Chinandega 21 de junio del 2011

Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho

Estimado Señor Secretario:

Tengo el gusto de saludarle muy cordialmente, en ocasión de presentar formalmente por su medio, a la Honorable Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua, nuestra solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMASTEPE, la que también será conocida como “APANALT”.

La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, “APANALT” es una Asociación sin fines de lucro, constituida en escritura Pública Número veintisiete (27) otorgada en la ciudad de Chinandega a las cuatro de la tarde del veintitrés de mayo del año dos mil once, ante el oficio de la notario CIRA MARIA FAJARDO CARRAZCO, abogado y notario público de la republica de Nicaragua, con domicilio y oficina en esta ciudad, debidamente autorizado para ejercer el notariado durante un quinquenio que vence el día cinco de Noviembre del año dos mil trece.

La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, “APANALT” se propone como finalidad la Gestión Agropecuaria y Agroforestal, así como contribuir al mejoramiento de las comunidades campesinas de Tecomastepe y los Limones, pertenecientes al municipio de Puerto Morazán y a la reserva del parque ecológico de la comunidad de los Limones y Tecomastepe.

A efectos de lograr sus objetivos, La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, “APANALT”, podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y Realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de la Asociación y las Leyes de la República.

Por lo antes expuesto, solicito sea sometida a la consideración de los diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pase a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente.


PEDRO ARISTIDES OLIVAS MARTINEZ
Presidente
“APANALT”





Chinandega 21 de junio del 2011


ING. RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho


Honorable compañero Núñez:

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el Articulo 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, y el Articulo 6 y 7 de la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la Tengo el gusto de saludarle muy cordialmente, en ocasión de presentar formalmente por su medio, a la Honorable Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua, nuestra solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, la que también será conocida como “APANALT” Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número veintisiete (27) otorgada en la ciudad de Chinandega a las cuatro de la tarde del veintitrés de mayo del año dos mil once, ante el oficio de Cira Maria Fajardo Carrazco, abogado y notario público de la republica de Nicaragua, debidamente autorizado para ejercer el notariado durante un quinquenio que vence el día cinco de Noviembre del año dos mil trece.

FUNDAMENTO:

El fundamento en virtud del cual se promueve esta iniciativa subyace en el objetivo fundamental de la Asociación; el cual en su parte conducente dice:

La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, “APANALT” se propone:

a. Impulsar la Gestión Agropecuaria y forestal de las comunidades
campesinas en armonía con la conservación de la Reserva de Recursos
Naturales de Tecomastepe y los Limones.

b. Promover y fomentar el espíritu de organización y unidad en las
comunidades campesinas.

ç Gestionar la obtención de fondos y apoyo técnico, tanto ante organismos
nacionales como internacionales, gubernamentales y no gubernamentales,
para desarrollar los proyectos , actividades y publicaciones que ayuden al
mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades, áreas como salud,
educación, capacitación, producción e infraestructura, entre otros.

d. Coadyuvar a la prevención del avance de la frontera agrícola.

e. Promover las alternativas de tipo turístico rural que beneficie a sus asociados y comunidad y que estén en armonía con el medio ambiente.


A efectos de lograr sus objetivos, La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMESTEPE, “APANALT”, podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y Realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de la Asociación y las Leyes de la República.


Por lo antes expuesto, solicito sea sometida a la consideración de la Magna Asamblea Nacional a fin de que sea acogida en plenario y remitida a comisión para su dictamen y posterior aprobación.


Afablemente,



ERNESTO MARCELINO GARCIA.
Diputado
Bancada Alianza F.S.L.N






ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

OTORGARSE PERSONALIDAD JURIDICA A LA

DECRETO A.N. Nº


El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua en uso de sus facultades: Ha dictado


El Siguiente Decreto.


Arto. 1.- Otorgarse Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMASTEPE, Que podrá identificarse con las siglas de “APANALT”. Asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la comunidad de Tecomastepe y los Limones, municipio de puerto Morazán, Departamento de Chinandega.

Arto.2.- La representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto.3.- La ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROFORESTALES NUEVO AMANECER DE LOS LIMONES Y TECOMASTEPE, “APANALT”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personerías Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en la gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los______ días del mes de _________ del Dos Mil Once. René Núñez Téllez. Presidente de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro Moreira. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto publíquese y ejecútese. Managua­­­­­­___________ del Dos Mil Once. Daniel Ortega Saavedra, presidente de la república de Nicaragua.

Dictamen APANALT.pdf Dictamen APANALT.pdf





6770.pdf