DICTAMEN
Ingeniero René Núñez Téllez Presidente Asamblea Nacional Su Despacho Honorable Presidente Núñez: Los Suscritos Miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social de la Asamblea Nacional, nos reunimos para Dictaminar el Proyecto de Ley que LEY QUE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EL ARCHIVO FILMICO DE LA CINEMATECA NACIONAL. Podemos afirmar categóricamente que, aprobar este Proyecto de Ley, no sólo es necesario, sino inevitable; ya que el Arto. 128 CN de nuestra Constitución Política, establece la “Obligación del Estado de proteger el Patrimonio Arqueológico, Histórico, Lingüístico, Cultural y Artístico de la Nación”. Arto 65 Ley Orgánica del Poder Legislativo. Así mismo la Ley de Patrimonio Cultural de la Nación, compuesto éste por las obras que constituyen verdaderos valores de bellas artes y los bienes vinculados a la Historia y vinculados a la Historia de nuestro País. Consultas realizadas. Consideración de la Comisión La comisión sometió a consulta el Proyecto de LEY QUE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EL ARCHIVO FILMICO DE LA CINEMATECA NACIONAL, con el Instituto de Cultura, dirección de Patrimonio Nacional; el Lic. Manuel Morales del Instituto de Cultura explicando que este archivo está clasificado principalmente en cuatro grandes colecciones de las cuales son: Colección de Somoza 1940-1979, consta de noticieros y documentales referente a la Política nacional edificaciones de la vieja Managua, vida Social y Cultural de estas décadas. La totalidad aproximada de la Colección Somoza es de 2,000.000 pies de películas en 16 y 35 mm; las cuales debido a la falta de Presupuesto para su preservación se encuentra en una situación crítica. Colección Sandino (producción INCINE 1979-1990). Esta colección está compuesta en su mayoría por documentales, noticieros, cortometrajes, largometrajes de ficción y algunas coproducciones con 16 y 35 mm que se realizaron durante el período de los años ochenta en el Instituto Nicaragüense de Cine (INCINE). Es una de las colecciones más completas y en regular estado de conservación. Esta colección consta de 3,000.000 pies de película. Colección Chamorro (1996-1996) Esta Colección consta de 1.200 cassetes de una hora de duración en formato de ¾ U_MATIC. Contiene información relacionada con el período administrativo del Gobierno de Doña Violeta Barrios de Chamorro. Colección Alemania (1996) Consta de 50 cassettes de una hora de duración en formato de ¾ U_MATIC con los primeros meses del gobierno del año 1996. Existe gran cantidad de material fílmico de la Colección Somoza y Sandino, que se encuentran en proceso de deterioro; por lo cual es necesario realizar su limpieza, descontaminación y digitalización. Para la preservación y conservación de este material se hace necesario la adquisición de materiales, químicos para la limpieza, descontaminación y digitalización. Así mismo se hace necesario el acondicionamiento de un taller y bóveda del archivo fílmico climatizado, y contar con un equipo de transfer de imágenes a otros formatos de digitalización, restauración digital y reproducción digital de alta calidad con los cuales pretendemos digitalizar nuestro Patrimonio Fílmico y conservarlo en este nuevo formato y a la vez darle el tratamiento químico adecuado para detener el proceso de descomposición de todo nuestro material fílmico histórico. Por lo antes expuesto en el presente informe, la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social Dictamina FAVORABLEMENTE el Proyecto de Ley que DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EL ARCHIVO FILMICO DE LA CINEMATECA NACIONAL, no sin antes acreditar que el Presente Proyecto de Ley es importante, está bien fundamentado.
Atentamente,
Firmas de consenso:
Diputados Miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social.
Mario Valle Dávila Rodolfo José Alfaro G.
Presidente Primer Vicepresidente
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Olga Xochilt Ocampo Rocha Nery Sánchez Lazo
Segunda Vicepresidente
Martha M. González Dávila José Ramón Sarria Morales
Evertz Cárcamo Narváez Jasser Martínez Montoya
María Dolores Alemán C. Yamileth del Socorro Bonilla
Wilber R. López Núñez Standfort Cash Dash
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Eduardo J. Gómez López
c.c. Archivo
Que el arte fílmico nicaragüense, constituye una de las expresiones culturales de mayor especialización; que ha sabido transmitir y proyectar el quehacer cultural, tradicional y de identidad cultural perteneciente a la Nación.
Que el archivo fílmico de la Cinemateca Nacional constituye uno de los preciados soportes históricos en los cuales consta gran parte de la memoria histórica, social, económica y política de nuestra patria.
Art. 1 Declárese Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación “El Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional”, compuesto por todas las imágenes fílmicas y bienes del instituto Nicaragüense de Cine (INCINE) y la Cinemateca Nacional.
Art.2 El Instituto Nicaragüense de Cultura en representación del Estado adoptará las medidas que considere necesarias para proteger, conservar, resguardar y preservar los bienes culturales que pertenecen al “Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional”.
Art.3 El Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional deberá ser registrado e inventariado por el Departamento de Registro de Bienes Culturales de la Dirección de Patrimonio Cultural del Instituto Nicaragüense de Cultura.
Art.4 Para la preservación y conservación de este Patrimonio Fílmico Cultural, la Asamblea Nacional especialmente destinará una partida en el Presupuesto Nacional anualmente, la que será asignada en el Presupuesto del Instituto Nicaragüense de Cultura, quien será encargado de administrar y cumplir con las disposiciones estipuladas en la presente ley.
Art. 5 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los______________________ días del mes de ______________ del año dos mil ocho.