Managua, 07 de marzo 2007.





ESPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 07 de Marzo 2007.


Ing. Rene Núñez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política; en el inc. 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para, “ASOCIACION INSTITUTO NICARAGÜENSE PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS” Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Numero Diecisiete (17) otorgada en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las nueve de la mañana del dia seis de Febrero del año dos mil siete, ante los Oficios Notariales de Aleyda Mairena Álvarez, Abogado y Notario Publico de la Republica de Nicaragua.

Esta Asociación se establece como Objetivo fundamental:
· Misión: Defender, salvaguardar y difundir los derechos humanos en el país.
· Desarrollar programas de defensa, atención humanitaria y medica, capacitación y acompañamiento para la reinserción de las personas que han sido objeto los proceso penal o de condenas de cárcel.
· Gestionar ante organismos y agencias nacionales y extranjeras los recursos humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la Asociación.

Por lo antes expuestos someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
Enrique Quiñónez Tuckler
Diputado

DICTAMEN


Managua, 14 de agosto del 2007









DECRETO A. N. No. 5180

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Articulo. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “INSTITUTO NICARAGUENSE PARA LA PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS (INIPDH) ; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN “INSTITUTO NICARAGUENSE PARA LA PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS (INIPDH); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Septiembre de año dos mil siete.







ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional















Managua, 07 de marzo 2007.







Managua, 14 de agosto del 2007