LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto.1. Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación CENTRO EMPRESARIAL PELLAS, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua Departamento de Managua.

Arto.2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto.3. La Fundación CENTRO EMPRESARIAL PELLAS estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personerías jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Seiones de la Asamblea Nacional a los ------días del mes de -------------- del año dos mil seis.

PRESIDENTE SECRETARIA

ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

Managua, 23 de Octubre de 2006.


Managua, 24 de Octubre de 2006.


Diputado
Eduardo Gómez López
Presidente
Asamblea Nacional
Republica de Nicaragua



Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del articulo 138 y 140 de la constitución Política de la Republica de Nicaragua, en el inciso 2 del articulo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la ley No. 147 Ley General de Personalidades Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la FUNDACION CENTRO EMPRESARIAL PELLAS, sin fines de lucro, constituida en escritura publica numero trece, otorgada ante los oficios notariales de Edwin Alejandro Mendieta chamorro a las once y treinta minutos de la mañana del día trece de septiembre del dos mil seis.

Esta asociación tiene la siguiente Finalidad y Objetivos: La asociación tendrá por objeto y finalidad dedicarse a toda clase de actividades y servicios de apoyo y cooperación social y en especial a lo siguiente A) Promover, desarrollar y ejecutar proyectos y actividades destinados a fortalecer la economía y reducir la pobreza mediante pequeñas y medianas empresas; B) Brindar toda clase de asesoramiento capacitación y apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas C) apoyar a las pequeñas y medianas empresas en mejoramiento de planes de negocios, a las ventas y mercadeos de productos, la incursión de nuevos mercados, producción y productividad, proceso de organización, cualquier otra área relacionada con la formación administración y dirección D) realizar cualquier actividad relacionada a promover la protección del medio ambiente.
Para realizar su objetivo y finalidad la fundación podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que tuvieran relación con los mismos y que no estuviesen prohibido por la ley, así mismo dentro del marco legal podrá recibir toda clase de donaciones provenientes de personas o instituciones nicaragüenses o extrajeras, sean estas publicas o privadas.

Por lo antes expuesto solicitamos se le de tramite correspondiente para su debida aprobación.



Carlos Noguera Pastora Agustín Jarquin Anaya


DICTAMEN



Managua, 14 de agosto del 2007









DECRETO A. N. No. 5203

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Articulo. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN CENTRO EMPRESARIAL PELLAS (CENTRO EMPRESARIAL PELLAS); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua. .

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACIÓN CENTRO EMPRESARIAL PELLAS CENTRO EMPRESARIAL PELLAS); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Septiembre de año dos mil siete.







ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional



















LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto.1. Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación CENTRO EMPRESARIAL PELLAS, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua Departamento de Managua.

Arto.2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto.3. La Fundación CENTRO EMPRESARIAL PELLAS estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personerías jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Seiones de la Asamblea Nacional a los ------días del mes de -------------- del año dos mil seis.

PRESIDENTE SECRETARIA

ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

Managua, 23 de Octubre de 2006.





Managua, 14 de agosto del 2007