EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Managua, 15 de Marzo del 2007.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el Arto. 152 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presenta la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE APOYO PARA PEQUEÑOS PRODUCTORES, pudiendo abreviarse “ANAP”. Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Numero 11, otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las dos de la tarde del día nueve de marzo del año dos mil siete, ante los Oficios Notariales de Carlos Rodolfo Icaza Espinosa, Abogado y Notario Público de la Republica de Nicaragua.

Esta Asociación establece como Objetivo fundamental:

1) La Asociación tiene como fin y objetivo general la promoción de la siembra de todo tipo de productos que nazcan o crezcan en tierra y que para su crecimiento o desarrollo se utilicen productos orgánicos o no orgánicos para llevar a cabo su siembra y su germinación hasta que se convierta en un producto terminado apto para el consumo.

2) Establecer un centro de entrenamiento para capacitar a los agricultores de acuerdo a la última tecnología a nivel mundial para la siembra y cosecha de determinado producto agrícola y asimismo se les impartirán seminarios de administración agrícola con el fin de proporcionarles los conocimientos adecuados a nuestros agricultores activos en el programa con la finalidad que los agricultores estén bien capacitados para el uso debido en el manejo y administración propia de su finca, de manera exitosa.

3) Una vez que los agricultores hayan aprobado el programa de capacitación se les otorgará un certificado de técnico en materia de agricultura moderna.

4) Posteriormente les brindamos la oportunidad a los productores que hayan obtenido el certificado, la compra de su lote de tierra a través de financiamiento que les otorgará la Asociación.

5) La Asociación se encargara de comercializar los productos de esta siembra y asimismo se encargará de facilitarles pagos mensuales durante el proceso de siembra para que el pequeño productor, con el objeto de medio de subsistencia y le proporcionaremos todo lo necesario como las semillas, fertilizantes, riego y demás herramientas necesarias para obtener una buena cosecha productiva.

6) Una vez vendida la cosecha y que la Asociación reciba el dinero, la misma se encargará de deducir los pagos entregados al agricultor, cobrar los insumos y materiales entregados durante el proceso de siembra y la diferencia se abonará para la compra de su respectivo lote.

7) Cuando el primer ciclo concluya, este productor iniciará la cosecha del segundo, y subsiguientes ciclos agrícolas.

8) Parte proporcional de la ganancia que genere el programa de exportación se asignara a la educación y salud de los miembros activos.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,

Diputado

DICTAMEN


Managua, 28 de agosto del 2007







Managua, 28 de agosto del 2007