Matagalpa, 26 de Septiembre del 2011.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Estimado Doctor Navarro:
Por este medio me dirijo a Usted para solicitarle su apoyo en el otorgamiento de la Personería Jurídica de la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN)
, carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte.
Le adjunto las escrituras y copias de ley, la propuesta de decreto y todos los documentos que solicita la Asamblea Nacional.
Le agradezco de antemano su fina atención y valioso apoyo al Deporte Nacional.
Cordialmente.
YERIL RENE LOPEZ AMADOR
Presidente
Cedula Número: 611-240787-0000B
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su oficina
El suscrito diputado ante la asamblea nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y artos. 30 numeral 5,89, 90 y 91 de la ley orgánica del poder legislativo, presento iniciativa de decreto de otorgamiento de personería jurídica a la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN)
,
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte.
El marco Jurídico Constitucional Nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta iniciativa de decreto de otorgamiento de Personería Jurídica a la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
(ADVRAAN).
Fundamento.
La ASOCIACIÓN se constituye como un organismo deportivo nacional, no gubernamental sin fines de lucro y se promueve bajo altos ideales deportivos, por lo que no acepta discriminación alguna por asuntos raciales, políticos, religiosos, por razones de edad o sexo, ni de cualquier otra índole.
La importancia de esta ASOCIACIÓN para la sociedad Nicaragüense esta sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes:
1-Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de Voleibol en todas las categorías procurando una cobertura en todo la Región. 2-Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento de Voleibol en Nicaragua. 3-Promover y estimular el desarrollo del deporte de Voleibol infantil, juvenil y mayor en las ramas masculinas y femeninas en toda la región. 4.- Auspiciar, avalar y promover: a- Campeonatos anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencia b- Dictará las bases que rijan todas las competencias de Voleibol en todo la Región, organizados o avalados por la Asociación. c.-- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la Junta Directiva. d.- Promover la afiliación de miembros deportista que quieran participar en el Deporte de Voleibol. e.- Realizar reconocimientos 5.- Implementar cada actividad que sea necesaria y conveniente para el desarrollo de Voleibol en toda la región, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva. 6.-Seleccionar adecuadamente y conforme a sus méritos a los deportistas de Voleibol que deban representar al departamento en competencias locales, nacionales e internacionales, avalados por la FNVB, proveer de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento y atención. 7.- La Asociación creará programas para la preparación del personal que dirija eventos deportivos, capacitación de entrenadores, árbitros, médicos y jueces para contribuir a la divulgación e implementación del deporte de Voleibol en toda la región. 8.- Formara Atletas para que representen a toda la región y a Nicaragua en Competencias departamentales, nacionales e internacionales avalados por FNVB.
9.- Canalizar ayuda humanitaria nacional e internacional, para los jóvenes, niños, de escasos recursos que estén dentro de la disciplina de Voleibol, con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, asistencias médicas, útiles deportivos, ayuda económica, entre otros. 10.- Formar lazos de cooperación con organismos homólogos nacionales e internacionales para la consecución de los fines con la que se crea la Asociación 11.- Fundar, administrar y dirigir radios, canales de televisión, todos para difundir el deporte en toda la región y el país. 12.- Organizar y dirigir eventos públicos de carácter deportivo o artístico, ya sea en estadios, plazas públicas, parques o cualquier otro local con cantantes, artistas, compositores, deportistas tanto nacionales como internacionales en cualquier parte del territorio nacional para brindar el apoyo al deporte de Voleibol en toda la región. 13.- Establecer, administrar y dirigir revistas, periódicos y cualquier medio de comunicación escrito. 14.- Establecer y administrar librerías de orientación deportiva en cualquier parte del departamento y del territorio nacional, equipándola con materiales de estudio y materiales deportivos tales como ropa, zapatos, y útiles deportivos, para la divulgación del deporte y la Voleibol en todas sus modalidades., ya sea para la formación de líderes, maestros, entrenadores, entre otros. 15) Crear, establecer, administrar y dirigir un centro especializado para
la capacitación de entrenadores, árbitros, médicos y jueces para contribuir a la divulgación de Voleibol dentro y fuera de la región .16) – Fomentar todas las actividades del deporte de Voleibol en las diferentes ramas y categorías: a) Masculina, b) Femenina, c) Infantil, d) Juvenil, e) Mayor y otros estilos afines en toda la Región.
Por lo antes expuesto solicito a someter a consideración del plenario de la asamblea nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua a los veintiséis días del mes de Septiembre del año dos mil Once.
ING. EDWIN CASTRO RIVERA
Coordinador Bancada FSLN
Asamblea Nacional.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN
), sin
fines de lucro, de carácter civil, de duración indefinida y con domicilio en Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte.
Arto.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3 La
ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN)
, estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
PRESIDENTE SECRETARÍA
DICTAMEN
Managua, 01 de noviembre del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ADVRAAN),
con domicilio en el Municipio de Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte. Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 05 de octubre del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1- Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de Voleibol en todas las categorías procurando una cobertura en todo la Región.
2- Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento de Voleibol en Nicaragua.
3- Promover y estimular el desarrollo del deporte de Voleibol infantil, juvenil y mayor en las ramas masculinas y femeninas en toda la región
4- Auspiciar, avalar y promover:
a.- Campeonatos anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencia,
b.- Dictará las bases que rijan todas las competencias de Voleibol en toda la región, organizados o avalados por la Asociación,
c.- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la Junta Directiva
d.- Promover la afiliación de miembros deportista que quieran participar en el Deporte de Voleibol.
e.- Realizar reconocimientos
5- Implementar cada actividad que sea necesaria y conveniente para el desarrollo de Voleibol en la región, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva.
6- Seleccionar adecuadamente y conforme a sus méritos a los deportistas de Voleibol que deban representar a la región en competencias locales, nacionales e internacionales, avalados por la FNVB, proveer de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento y atención.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: YERIL RENÉ LÓPEZ AMADOR, Vicepresidente: JOSE ALBERTO RUIZ GUTIERREZ, Secretario: ERIKA JOHAREN GALEANO MASIS, Tesorero: RAQUEL MORALES LÓPEZ, Fiscal: EISHMAN GEOVANY COLINDRES PERALTA, Vocal: VERÓNICA ALCIRA GARCIA HERRERA, Vocal: LUIS ENRIQUE WONG BLANDON.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ADVRAAN),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ADVRAAN), s
in fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el Municipio de Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Arto. 3
La
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ADVRAAN),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6697
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Siuna, Región Autónoma del Atlántico Norte. .
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3
La
“ASOCIACIÓN DE VOLEIBOL DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ADVRAAN);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional