Managua, 19 de Agosto del 2013
Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Manos
Estimada Doctora:
La suscrita Presidenta de la
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”
, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”,
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios notariales del Dr.
Mariano Matilde Suárez Salazar,
a las diez de la mañana del día diecinueve de Agosto del año dos mil trece. Adjuntamos Escritura Pública número sesenta y cuatro (64) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la Adoración a Dios mediante la Predicación del Evangelio de Jesucristo, como mensaje de Salvación y fe para toda Criatura Humana.
2) Crear y Administrar Centros Vocacionales, Teológico, y desarrollar programa de Capacitación para Pastores, Lideres y Juventud a través de Satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las Iglesias.
3) Construir Comedores Infantiles, Asilos de Ancianos, Clínicas Medicas tanto Urbana como Rural y Centro de Rehabilitación Social y Psicológica para niños, Jóvenes y adultos en riesgo que están inmerso en el Alcoholismo, Drogadicción.
4) Gestionar ante Organizaciones Nacionales e Internacionales Brigadas Medicas y Medicamentos, igual que la construcción de Viviendas de Interés Social para las personas de escasos recursos económicos y promover el saneamiento del agua en las Zonas Urbanas y Rurales.
5) Ayudar con uniformes y útiles Escolares a los niños de escasos recursos económicos teniendo como base la igualdad de todos los nicaragüenses para erradicar el analfabetismo, todos estos servicios gratuitos.
6) Establecer Vínculos de Hermanamientos con Ministerios y Organizaciones Tanto Nacionales como Internacionales que ayuden a promover Proyectos de Interés Social en las Comunidades más pobres de nuestro país, y que ayuden a consolidar los objetivos.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
CONCEPCIÓN DE MARÍA SUÁREZ SALAZAR
Presidenta
Managua, 19 de Agosto del 2013
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-
Honorable Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y Arto. 91 de la Ley 606 Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”,
Constituida en Escritura Pública número sesenta y cuatro (64) otorgada ante los oficios notariales del Dr.
Mariano Matilde Suarez Salazar,
a las diez de la mañana del día diecinueve de Agosto del año dos mil trece.
Adjuntamos Escritura Pública número sesenta y cuatro (64) de Constitución de la Asociación, Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la Adoración a Dios mediante la Predicación del Evangelio de Jesucristo, como mensaje de Salvación y fe para toda Criatura Humana.
2). Crear y Centros Vocacionales, Teológico, y desarrollar programa de Capacitación para Pastores, Lideres y Juventud para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las Iglesias.
3) Construir Comedores Infantiles, Asilos de Ancianos, Clínicas Medicas tanto Urbana como Rural y Centro de Rehabilitación Social y Psicológica para niños, Jóvenes y adultos en riesgo que están inmerso en el Alcoholismo, Drogadicción.
4) Gestionar ante Organizaciones Nacionales e Internacionales Brigadas Medicas y Medicamentos, igual que la construcción de Viviendas de Interés Social para las personas de escasos recursos económicos y promover el saneamiento del agua en las Zonas Urbanas y Rurales.
5) Ayudar con uniformes y útiles Escolares a los niños de escasos recursos económicos teniendo como base la igualdad de todos los nicaragüenses para erradicar el analfabetismo, todos estos servicios gratuitos.
6) Establecer vínculos de Hermanamientos con Ministerios y Organizaciones tanto Nacionales como Internacionales que ayuden a promover Proyectos de Interés Social en las Comunidades más pobres de nuestro país, y que ayuden a consolidar los objetivos.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado
Managua, 19 de Agosto del 2013
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley 606 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”,
constituida en Escritura Pública número sesenta y cuatro (64) otorgada ante los oficios notariales del Dr.
Mariano Matilde Suarez Salazar,
a las diez de la mañana del día diecinueve de Agosto del año dos mil trece.
Adjuntamos Escritura Pública número sesenta y cuatro (64) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la Adoración a Dios mediante la Predicación del Evangelio de Jesucristo, como mensaje de Salvación y fe para toda Criatura Humana.
2). Crear Centros Vocacionales, Teológico, y desarrollar programa de Capacitación para Pastores, Lideres y Juventud a través de Satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las Iglesias.
3) Construir Comedores Infantiles, Asilos de Ancianos, Clínicas Medicas tanto Urbana como Rural y Centro de Rehabilitación Social y Psicológica para niños, Jóvenes y adultos en riesgo que están inmerso en el Alcoholismo, Drogadicción.
4) Gestionar ante Organizaciones Nacionales e Internacionales Brigadas Medicas y Medicamentos, igual que la construcción de Viviendas de Interés Social para las personas de escasos recursos económicos y promover el saneamiento del agua en las Zonas Urbanas y Rurales.
5) Ayudar con uniformes y útiles Escolares a los niños de escasos recursos económicos teniendo como base la igualdad de todos los nicaragüenses para erradicar el analfabetismo, todos estos servicios gratuitos.
6) Establecer Vínculos de Hermanamientos con Ministerios y Organizaciones Tanto Nacionales como Internacionales que ayuden a promover Proyectos de Interés Social en las Comunidades más pobres de nuestro país, y que ayuden a consolidar los objetivos.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
ING. MARIO VALLE DÁVILA
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1 Otorgase la personalidad jurídica a la
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”,
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en La Ciudad Managua, Departamento de Managua de la República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3 LA
ASOCIACION IGLESIA AGUA VIVA, “ASOVIVA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del Mes de ________ del año Dos Mil Doce.
RENE NÚÑEZ TELLEZ
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional