Managua, 5 de Marzo 2016

Licenciada
Alba A. Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Diputada:

Reciba cordiales saludos de los miembros de la Asociación Santa Iglesia Tao Cristiana Universal.


La suscrita Yeny Mery Herrera Navarrete, Presidenta y Delegada Patriarcal de la Asociación Santa Iglesia Tao Cristiana Universal (Asociación Sakra Iglesia Tao Kristika Universal) ASI través de la presente me dirijo a usted con el fin de solicitarle se someta a aprobación del Plenario la solicitud de Personalidad Jurídica de ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) (“ASITKU”), de soltera, agrónoma, identificado con cedula de identidad ciudadana numero: (082-271262-0000B), domiciliada en la Ciudad de Corinto, Municipio de Chinandega, Departamento, Asociación constituida a las nueve y veinte minutos de la mañana del cinco de marzo del año dos mil dieciséis, según Testimonio Escritura, Procoloco Número Cero Uno (01) Constitución de Asociación sin fines de lucro y aprobación de Estatutos, autorizada ante los oficios del Notario Público Licenciado Daniel Francisco Ríos Peralta.

Por este medio y con todo respeto, ponemos en sus manos la solicitud de Personalidad Jurídica de los miembros de la Asociación ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) (“ASITKU”), quienes estamos muy interesados y entusiasmados exclusivamente para cumplir el propósito de difundir el Evangelio o Buenas Nuevas de Jesucristo, con interés social de obras de caridad, educativa y formación espiritual religiosa, así como preservación de le ecológica, en adicción y el cumplimientos de estos propósitos realizará el establecimiento de lugares de actos espirituales y de estudio lo que serán acompañados de la aplicación, moral ética y espiritual de la humanidad y especial de la población nicaragüense.

Esperamos que por su digna gestión y en su carácter de Primer Secretaria de la Asamblea Nacional se le dé el trámite correspondiente a nuestra petición al tenor del Artos 29, 30, 49, 52 y 53, Cn. Así como los regulaciones establecidas en la Ley Número Ciento Cuarenta y Siete (147), Ley de Asociaciones Civiles, sin fines de lucro, sus Reformas e Incorporaciones, publicada en La Gaceta Diario Oficial, Número Ciento Dos (102) del Veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos (29/05/1992). Estamos adjuntando: a) El original y copias impresas o en físico de Constitución de la Asociación. B) El contenido digitalizado de la misma en CD, Todo en el marco de la Constitución Política de Nicaragua en los Artos: 52, Agradeciendo de antemano su atención positiva a la presente, le reiteramos nuestra muestra de consideración y estima.

Muy cordialmente se suscribe de usted.



Yeny Mery Herrera Navarrete
Presidenta


Managua, 5 de Marzo del 2016.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.


Estimado Señor Presidente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política y Artos. 102 y 166, y en la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley No. 147, General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) conocida en Caste sacro como asociación sakra iglesia tao kristica universal de la república de Nicaragua; con las siglas (“ASITKU”), y Constituida en Escritura Pública Cero Uno (01) a las nueve y veinte minutos de la mañana del día cinco de marzo del año dos mil dieciséis ante los oficios notariales del Lic. Daniel Francisco Ríos Peralta.

FUNDAMENTACIÓN.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su arto. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 Ley General de Personas Jurídicas y en ejercicio de este derecho ciudadano de asociarse se presenta esta iniciativa de otorgar personería a la asocación denominada ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) conocida en Caste sacro como asociación sakra iglesia tao kristica universal de la república de Nicaragua; con las siglas (“ASITKU”).

OBJETIVOS.
La Promoción, Educación, Formación y Divulgación del TAOISMO CRISTICO según la doctrina de los Maestros KELIUM ZEUS INDUSEUS Y SAMAEL HOGAV BATOR WEOR, doctrina que unen el TAOISMO DE ORIENTE, con el taoísmo CRISTIKIO DE OCCIDENTE a todos los nicaragüenses en general, empedrándose en el servicio al prójimo, con énfasis en aquellos que están ausentes y desconocen de Dios y sufren inequidades, con interés espiritual y social con propósito de caridad en el mejoramiento de su calidad de vida humana y espiritual, aplicando los principios de ética, moralidad, humanismo y espiritualidad.

También son parte de los fines y objetivos los siguientes:

En tanto que nuestra solicitud de otorgamiento de nuestra personería jurídica de nuestra asociación, solo estamos solicitando la Obtención de derechos consignados en el marco de la Constitución Política en los Artos 29, 30 49, 52 y 53 Cn. Así como lo regulación establecidas en la Ley Número Ciento Cuarenta y Siete (147), Ley de asociaciones civiles sin fines de lucros, sus reformas e incorporaciones, publicadas en la gaceta Diario Oficial, Número Ciento Dos (102) del Veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos (29/05/1992).

Muy afectuosamente,





María Auxiliadora Martínez Corrales
Diputada





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) conocida en Caste sacro como asociación sakra iglesia tao kristica universal de la república de Nicaragua; con las siglas (“ASITKU”). Sin fines de lucro de carácter religioso, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Granada, Departamento de Granada.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACION SANTA IGLESIA TAO CRISTIANA UNIVERSA, (ASOCIACION SAKRA IGLESIA TAO KRISTIKA UNIVERSAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA) conocida en Caste sacro como asociación sakra iglesia tao kristica universal de la república de Nicaragua; con las siglas (“ASITKU”). Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil quince.


RENE NUÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

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