Managua, 30 de Mayo del 2014.

Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimada Licenciada Palacios:

Soy Reyna Margarita Morales Blanco, mayor de edad, soltera, ama de casa, del domicilio de la Comunidad Las Playitas, Isletas de Granada, Jurisdicción de Granada, de tránsito por esta Ciudad, identificada con Cédula número 003-060167-0001J, actúo como Presidenta de la Asociación Civil sin fines de Lucro denominada ASOCIACIÓN SOL Y AGUA, MARAVILLAS DE LA TIERRA, PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA COMUNIDAD, por medio de la presente me dirijo a usted para exponerle lo siguiente:

Que mediante escritura número Veintidós, de las cinco de la tarde del día veintinueve de mayo del año dos mil catorce, ante los oficios notariales de Nuris del Socorro Castillo Martínez, realizamos constitución de Asociación Civil sin fines de Lucro, denominada ASOCIACIÓN SOL Y AGUA, MARAVILLAS DE LA TIERRA, PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA COMUNIDAD, para beneficio de nuestra comunidad.

Y por la necesidad de que dicha Asociación Civil sin fines de Lucro, ASOCIACIÓN SOL Y AGUA, MARAVILLAS DE LA TIERRA, PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA COMUNIDAD, posea Personería Jurídica para ejercer legalmente como Asociación Constituida, y en base a los requisitos establecidos para este fin solicitamos de la manera más atenta se realicen los trámites pertinentes para la obtención de la Personería Jurídica para nuestra Asociación debidamente aprobada por esta Magna Asamblea Nacional.

Adjunto a la presente todos los requisitos requeridos para dar trámites a la presente Personería Jurídica que solicito en nombre y representación de la Asociación antes mencionada.

Agradeciendo su atención a la presente, esperando una respuesta positiva a mi solicitud.

Atentamente,



REYNA MARGARITA MORALES BLANCO
Presidenta






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 25 de Junio del 2014.

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Honorable Señor Presidente:

La suscrita diputada ante la honorable Asamblea Nacional con fundamentos en los Artos. 138 inc 5, y 140 de la Constitución Política de la República, Artos. 30 numeral, 7, 90 y 91 y 92 de la Ley 606, Ley orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua, también en los Artos. 4 Inc. 2 y 44, y la Ley No.147 Ley General sobre Personas Jurídica sin fines de lucro. Presento la iniciativa de Decreto de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la Asociación sin fines de lucro, la cual llevara por nombre ASOCIACION SOL Y AGUA, MARAVILLAS DE LA TIERRA POR UN DESARROLLO SOSTENIBLE PARA LA COMUNIDAD. Constituida en escritura pública número veintiséis (26) otorgada en la ciudad de Granada, a las ocho de la mañana del dieciocho de Abril del año dos mil once, ante los oficios notariales de la Lic. Leyla Teresa Chamorro Alemán.
FUNDAMENTACION.

La fundación tiene como objetivos principales la ejecución de actividades que conlleven al desarrollo integral y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población nicaragüense, la lucha contra la pobreza y todo aquello que contribuya a que los pobladores tengan una vida digna; tomando en cuenta siempre el respeto de la naturaleza y el ambiente, gestionar proyectos tales como: Garantizar la seguridad alimentaria de la comunidad con el funcionamiento de huertos familiares apoyados con productos orgánicos; Instalación de bombas solares para riego los cuales funcionara con paneles solares o energía renovable, en beneficio de la población. Por lo antes expuesto, considero que esta Asociación cumple con todos los requisitos establecidos en la ley 147, es una asociación civil sin fines de lucro y será de gran beneficio para los nicaragüense en el aspecto alimentario para combatir la pobreza, razón por lo cual someto a consideración de los representantes de este poder legislativo la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario, remitida a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación y concesión de la personería jurídica.

Fraternalmente,

MARÍA AUXILIADORA MARTÍNEZ CORRALES
Diputada




DECRETO A. N No ____________

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Arto. 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen su Constitución y Estatutos.
Arto 4. El presente Decreto entrará en vigencia, desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de sesiones de la Asamblea Nacional a las _______ del día _________ del mes de ________ de dos mil _________.-
Ing. RENE NÚÑEZ TELLEZ Lic. ALBA AZUCENA PALACIOS B.

Asociación Sol y Agua, Maravillas de la Tierra.pdf

7703.pdf