Decreto A.N. No. 6066

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DECRETO A.N. No. 6066

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO

I
Que el Presidente de la República de Nicaragua ha solicitado a esta Asamblea Nacional, se autorice el ingreso al territorio nacional de efectivos militares, naves y aeronaves de las fuerzas armadas de los Estados Unidos de América y República Bolivariana de Venezuela y la salida del territorio nacional de efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia los Estados Unidos Mexicanos, Guatemala y Panamá, durante el segundo semestre del año 2010.
II
Que el artículo 138, numeral 26 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, faculta a la Asamblea Nacional a autorizar o negar la salida de tropas del territorio nacional.
III
Que el artículo 92 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, faculta a la Asamblea Nacional ratificar la autorización de ingresos y el estacionamiento de naves, aeronaves y maquinarias extranjeras para fines humanitarios a solicitud de la presidencia.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;
DECRETO DE RATIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DEL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y DE AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA HACIA LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, GUATEMALA Y PANAMÁ

Artículo 1 Se ratifica la autorización del ingreso de tropas con sus equipos y aeronaves militares extranjeras al territorio nacional, de conformidad a la planificación de actividades durante el segundo semestre del año 2010, que comprende:
Art. 2 Se autoriza la salida del territorio nacional de contingentes representativos del Ejército de Nicaragua de conformidad a la planificación de actividades durante el segundo semestre del año 2010, que comprende: Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional