Managua, 24 de Marzo del 2009.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional Su despacho.


Honorable Doctor Navarro.

Por este medio le solicito someter a consideración de la Asamblea Nacional la presente solicitud de aprobación de Personería Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN(ASOTRASOL), pues es fundamental contar con la respectiva aprobación para trabajar legalmente el pro de la comunidad.

Acompaño la presente solicitud con la siguiente documentación: Escritura Pública de Constitución con los Estatutos inmersos en la misma, así como la respectiva Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, todo ello en original y copias debidas.

Sin más que agregar le saludo


Atentamente


Filiberto Rodríguez López
Diputado FSLN
Asamblea Nacional


JOSÉ GABRIEL NÚÑEZ ORTÍZ
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Ingeniero
René Nuñez
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Honorable Señor Presidente:

El (La) Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 14 inc. 2 Arto. 30 inc. 5, Arto. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No, 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”, presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN (asotrasol), constituida en Escritura Pública número (16), otorgada ante los oficios notariales del Lic. MARVIN ERNESTO LOPEZ GRILLO, en la ciudad de León el ocho de Marco del año mil dos mil nueve.

Esta Asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:


1. Fomentar y crear formas de participación de los trabajadores sociales en las diversas esferas de la vida del municipio de León o de cualquier otra localidad del territorio nacional, a través de la organización de los mismos que le permita incidir en las decisiones que los afecten o favorezcan. 2. Impulsar y desarrollar los principios de ayuda mutua, solidaridad humana entre los miembros de la ASOTRASOL, entre éstos, la sociedad civil y las organizaciones afines. 3. Elaborar propuestas y proyectos de desarrollo humano, donde la comunidad y sus habitantes participen directamente. 4. Establecer convenios de cooperación y coordinación con organismos nacionales y extranjeros que comulguen con los objetivos y fines de a la ASOTRASOL. 5. Crear, canalizar y/o administrar Fondos Sociales provenientes de instituciones afines sean estas nacionales o extranjeras, públicas o privadas para prevenir y mitigar desastres naturales, asimismo establecer programas de rehabilitación de las personas y comunidades que han sufrido el embate de la naturaleza. 6. Promover acciones que incidan en la protección del medio ambiente por medio de programas y proyectos destinados a la educación en el uso racional y programado de los recursos naturales. 7. Elaborar y desarrollar programas y proyectos para mejorar la situación social de segmentos de la población mediante la consecución e intermediación de fondos económicos dirigidos a la capacitación. 8. Contribuir al desarrollo cultural de la población mediante programas que estimulen, financien y promuevan las distintas formas de expresiones artísticas. 9. Elevar a los órganos estatales y privados correspondientes sugerencias para contribuir a la democratización de la economía, la educación, salud y la institucionalidad democrática.
Promover y desarrollar estudios de investigación científica entre los asociados que contribuyan a identificar los problemas socio-económicos y las soluciones a los mismos 10. Promover y desarrollar programas de salud que no ofrezca el Ministerio de Salud. 11. Promover mediante acciones la equidad de género.

Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN Asociación Civil sin fines de Lucro es de gran beneficio para la sociedad Nicaragüense, razón por la que someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego pasada a comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.

Managua, 24 de Marzo del 2009.



FILIBERTO RODRIGUEZLOPEZ
Diputado
Asamblea Nacional




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades
HA DICTADO


El siguiente

DECRETO



Arto. 1.- Otórguese Personería Jurídica a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN conocida como ASOTRASOL Asociación Civil sin fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio del municipio de León, Departamento de León.

Arto.2.- La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma en que sus estatutos lo determinen.

Arto. 3.- La ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los________________ del mes de_________________ del año dos mil Nueve.




DICTAMEN



Managua, 25 agosto del 2009






DECRETO A. N. No. 5791

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional Su despacho.


Honorable Doctor Navarro.

Por este medio le solicito someter a consideración de la Asamblea Nacional la presente solicitud de aprobación de Personería Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN(ASOTRASOL), pues es fundamental contar con la respectiva aprobación para trabajar legalmente el pro de la comunidad.

Acompaño la presente solicitud con la siguiente documentación: Escritura Pública de Constitución con los Estatutos inmersos en la misma, así como la respectiva Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, todo ello en original y copias debidas.

Sin más que agregar le saludo


Atentamente


Filiberto Rodríguez López
Diputado FSLN
Asamblea Nacional


JOSÉ GABRIEL NÚÑEZ ORTÍZ
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Ingeniero
René Nuñez
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Honorable Señor Presidente:

El (La) Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 14 inc. 2 Arto. 30 inc. 5, Arto. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No, 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”, presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN (asotrasol), constituida en Escritura Pública número (16), otorgada ante los oficios notariales del Lic. MARVIN ERNESTO LOPEZ GRILLO, en la ciudad de León el ocho de Marco del año mil dos mil nueve.

Esta Asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:


1. Fomentar y crear formas de participación de los trabajadores sociales en las diversas esferas de la vida del municipio de León o de cualquier otra localidad del territorio nacional, a través de la organización de los mismos que le permita incidir en las decisiones que los afecten o favorezcan. 2. Impulsar y desarrollar los principios de ayuda mutua, solidaridad humana entre los miembros de la ASOTRASOL, entre éstos, la sociedad civil y las organizaciones afines. 3. Elaborar propuestas y proyectos de desarrollo humano, donde la comunidad y sus habitantes participen directamente. 4. Establecer convenios de cooperación y coordinación con organismos nacionales y extranjeros que comulguen con los objetivos y fines de a la ASOTRASOL. 5. Crear, canalizar y/o administrar Fondos Sociales provenientes de instituciones afines sean estas nacionales o extranjeras, públicas o privadas para prevenir y mitigar desastres naturales, asimismo establecer programas de rehabilitación de las personas y comunidades que han sufrido el embate de la naturaleza. 6. Promover acciones que incidan en la protección del medio ambiente por medio de programas y proyectos destinados a la educación en el uso racional y programado de los recursos naturales. 7. Elaborar y desarrollar programas y proyectos para mejorar la situación social de segmentos de la población mediante la consecución e intermediación de fondos económicos dirigidos a la capacitación. 8. Contribuir al desarrollo cultural de la población mediante programas que estimulen, financien y promuevan las distintas formas de expresiones artísticas. 9. Elevar a los órganos estatales y privados correspondientes sugerencias para contribuir a la democratización de la economía, la educación, salud y la institucionalidad democrática.
Promover y desarrollar estudios de investigación científica entre los asociados que contribuyan a identificar los problemas socio-económicos y las soluciones a los mismos 10. Promover y desarrollar programas de salud que no ofrezca el Ministerio de Salud. 11. Promover mediante acciones la equidad de género.

Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN Asociación Civil sin fines de Lucro es de gran beneficio para la sociedad Nicaragüense, razón por la que someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego pasada a comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.

Managua, 24 de Marzo del 2009.



FILIBERTO RODRIGUEZLOPEZ
Diputado
Asamblea Nacional




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades
HA DICTADO


El siguiente

DECRETO



Arto. 1.- Otórguese Personería Jurídica a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN conocida como ASOTRASOL Asociación Civil sin fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio del municipio de León, Departamento de León.

Arto.2.- La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma en que sus estatutos lo determinen.

Arto. 3.- La ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES SOCIALES DE LEÓN, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los________________ del mes de_________________ del año dos mil Nueve.




DICTAMEN



Managua, 25 agosto del 2009