EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación “FUNDACION DE DESMOVILIZADOS DEL SERVICIO MILITAR RUFO MARIN” (“FUNDACION RUFO MARIN”), Sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3
La Asociación “FUNDACION DE DESMOVILIZADOS DEL SERVICIO MILITAR RUFO MARIN” (“FUNDACION RUFO MARIN”), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los días del Mes de del Año Dos Mil Siete.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
Managua 26 de Marzo 2007.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Dr. Navarro:
Con fundamentos en la Ley numero 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro” Presento a usted la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION DE DESMOVILIZADOS DEL SERVICIOO MILITAR RUFO MARIN”, conocida abreviadamente como “FUNDACION RUFO MARIN”, la que podrá identificarse con el nombre completo o usando las siglas de la misma Asociación, sin fines de lucro, no Gubernamental, teniendo como principales objetivos:
a) Determinar todos los puntos focales donde podamos encontrar la mayor concentración de desmovilizados y visualizar sus necesidades, para realizar todo tipo de acciones a fin de mejorar las condiciones de vida de los desmovilizados del servicio militar. b) Impulsar Proyectos empresariales y de cooperativas para que cada afiliado pueda crear su propio patrimonio familiar y establecer todos los mecanismos de capacitación y ayuda que sean necesario en beneficio de sus afiliados, integrando a todos los desmovilizados del servicio militar del territorio nacional, manteniendo contacto permanente con todos ello; b) Promover leyes en la Asamblea Nacional que beneficien a los desmovilizados del Servicio militar; c) Crear políticas de capacitación, orientación y recreación para los desmovilizados del servicio militar, d) Mantener estrecha relación y colaboración con otras Asociaciones afines, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de desarrollar programas en beneficio de mejorar las condiciones de vida de los desmovilizados; e) Contribuir activamente para que los miembros mantenga un espíritu de colaboración con todos los desmovilizados que se encuentren en precarias condiciones de vida; f) Mantener relaciones estrechas con las autoridades del país, a fin de proyectar la fundación a nivel nacional e internacional; g) Establecer programas de educación y capacitación para todos los hijos de los desmovilizados del servicio militar; h) Impulsar la creación de un Instituto de
Razón por la cual y por su medio solicito se someta a consideración de los Honorables Diputados de esta Magna Asamblea, a fin de que sea acogida por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación
Atentamente
Presidente y Representante legal FUNDACION DE DESMOVILIZADOS DEL SERVICIOO MILITAR RUFO MARIN “FUNDACION RUFO MARIN”
Cedula de identidad número: 081-150865-00l8K
Teléfono 2223266
Diputado Asamblea Nacional.
-Archivo
Rene Núñez Téllez
Presidente
Su Despacho.-
Honorable Señor Presidente:
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro, presento ante usted, la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación “FUNDACION DE DESMOVILIZADOS DEL SERVICIO MILITAR RUFO MARIN”, (“FUNDACION RUFO MARIN”),Asociación de carácter civil y gremial, constituida en escritura pública numero Cuarenta Y seis, otorgada ante los oficios notariales de la Doctora ANGELA LEONOR ARELLANO VEGA, a las ocho de la mañana del día veinte de marzo del año Dos mil siete. Adjuntamos la escritura Pública de constitución de la Asociación
Esta Asociación, se constituyo, entre otros, con los siguientes objetivos:
a) Determinar todos los puntos focales donde podamos encontrar la mayor concentración de desmovilizados y visualizar sus necesidades, para realizar todo tipo de acciones a fin de mejorar las condiciones de vida de los desmovilizados del servicio militar. b) Impulsar Proyectos empresariales y de cooperativas para que cada afiliado pueda crear su propio patrimonio familiar y establecer todos los mecanismos de capacitación y ayuda que sean necesario en beneficio de sus afiliados, integrando a todos los desmovilizados del servicio militar del territorio nacional, manteniendo contacto permanente con todos ello; b) Promover leyes en la Asamblea Nacional que beneficien a los desmovilizados del Servicio militar; c) Crear políticas de capacitación, orientación y recreación para los desmovilizados del servicio militar, d) Mantener estrecha relación y colaboración con otras Asociaciones afines, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de desarrollar programas en beneficio de mejorar las condiciones de vida de los desmovilizados; e) Contribuir activamente para que los miembros mantenga un espíritu de colaboración con todos los desmovilizados que se encuentren en precarias condiciones de vida; f) Mantener relaciones estrechas con las autoridades del país, a fin de proyectar la fundación a nivel nacional e internacional; g) Establecer programas de educación y capacitación para todos los hijos de los desmovilizados del servicio militar;
b) Impulsar la creación de un Instituto de prevención que garantice bienestar y estabilidad de cada afiliado, i) Ayudar en la educación, salud, y recreación a los hijos de los caídos y gestionar pensión para las madres de los mismos, j) Gestionar financiamiento para impulsar programas empresariales para los afiliados, k) Impulsar políticas económicas a beneficio de los desmovilizados del servicio militar, l) Promover la creación o instalación de medios de trabajo para los desmovilizados del servicio militar. m) Gestionar y facilitar financiamiento por parte de los organismos nacionales y extranjeros para el desarrollo integral de los desmovilizados del servicio militar. n) Representar a los desmovilizados del servicio militar en todas las gestiones ante las estructuras del Poder ejecutivo, judicial, legislativo y electoral y cualquier otra institución estatal si fuere necesario. o) Formular y gestionar Proyectos que beneficien al gremio de desmovilizados del servicio militar. p) Crear un fondo social si fuere posible en conjunto con el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social para salud, vejez, invalidez y muerte.- La Asociación podrá realizar cualquier otra actividad lícita que directa o indirectamente tienda al cumplimiento de los fines y objetivos, sin limitación alguna, de acuerdo a las disposiciones jurídicas para la consecución de su finalidad, ya que lo expuesto en su objetivo, tiene carácter enunciativo y en ningún momento limitativo.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley
José Ramón Sarria Morales
Diputado
Presidente “FUNDACION RUFO MARIN”