Managua, 08 de Febrero del 2007.
Diputado.
Ing. Edwin Castro Rivera.
Jefe de Bancada FSLN.
Asamblea Nacional.Diputado
Maximino Rodríguez Martínez
Jefe de Bancada Alianza PLC
Asamblea Nacional.
    Hasta aquí la exposición de motivo.

    CC. Archivo.

    LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

    EN USO DE SUS FACUTADES
    HA DICTADO
    LA SIGUENTE
    LEY QUE CONFIERE A AVE MARIA UNIVERSITY Inc – LATIN AMERICAN CAMPUS LOS PRIVILEGIOS Y EXONERACIONES DE ORGANISMO INTERNACIONAL.

    Artículo 1.- Que Ave Maria University Inc – Latín american Campus, inscrito como organismo no Gubernamental Extranjero, en la Dirección de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, con el número perpetuo 3706, páginas 7,537 a la 7,633, Tomo V, Libro IX, con fecha del 09 de marzo del año 2007, es sucesora sin solución de continuidad de Ave Maria Collage Of de Américas, y se le reconoce Status de Misión Internacional, otorgado por el Gobierno de la República de Nicaragua.

    Artículo 2.- El organismo no gubernamental denominado Ave Maria University Inc – Latín american Campus, se le otorga la categoría de Organismo internacional con las exoneraciones de impuestos, inmunidades y privilegios que tienen estos organismos debidamente acreditados en Nicaragua.

    Artículo 3.- Derogase Ley No. 383, Ley que Confiere al Ave María Collage Of. the América los Privilegios y Exoneraciones de Organismos Internacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 48 del 08 de marzo del 2001.

    Artículo 4.- La presente ley, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

    Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _________ días del mes de ___________del año dos mil _______________.


    RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO
    Presidente Primer Secretario
    Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Managua, 09 de agosto del 2007.