Managua, 15 de Junio del 2012


DRA. ALBA PALACIOS
Primer Secretaría
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

Solicito el otorgamiento de la Personalidad Jurídica para la “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE EN NICARAGUA, la cual podrá ser conocida de forma abreviada como “PRODENICA”, la que también ha sido constituida conforme las leyes de la República y consta la iniciativa con el respeto de un Honorable Diputado ante la Asamblea Nacional además se adjunta los documentos requeridos por ley.

Sin más a que referirme me suscribo cordialmente de usted.


ÁLVARO BALTODANO MONROY
Presidente


Managua, 05 de Junio de 2012


Licenciada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimada Licenciada Palacios

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE EN NICARAGUA”, conocida de forma abreviada como “APRODENICA”

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente





CC. Archivo.


EXPOSICION DE MOTIVOS

Diputado
ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE EN NICARAGUA”, conocida de forma abreviada como “APRODENICA” y constituida mediante Escritura Pública Número Diez (10), de las seis de la tarde del día veintidós de febrero del año dos mil doce, ante los oficios notariales de la Licenciado JAVIER RAMÓN ALONSO ÁLVAREZ

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la asociación denominada “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE EN NICARAGUA, conocida de forma abreviada como “APRODENICA”.

Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, tiene como objetivos la contribuir a la realización del derecho de los nicaragüenses al deporte, la educación física y la recreación física para lograr mejores índices en el mejoramiento de la salud, la calidad de vida y el rendimiento individual y nacional, respectivamente, de los nicaragüenses y el país.

Para cumplir con este objeto global, la Asociación tendrá entre los fines los siguientes promover el deporte en Nicaragua, cualquier tipo de deporte, de acuerdo a los principios de integralidad, obligatoriedad, universalidad y solidaridad; Incentivar la práctica del deporte, de la educación física y la recreación física libre y voluntaria en todo el territorio nacional, coadyuvando con el Estado y/o la sociedad en las acciones de estímulo, promoción, fomento, desarrollo y financiamiento a la misma; Contribuir a la formación integral, el bienestar y la conservación de la salud de los nicaragüenses, teniendo especial prioridad en los niños y niñas, jóvenes, discapacitados y deportistas de alto rendimiento.

Así mismo contribuir al fortalecimiento de las asociaciones y federaciones en las diferentes ramas y disciplinas deportivas, de educación física y de recreación física, considerando que éstas constituyen el marco idóneo de práctica, disciplina, seguimiento y mejoramiento de dichas actividades, entre otros.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 05 de Junio del año dos mil doce

Atentamente

EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO

EL SIGUIENTE
DECRETO

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE EN NICARAGUA”, conocida de forma abreviada como “ARPODENICA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el departamento de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil doce.


ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ.
LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional

Asociación para la Promoción del Deporte de Nicaragua.pdf





7038.pdf