Managua 11 de Junio del 2007
Managua, 11 de Junio del 2007

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Honorable Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc. 5 Arto. 138 y 140 de la constitución de la Republica de Nicaragua y en el Articulo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la Fundación de Ayuda Ciudadana y Local (FACIL), de carácter civil, sin fines de lucro, no partidista, con domicilio en la Ciudad de Managua, del Departamento de Managua, La Fundación fue constituida mediante Escritura Publica Numero (325) el dia quince de Mayo del año dos mil siete, ante los oficios notariales del Lic. SILVIO ELISEO VILLAVICENCIO CASTILLO.

Los fines y objetivos de la Fundación son:

Contribuir económica y materialmente con el desarrollo de los sectores económicos de a micro, pequeña y mediante industria, comercio, agricultura y ganadería, a través del otorgamiento de créditos para el impulso de los mismos. Financiar y asesorar los sectores económicos señalados. Prestar los servicios financieros que conforme a las leyes de la republica estén dentro de las facultades de este tipo de organización.

Por lo antes expuesto, someto a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.

Adjunto a la presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de la Fundación.


Atentamente
JORGE MATAMOROS
Diputado Nacional


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades.
Ha Dictado


El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase personalidad jurídica a la FUNDACIÓN DE AYUDA CIUDADANA Y LOCAL (FACIL) sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la Ciudad de Managua, del Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.


Arto. 3 La FUNDACION DE AYUDA CIUDADANA Y LOCAL (FACIL) estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.


Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta “Diario Oficial”.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________________ días del mes de _________________ del año dos mil ____________.





ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente
Primero Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 15 de enero del 2008