Dr. Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho:
Estimado Doctor Navarro:-
Reciba lo mas calurosos saludos y muestras de aprecio, estima y consideración de parte nuestra.
Con motivo de la constitución de la “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”, y con el objetivo de cumplir los tramites de legalidad de la misma de conformidad con los Artículos 7, 9 y 10 de la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 202, del 29 de mayo de 1992; sometemos ante esta Honorable Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Fundación antes mencionadas.
De conformidad con la Ley N° 147, nuestra Escritura Constitutiva y Estatutos de la “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”, solicitud la inclusión en el orden del dia para la próxima Sesión de Plenario de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personalidad Jurídica de: “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua, constituida de conformidad a la Leyes de la Republica de Nicaragua, en ESCRITURA PUBLICA NUMERO Treinta y Siete, (No. 37).- CONSTITUCIÓN DE FUNDACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y ESTATUTOS. Otorgada en la ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua a las siete de la noche del dia veintisiete de abril del año Dos Mil siete; ante los oficios notariales del Doctor FRANCISCO ORLANDO CAMPOS ZAPATA, testimonio compuestas de seis hojas de papel sellado de ley.
Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestra de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica
Atentamente,
José Manuel Abarca
“FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”
Teléfono: 661-9986
DECRETO A.N. No.__________
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1.- Otorgase personalidad jurídica a la Fundación “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”, La que se identificará con las siglas: “(PRODESO)”, sin fines de lucro, de duración indefinida y del Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3.- La “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”, esta obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.-
Arto. 4.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_________ días del mes de ________________ del año Dos Mil Siete.- Dr. Rene Núñez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.-
Por tanto: Publíquese y ejecútese, Managua, __________ de __________del año dos mi siete.- José Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la Republica.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Dr. Rene Núñez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho:
Estimado Dr. Núñez.-
Reciba los mas calurosos saludos y muestra de aprecio, estima y consideración de parte nuestra.
Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional de Nicaragua, con fundamento en el Inc. 5, del Arto. N° 138 y 140 Cn; Inc. 2, del Arto N° 4 y 44, del Estatuto General de la Asamblea Nacional de Nicaragua y en la No., 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No 102, del 29 de mayo de 1992, presentamos ante la Primer Secretaria de este Poder del Estado, solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica a la Fundación Civil, sin fines de lucro y del domicilio del Municipio de Managua, Departamento de Managua, denominada “FUNDACIÓN PROGRESO Y DESARROLLO SOCIAL”. Constituida de conformidad a las Leyes de la Republica de Nicaragua, en ESCRITURA PUBLICA NUMERO Treinta y Siete, (No 37).- CONSTITUCIÓN DE FUNDACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y ESTATUTOS. Otorgada en la ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua a las siete de la noche del dia veintisiete de abril del año Dos Mil siete; ante los oficios notariales del Doctor FRANCISCO ORLANDO CAMPOS ZAPATA, testimonio compuestas de seis hojas de papel sellado de ley.
Los fines y objetivos de la FUNDACIÓN son: Promover seminarios, talleres, encuentros y charlas sobre desarrollo sostenible empresarial, Gestionar líneas de financiamiento y/o créditos a pequeños empresarios artesanales, Brindar información y literatura científica a fin de dar a conocer los avances científicos de la producción orgánica, Buscar fuentes de financiamientos para impartir seminarios, charlas, efectuar encuentros nacionales, departamentales y locales que ayuden a capacitar a los pequeños productores del campo y de la ciudad, así como a obreros de la mecánica, electricidad, fontanera, albañilería, refrigeración y artesanales para fomentar la capacitación de los beneficiarios y por consiguiente en la calidad de sus servicios.- Creación de centros especializados en promover la capacitación y enseñanza de oficios varios.- Realizar estudios en todos los ámbitos sociales y presentar propuestas a las instituciones correspondientes para ser tratados en los programas y proyectos sociales de interés sectorial y/o nacional.- Gestionar materiales y/o recursos financieros para brindar ayuda y orientación a las personas con deficiencias o discapacidades físicas, así como a personas con enfermedades terminales, para lo cual se les brindara literatura científica sobre el tiramiento medico aplicable al caso y promover sus atención adecuada en centros médicos especializados.- Promover la practica de deportes entre jóvenes, personas de la tercera edad y con dificultades motoras.-
Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los Honorables Representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el Plenario de este Poder del Estado
Managua, Lunes siete de mayo del año 2007-06-20
Atentamente,
DIPUTADO/A DIPUTADO/A