FUNDACIÓN NUEVO SOL



Managua, 23 de Octubre de 2008
Managua, 24 de Octubre de 2008

Ing.
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Presidente:

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en los Artos. 138 inciso y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, Arto. 152 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Ley No. 606, y en la Ley General sobre personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley No. 147, presento la solicitud otorgamiento de Personalidad Jurídica para FUNDACION NUEVO SOL, Fundación de naturaleza civil sin fines de lucro, de interés en los ámbitos de la tarde del día trece de Octubre del año dos mil ocho, ante los oficios de la Notario Martha Lorena Icaza Ochoa.

Esta Fundación tiene afectados de modo duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general que se detallan en la cláusula del objeto en la escritura de su constitución, siendo sus fundadores un grupo de cinco profesionales comprometidos y con ardua experiencia en proyectos de cooperación y desarrollo a nivel internacional; su motivación es hacer real y efectiva al derecho a la salud y la educación por medio de la gestión y ejecución de proyectos dirigidos a la implementación de acciones sociales, educativas y sanitarias que a mediano y largo plazo consiga dar respuestas de forma prioritaria a la población infantil y juventud de este país.

Se pretende que los proyectos de cooperación que se gestionen y ejecuten aporten y garanticen con su actuar el desarrollo personal, educación en valores, formación técnica, educativa, atención psicosocial y ser una alternativa de oportunidad para los niños, niñas y jóvenes sobre sus perspectiva de futuro.

De igual manera, La Fundación desarrollará acciones de investigación y capacitación de profesionales, así como de sensibilización de la población que den respuestas de atención adecuadas y eficaces.

En tal sentido sus resoluciones en el accionar estarán dirigidas primordialmente a:

a) Promover la gestión y el desarrollo de centros, programas y servicios educativos, sanitarios y sociales atendiendo a los objetivos establecidos por Naciones Unidas para el milenio, incidiendo especialmente en el campo de la salud.
b) Procurar la atención prioritaria a la población infantil juvenil, en el ámbito de la educación, la salud y el desarrollo social, atendiendo al cumplimiento de los derechos básicos aprobados en la Convención de Derechos del Niño.
c) Considerar a la familia como elemento fundamental para el desarrollo infantil, priorizando los proyectos que consideren la intervención familiar como elemento fundamental en la sociedad.
d) Posibilitar el desarrollo de experiencias de atención domiciliaria y otras alternativas de convivencia, así como impulsar la formación de los jóvenes como elemento favorecedor de su autonomía de vida.
e) Promover la integración socio-laboral y cultural a través de acciones de formación y creación de infraestructuras e instrumentos validos para su desarrollo.
f) Promover la igualdad de acceso a todos los procesos educativos, formativos, culturales, sanitarios y socio-laborales, favoreciendo la integración de la dimensión de igualdad de oportunidades en las políticas de las administraciones públicas e instituciones, siendo conscientes del importante papel transformador de las mujeres y sus aportaciones al desarrollo de sus comunidades.
g) Desarrollar acciones de ayuda en situaciones de catástrofes naturales o humanas.
h) Promoción de la salud y la educación, entendida en sentido integral, con un enfoque de desarrollo que busque mejoras sostenibles a medio y largo plazo.
i) Desarrollo de acciones tendientes a la formación y capacitación de personal en los ámbitos de lo social, la salud y la educación, que permitan la transferencia de conocimientos de atención y respuesta a las necesidades básicas y de gestión de recursos, pudiendo llevar a cabo acciones de enseñanza reglada y no reglada, así como estudios, investigaciones y publicaciones encaminados a la mejor del conocimiento.
j) Respetar los contextos socioculturales en los que desarrollan sus acciones sociales, educativas y sanitarias con el único límite del respeto a los derechos humanos y a los derechos del niño.
k) Favorecer reuniones de intercambio entre profesionales con el objeto de confrontar las elaboraciones teóricas y sus aplicaciones, estableciendo protocolos de buenas prácticas.
l) Prestar servicios de consultoría, auditoria, evaluación y asesoramiento social, educativo y sanitario.
m) Coordinar con otros agentes de cooperación con el fin de logra la mayor eficacia posible, fortaleciendo el trabajo en red con organizaciones sociales, organismos públicos municipales nacionales e internacionales que tienen responsabilidades en el ámbito de lo social, educativo y sanitario.
n) Desarrollar actividades de promoción del voluntariado y sensibilizar a la opinión pública de cara a obtener una participación activa en la puesta en marcha de soluciones alternativas, colaborando en la formación de valores, atendiendo a todos aquellos programas que contemplen la prevención y tratamiento de la violencia en todas sus manifestaciones, contribuyendo con ello a frenar sus espiral y reforzar los valores de la paz. o) Realizar cualquier otra actividad que directa o indirectamente tienda


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto 1.- Otórguese Personalidad jurídica a la FUNDACION NUEVO SOL, entidad civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determina su Escritura Constitutiva y sus respectivos Estatutos.

Arto 3.- FUNDACION NUEVO SOL, estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto 4.- El presente decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la gaceta, Diario oficial.



René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea nacional Asamblea Nacional



Managua, 14 de abril del 2009






DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Navarro Moreira:


A través de la presente le remito un (01) Expediente de DICTAMEN DESFAVORABLE aprobados por la Comisión de la Paz, Gobernación y Derechos Humanos, de solicitudes de Personalidades Jurídicas sin fines de Lucro, lo que a continuación detallo:



01. FUNDACION NUEVO SOL






Atentamente,



MAGDALENA LACAYO MAYMI
.Secretaria Coordinadora Legislativa.






Cc: Archivo


DICTAMEN
Managua, 18 de Marzo del 2009