en nuestro país. 2) Trabajar permanentemente por la protección y adecuada utilización de nuestros recursos naturales y de medio ambiente. 3) Ampliar conocimientos, aptitudes y valores a través de proyectos sociales que den respuestas a las necesidades generales de las comunidades más vulnerables del país.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LOREN WAYNE WEST MARTINEZ; Vicepresidente: ERNESTO JOSE HERNANDEZ LAZO; Secretario: ARACELY DEL CARMEN MEDRANO VILLALOBOS; Tesorero: SITELIA ALBERTINA JIMENEZ GUTIERREZ; Fiscal: KAREN DAYANA FLORES AGUILAR.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5281
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1.
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI “A.J. SXXI”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua. .
Art. 2.
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3.
La
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI “A.J. SXXI”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Noviembre de año dos mil siete.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 10 de octubre del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
con domicilio el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Víctor Duarte, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1) Fomentar la organización de jóvenes profesionales para discutir y presentar propuestas específicas para combatir la pobreza en nuestro país. 2) Trabajar permanentemente por la protección y adecuada utilización de nuestros recursos naturales y de medio ambiente. 3) Ampliar conocimientos, aptitudes y valores a través de proyectos sociales que den respuestas a las necesidades generales de las comunidades más vulnerables del país.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LOREN WAYNE WEST MARTINEZ; Vicepresidente: ERNESTO JOSE HERNANDEZ LAZO; Secretario: ARACELY DEL CARMEN MEDRANO VILLALOBOS; Tesorero: SITELIA ALBERTINA JIMENEZ GUTIERREZ; Fiscal: KAREN DAYANA FLORES AGUILAR.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION ACCION JOVEN SIGLO XXI
la que podrá ser conocida y abreviarse como
“A. J. SXXI”
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO