Estimado Presidente:
Esta Asociación establece como fines y objetivos los siguientes:
Organizar, promover e impulsar el Deporte del que somos aficionados, con la importancia no solo para la Asociación sino para el país al lograr que se nos tome en cuenta al participar en torneos internacionales, propiciar torneos nacionales con nuestra participación y de otros asociados o tenistas extranjeros, promoviendo de esta manera el tenismo nacional e internacional al efectuarse dichos torneos, dándole así a todos los tenistas mayores de treinta y cinco (35) años la oportunidad de practicar este deporte y jugarlo en otros países ya reglamentado.
Con fundamento en el articulo sesenta y cinco (65) de nuestra constitución política en el que se establece el derecho que tenemos todos los nicaragüenses al deporte, a la educación física, a la recreación y al esparcimiento, al derecho natural del ser humano, mente sana en cuerpo sano, y en base a lo mandado en la ley número 147 “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURIDICAS SIN FINES DE LUCRO”.
Por lo antes expuesto, someto a consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.
AMANDO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS Diputado Asamblea Nacional.
Articulo 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Articulo 3. La "ASOCIACION DE TENISTAS VETERANOS DE NICARAGUA", "ADTVNIC", estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Articulo 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los _______________________ días del mes ________________________ del año dos mil once.-
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO