Managua 22 de mayo de 2007
Managua 28 de mayo de 2007

EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NUÑEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho



Honorable señor Presidente:


El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y los Artos. 30 numeral 5, 89,90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Derecho denominada presente se remite iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la asociación ``MISION COMUNIDAD CRISTIANA´´, la que podrá identificarse con las siglas (M.C.C.) constituida en Escritura Publica numero Ochenta y cuatro (84), el día veintiséis de Marzo del año dos mil siete, ante los oficios Notariales del Licenciado Edwin José Rueda Palavicini.

En Nicaragua los pobladores tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal como lo reconoce nuestra Constitución Política (arto.49 Cn) y la ley ordinaria No.147 Ley General sobre Personalidad Jurídica, en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la asociación MISION COMUNIDAD CRISTIANA o (M.C.C.) Asociación Civil sin fines de lucro, de carácter social pluralista, no discriminatoria, sin credo político, ni religioso.

FUNDAMENTO

La asociación tendrá como fines y objetivos los siguientes:

1- Predicar la palabra de Dios en todo el territorio Nacional e Internacional.

2- Levantar Iglesias en todo el territorio nacional.

3- Elaborar programas para restaurar la unidad de las familias con la palabra de Dios en nuestra comunidad.

4- Gestionar ayuda y promover la cooperación e intercambio con organismos e instituciones nacionales o internacionales, para satisfacer las necesidades de los pobres de nuestra comunidad.

5- Promover los principios morales y cristianos en nuestra comunidad, colegios y otros lugares del país.

Por lo antes expuesto, solicito someter a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.


En la ciudad de Managua, 28 de mayo de 2007.




ENRIQUE JOSE SARAVIA HIDALGO
Diputado FSLN
Asamblea Nacional



DICTAMEN




Managua, 15 de octubre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominara (M.C.C), con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega. Presentada por el Diputado Enrique José Saravia. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de septiembre del año dos mil siete.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Predicar la palabra de Dios en todo el territorio Nacional e Internacional. 2) Levantar Iglesias en todo el territorio nacional. 3) Elabora programas para restaurar la unidad de las familias con la palabra de Dios en nuestra comunidad. 4) Gestionar ayuda y promover la cooperación e intercambio con organismos e instituciones nacionales o internacionales, para satisfacer las necesidades de los pobres de nuestra comunidad.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JUSTO RAMIRO MENDOZA MENDOZA, Vicepresidente, ANA BELSI TEJEDA, Secretario, FLOR PATRICIA ULLOA PERALTA, Tesorero, MISAEL DE JESUS PAREDES, Vocal, BAYARDO MENELAO VEGA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.


Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓNMISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominara (M.C.C). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5936
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C.); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C.); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN




Managua, 15 de octubre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominara (M.C.C), con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega. Presentada por el Diputado Enrique José Saravia. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de septiembre del año dos mil siete.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Predicar la palabra de Dios en todo el territorio Nacional e Internacional. 2) Levantar Iglesias en todo el territorio nacional. 3) Elabora programas para restaurar la unidad de las familias con la palabra de Dios en nuestra comunidad. 4) Gestionar ayuda y promover la cooperación e intercambio con organismos e instituciones nacionales o internacionales, para satisfacer las necesidades de los pobres de nuestra comunidad.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JUSTO RAMIRO MENDOZA MENDOZA, Vicepresidente, ANA BELSI TEJEDA, Secretario, FLOR PATRICIA ULLOA PERALTA, Tesorero, MISAEL DE JESUS PAREDES, Vocal, BAYARDO MENELAO VEGA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.


Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓNMISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominará (M.C.C), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN “MISION COMUNIDAD CRISTIANA” y que abreviadamente se denominara (M.C.C). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO