Managua, 07 de septiembre, 2011.


Dr. Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro.

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y Artículo 14 Inc. 2, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa denominada; “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN”, para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley. Acompaño a la presente las copias de ley y el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirnos, nos es grato reiterarle nuestras mayores muestras de aprecio y consideración.
Atentamente,




__________________________ ________________________________
Edwin Castro Rivera. José Ramon Sarria Morales
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN
Asamblea Nacional Asamblea Nacional






__________________________ ________________________________
Gladys Báez Filiberto Jacinto Rodríguez
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN
Asamblea Nacional Asamblea Nacional






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Los suscritos, Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y Artículo 14 Inc. 2, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, a la presente iniciativa de Ley denominada; “Ley que Declara Patrimonio Histórico al Santuario Nuestra Señora de La Merced, ubicada en la ciudad de León, Departamento de León”.

La Constitución Política de Nicaragua establece que “El Estado protege el patrimonio arqueológico, histórico, lingüístico, cultural y artístico de la nación - Arto. 128.”- Este principio constitucional está legislado mediante la Ley No. 1142, Ley de protección al Patrimonio Cultural de la Nación, y sus reformas, publicadas en La Gaceta, Diario Oficial No. 97 del 29 de abril de 1982 y las reformas mediante Decreto No. 1237, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 88 del 19 de abril de 1983, establecen el deber del Estado y sus instituciones velar por la protección de los bienes culturales que conforman el patrimonio histórico, cultural y artístico de la nación, y la Asamblea Nacional mediante ley debe institucionalizar el estatus quo de los bienes nacionales que tienen valor patrimonial por su antigüedad, historia y tipología arquitectónica, en este caso nos referimos a su valore histórico del Santuario Nuestra Señora de La Merced.

FUNDAMENTACIÓN:

1. UBICACIÓN GEOGRÁFICA.-
El edificio del Santuario Nuestra Señora De La Merced, se localiza en la ciudad de León, Departamento de León, junto al Parque de su mismo nombre en la Primera Avenida Nor-Oeste, integrándose al espacio urbano por un atrio frontal, al que se accede desde la calle por medio de un atrio sin escalinatas. También un acceso lateral la conecta con el Parque. En la perspectiva de la calle donde se sitúa, se observan dos perfiles arquitectónicos diferenciados por un lado, el que forma la Iglesia, el Parque y el Edificio administrativo de la UNAN, que mantiene las características ambientales y tipologías de Centro Histórico de León, y por otro lado, el opuesto donde predominan edificios nuevos o reformados con trazos modernistas y edificaciones de aspecto Colonial.

2. VALOR HISTÓRICO.-

A. POR SU HISTORIA POLÍTICA DE NICARAGUA.-
Es una de las iglesias más antiguas de Nicaragua, la historia dice que el descubridor de América Cristoforo Colombus, vino acompañado de frailes Mercedarios para hacer la conquista de América. Fray Francisco de Bobadilla, militar de la Orden de Santa María de La Merced, pasó a tierra firme en compañía de Pedro Arias de Ávila a la Ciudad de León Convento de La Merced en compañía de cuatro religiosos en 1528, siendo este por consiguiente el primero que hubo en la Provincia de Nicaragua (en esa época Nicaragua era una provincia de la Colonia Española que tenía conolizada Centro-América). Después llegaron más religiosos de esta misma orden que instruyeron en la religión a los indios de Mabitia, Imabite y Nagarote. Era pues muy interesante la labor religiosa que esta orden hacia en nuestro suelo nicaragüense. Fray Diego de Alcaraz ayudado por los vecinos de la ciudad de León construye el primer Templo el cual sería destruido por la furia del Volcán Momotombo en 1610. B. TIPOLOGÍA ARQUITECTÓNICA Y REFERENCIA DE LA ÉPOCA DE SU CONSTRUCCIÓN.-

La Iglesia de La Merced, fue erigida por los frailes Mercedarios, y demolida para levantar en su mismo lugar el Templo actual, que data del Siglo XVIII, y de lo que tenemos datos y tradiciones que nos dice el historiador Diego Angulo: "Después de la Catedral, el Templo barroco más importante conservado es el de La Merced, por suerte al modernizarse recientemente su interior se ha respetado sus dos importantes portadas dieciochescas”.

El fraile Mercedario Diego de Ávila llegó a Nicaragua en 1766, como diestro arquitecto para construir la Catedral de León, como el mismo nos dice que cuando llegó ya existía el convento y la Iglesia de Nuestra Señora de la Merced muchos años antes, cuando él llegó ya tenía techo de teja y tres naves, siendo la de en medio la más ancha y una esbelta y elegante torre que le sirve de campanario, la que por estar muy deteriorada por los temblores fue reconstruida por el Reverendo don Pompilio Peña, español, en su tiempo de Capellán de ésta Iglesia.

La antigua iglesia de La Merced fue construida al mismo tiempo que el convento del mismo nombre, aproximadamente en el año de 1662 por los Frailes Mercedarios. Posteriormente fue demolida para levantar en su mismo lugar la iglesia actual durante el siglo XVIII, construida por el maestro Pascual Somarriba y ajustada a planos atribuidos al fraile mercedario Pedro de Ávila. La torre fue reconstruida a finales del siglo XIX a causa de deterioros sufridos por lo que se modernizó a comienzos de este siglo conservando sus portadas laterales.

Es el único Templo que presenta su torre campanario fuera de la línea de fachada lo que hace suponer que fue construida posteriormente. Es predominantemente barroca, combinando las influencias de estos estilos como es el neoclásico en la fachada principal y el colonial en su costado sur. Ciertos elementos en relieves, como los medallones de la fachada principal, reflejan posibles influencias de la arquitectura mexicana y guatemalteca, como lo atestiguan las ventanas de tipo antigüeño ubicadas en la parte superior de la fachada.

Los materiales y sistemas constructivos de los muros son de piedra cantera y ladrillo cuarterón, con revestimientos de argamasa. La cubierta es un cañón a dos aguas y al presbiterio lo cubre una bóveda de cañón de ladrillo de barro y morteros tradicionales.

La nave central la preside el altar mayor en la que se encuentra el regio Camerin, en el que se venera la Milagrosa imagen de Nuestra Señora de la Merced, traída a León Viejo por los frailes Mercedarios y que según la tradición es la misma Imagen que acompaño en 1610, cuando se dio el traslado de nuestros ancestros a la actual Ciudad de León.

La iglesia consta de tres naves y una torre exenta que sirve de campanario Su portada barroca dispone de tres cuerpos separados por entablamentos y cinco calles ornamentales con relieves y medallones que se definen por medio de pilastras adosadas de fustes estriados. El cuerpo superior se reduce a una sola calle coronada por un frontón curvilíneo de influencia neoclásica. La torre tiene dos cuerpos y coronamientos con líneas sobrias, al igual que la fachada lateral, donde resalta un portal muy elaborado con un arco conopial despuntado confinado por una concentración de pilastras que ofrece una decoración recargada.

El interior tiene la nave central que culmina en el presbiterio con el altar mayor. En su sacristía conserva dos atriles de plata barroca y otras piezas de orfebrería.

La nave se apoya en columnas estilizadas de madera de una sola pieza, cuya base en tres de sus costados posee decoración pictórica que representan emblemas relacionados con la orden religiosa. Las naves laterales rematan en altares. También son apreciables los trabajos de metal de la bóveda del presbiterio. El cielo raso define las tres naves interiores.

Se dice que a principios del Siglo XIX se incendió el altar mayor fabricado por los Mercedarios y que un negro esclavo (ya que en esa época existía la esclavitud en contra de nuestros antepasados) rompió con sus manos los vidrios de Camerín para salvar la imagen, tomándola en sus brazos ensangrentados, la libró de perecer en las llamas, por tan noble y cristiana acción su dueño le otorgó la libertad.

A causa de éste incendio que ocasionó la destrucción del altar mayor, el señor Obispo Fray Nicolás García Jerez, dominico, erigió de nuevo el altar mayor con su regio y hermoso Camerín, en el que se venera actualmente la gloriosa Imagen de la Virgen de Mercedes.

C. VINCULACIÓN HISTÓRICA SOCIAL.-

En vista de la relación que existe entre la devoción a la Virgen y el lugar, que por más de 300 años se ha hecho recorrido por los mismos lugares de los cuales se tiene referencia y por la tradición. Existen seis hechos históricos que atestiguan la importancia de la declaración de patrimonio histórico.

3. UN RECONOCIMIENTO A LA FE RELIGIOSA.-

La Virgen de la Merced o Nuestra Señora de las Mercedes es una de las advocaciones marianas de la Bienaventurada Virgen María. Se la llama también Generala de los Ejércitos Celestiales, la Mujer Vestida de Sol y la Reina de la Paz. En su conmemoración se ha establecido la fiesta de la Merced o de las Mercedes, el día 24 de septiembre.

Es importante que el Poder Legislativo institucionalice mediante ley el estatus de patrimonio histórico vinculado directamente a la historia política, económica y social de Nicaragua. Es un compromiso preservarla y por todo lo anterior y reconociendo que esta obra, debe conservarse y mantenerse, para conocimiento de los nicaragüenses y de los ciudadanos del mundo. Por ello, es obligación del Estado y de los nicaragüenses proteger este Patrimonio Histórico y Cultural; por lo que está bien fundamentado.- Es importante considerar que el año próximo (2012), se va a conmemorar el Centenario del Patronazgo de Nuestra Señora de La Merced en la Ciudad de León.

Por lo antes expresado, pedimos a los honorables Diputados y Diputadas ante la Asamblea Nacional, su Respaldo, a la presente Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN” para que se remita a comisión, ésta emita un Dictamen Favorable y la aprobemos como ley de la república, ya que no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna Ley Ordinaria del Estado Nicaragüense.

En la ciudad de Managua, departamento de Managua, a los siete días del mes de septiembre de año dos mil once.-





__________________________ ________________________________
Edwin Castro Rivera. José Ramon Sarria Morales
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN
Asamblea Nacional Asamblea Nacional





__________________________ ________________________________
Gladys Báez Filiberto Jacinto Rodríguez
Diputada Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN
Asamblea Nacional Asamblea Nacional





Hasta aquí exposición de motivos y fundamentación.-




























LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;


Ha Dictado

La siguiente:

“LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN”

Artículo 1.- Por ministerio de la presente ley se declara Patrimonio Histórico de la Nación al Santuario Nuestra Señora de La Merced, del municipio de León, Departamento de León, la que queda sujeta al régimen legal establecido por las leyes de la República que regulan la protección de los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación.

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los ________ días del mes de _________ del año dos mil _______.

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional


León, 7 de septiembre de 2011.


Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Excelentísimo Señor Presidente:

Que la Paz de Nuestro Señor Jesucristo y de la Virgen Santísima reine en usted y honorable familia.

La presente carta tiene como finalidad adherirme a la Solicitud expresada por los Honorables Señores Diputados y Diputadas de que se declare como PATRIMONIO HISTORICO DE LA NACION ESTE TEMPLO DE NUESTRA SEÑORA DE MERCEDES SITIO DONDE SE ENCUENTRA LA IMAGEN MAS ANTIGUA Y VENERADA DE LA SANTISIMA VIRGEN MARIA que nos ha acompañado desde la fundación de León en 1524 a orillas del lago Xolotlan o Imabite y que desde el 17 de Julio de 1912 es Patrona de esta Ciudad de León ,sede Episcopal desde 1531 Antigua Capital de la Republica y Ciudad Universitaria por antonomasia.

El próximo año 2012 se va a conmemorar el Centenario de dicho Patronazgo y desde este 1 de Septiembre hemos iniciado un Año de Actividades Religiosas y culturales para celebrar con mucha alegría esta fecha significativa.

Con mis mejores deseos de éxitos al frente de su labor, me es grato suscribirme de usted, su amigo y servidor.

Atentamente,

Pbro. Efraín Martin Tijerino Hernández.
Rector del Santuario Nuestra Señora de La Merced.



CC. Archivo.





Managua 14 de diciembre 2011
Honorable Diputado
Wilfredo Navarro
Primer secretario Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Diputado:

Por este medio tengo a bien presentar ante usted, el Dictamen de la Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN”,

Sin más a que hacer referencia suscribo de usted.

Atentamente,


ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado

C/c.-Archivo

Managua, 13 de diciembre 2011


DICTAMEN


Honorable Diputado
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Honorable Presidente Núñez:

Los Suscritos miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, nos reunimos para Dictaminar la Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN”, presentada el Primero de Diciembre del dos mil once, por los Honorables Diputados: Edwin Castro Rivera, José Ramón Sarria Morales, Gladys Báez, Filiberto Jacinto Rodríguez.

Antecedentes:

La Virgen de Mercedes fue proclamada Patrona de León el 17 de julio de 1912, por el Obispo de Nicaragua, Simeón Pereira y Castellón. La venerada Virgen lucirá un hermoso vestido blanco con encajes y adornos dorados, a sus pies, un arreglo de rosas y claveles blancos que simbolizan pureza y paz. La imagen retorna al santuario en horas de la noche.

El edificio del Santuario Nuestra Señora De La Merced, se localiza en la ciudad de León, Departamento de León, junto al Parque de su mismo nombre en la Primera Avenida Nor-Oeste, integrándose al espacio urbano por un atrio frontal, al que se accede desde la calle por medio de un atrio sin escalinatas. También un acceso lateral la conecta con el Parque.

Es una de las iglesias más antiguas de Nicaragua, fue erigida por los frailes Mercedarios, y demolida para levantar en su mismo lugar el Templo actual, que data del Siglo XVIII, y de lo que tenemos datos y tradiciones que nos dice el historiador Diego Angulo: "Después de la Catedral, el Templo barroco más importante conservado es el de La Merced, por suerte al modernizarse recientemente su interior se ha respetado sus dos importantes portadas dieciochescas”.

Es el único Templo que presenta su torre campanario fuera de la línea de fachada lo que hace suponer que fue construida posteriormente. Es predominantemente barroca, combinando las influencias de estos estilos como es el neoclásico en la fachada principal y el colonial en su costado sur. Ciertos elementos en relieves, como los medallones de la fachada principal, reflejan posibles influencias de la arquitectura mexicana y guatemalteca, como lo atestiguan las ventanas de tipo antigüeño ubicadas en la parte superior de la fachada.

El Marco Jurídico referente a la presente Iniciativa es:

Desarrollo:


La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, designada para darle curso a la presente Iniciativa, sobre la base de los referentes descritos en la que encontramos que el Santuario de Nuestra Señora de la Merced ya fue decretada por el Ministerio de Cultura y refrendada por la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional como Patrimonio Cultural de la Nación y en la presente Iniciativa proponen decretar al mismo bien como Patrimonio Histórico de la Nación.La Comisión considera:


Sobre la base de las consideraciones antes descritas, la Comisión presenta el Dictamen como una Norma Reformatoria al citado decreto de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, tanto en la designación del bien como en
su categoría cultural, por lo que proponemos que, El Santuario, según Ley de la República sea declarado “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL DE LA NACION AL SANTUADIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEON, DEPARTAMENTO DE LEON.

Informe de Consulta:

Esta Comisión sometió a consulta la Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN, con los sectores involucrados y expertos: Historiador y Hombre Culto Roberto Sánchez, Licenciada Blanca Arauz, Directora del Patrimonio Cultural y Licenciado Bayardo Rodríguez Asesor Legal, del Instituto Nicaragüense de Cultura.

Consideraciones de la Comisión:

En virtud de lo antes expresado las y los suscritos Diputados de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social y con fundamento en el Artículo 138 de la Constitución Política, del Artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (Ley 606) hemos resuelto modificar y emitir DICTAMEN FAVORABLE de la iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA

MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN,
por cumplir con los requisitos de la Ley Orgánica y no se opone a la Constitución Política de Nicaragua, leyes Constitucionales, Convenios Suscritos y ratificados por Nicaragua.


Diputadas y Diputados de la Comisión de Educación, Cultura,
Deportes y Medios de Comunicación Social.


Mario Valle Dávila Irma de Jesús Dávila
Presidente Primera Vicepresidenta


Rodolfo José Alfaro García María Dolores Alemán Cardenal
Segundo Vicepresidente


Doris Zulema García Canales Venancia del C. Ibarra Silva


José Ramón Sarria Morales Evertz Cárcamo Narváez


Eduardo Jerónimo Gómez López Norman de la T. Zavala Lugo

Wilber Ramón López Núñez


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

Ha Dictado

La siguiente:


“LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL, AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN

Artículo 1.- Por ministerio de la presente ley se declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación al Santuario Nuestra Señora de La Merced, del municipio de León Departamento de León, la que queda sujeta al régimen legal establecido por las leyes de la República que regulan la protección de los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación.

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los ________ días del mes de _________ del año dos mil _______.




René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira

Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional





LEY No. 782 patrimonio cultura Santuario La Merced.pdf