C/c.-Archivo
Managua, 13 de diciembre 2011
Honorable Presidente Núñez:
Los Suscritos miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, nos reunimos para Dictaminar la Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN”, presentada el Primero de Diciembre del dos mil once, por los Honorables Diputados: Edwin Castro Rivera, José Ramón Sarria Morales, Gladys Báez, Filiberto Jacinto Rodríguez.
Antecedentes:
La Virgen de Mercedes fue proclamada Patrona de León el 17 de julio de 1912, por el Obispo de Nicaragua, Simeón Pereira y Castellón. La venerada Virgen lucirá un hermoso vestido blanco con encajes y adornos dorados, a sus pies, un arreglo de rosas y claveles blancos que simbolizan pureza y paz. La imagen retorna al santuario en horas de la noche.
El edificio del Santuario Nuestra Señora De La Merced, se localiza en la ciudad de León, Departamento de León, junto al Parque de su mismo nombre en la Primera Avenida Nor-Oeste, integrándose al espacio urbano por un atrio frontal, al que se accede desde la calle por medio de un atrio sin escalinatas. También un acceso lateral la conecta con el Parque.
Es una de las iglesias más antiguas de Nicaragua, fue erigida por los frailes Mercedarios, y demolida para levantar en su mismo lugar el Templo actual, que data del Siglo XVIII, y de lo que tenemos datos y tradiciones que nos dice el historiador Diego Angulo: "Después de la Catedral, el Templo barroco más importante conservado es el de La Merced, por suerte al modernizarse recientemente su interior se ha respetado sus dos importantes portadas dieciochescas”.
Es el único Templo que presenta su torre campanario fuera de la línea de fachada lo que hace suponer que fue construida posteriormente. Es predominantemente barroca, combinando las influencias de estos estilos como es el neoclásico en la fachada principal y el colonial en su costado sur. Ciertos elementos en relieves, como los medallones de la fachada principal, reflejan posibles influencias de la arquitectura mexicana y guatemalteca, como lo atestiguan las ventanas de tipo antigüeño ubicadas en la parte superior de la fachada.
El Marco Jurídico referente a la presente Iniciativa es:
La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, designada para darle curso a la presente Iniciativa, sobre la base de los referentes descritos en la que encontramos que el Santuario de Nuestra Señora de la Merced ya fue decretada por el Ministerio de Cultura y refrendada por la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional como Patrimonio Cultural de la Nación y en la presente Iniciativa proponen decretar al mismo bien como Patrimonio Histórico de la Nación.La Comisión considera:
Sobre la base de las consideraciones antes descritas, la Comisión presenta el Dictamen como una Norma Reformatoria al citado decreto de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, tanto en la designación del bien como en su categoría cultural, por lo que proponemos que, El Santuario, según Ley de la República sea declarado “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL DE LA NACION AL SANTUADIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEON, DEPARTAMENTO DE LEON.
Informe de Consulta:
Esta Comisión sometió a consulta la Iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN, con los sectores involucrados y expertos: Historiador y Hombre Culto Roberto Sánchez, Licenciada Blanca Arauz, Directora del Patrimonio Cultural y Licenciado Bayardo Rodríguez Asesor Legal, del Instituto Nicaragüense de Cultura.
Consideraciones de la Comisión:
En virtud de lo antes expresado las y los suscritos Diputados de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social y con fundamento en el Artículo 138 de la Constitución Política, del Artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (Ley 606) hemos resuelto modificar y emitir DICTAMEN FAVORABLE de la iniciativa de “LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL AL SANTUARIO NUESTRA SEÑORA DE LA
MERCED”, UBICADO EN LA CIUDAD DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN, por cumplir con los requisitos de la Ley Orgánica y no se opone a la Constitución Política de Nicaragua, leyes Constitucionales, Convenios Suscritos y ratificados por Nicaragua.
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los ________ días del mes de _________ del año dos mil _______.
Presidente Secretario Asamblea Nacional Asamblea Nacional