Managua, 9 de Enero del año 2007



EXPOSICION DE MOTIVOS



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política; en el inc. 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para, “ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO (APROCAM), constituida en Escritura Publica Numero Diez (10), en la ciudad de Managua, a las cuatro de la tarde del día ocho de Febrero del año dos mil siete, ante los oficios Notariales de la Licenciada HAZEL FRANCELA TRAÑA LOPEZ.


La Asociación tiene como fin general, el desarrollo integral sostenible de la población y su entorno con el apoyo de todos los sectores de la sociedad

También son parte de los fines y objetivos los siguientes:


1) Promover la creación de un mejor hábitat digno de la familia en general, con participación activa sostenible, en especial para los campesinos tanto hombres como mujeres.

2) El desarrollo humano integral pretende obtener o lograr en todos los proyectos que se emprendan por la asociación, la participación activa, tanto de los beneficiarios como de los sectores de la población, elaborar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficios sociales y que fortalezcan al hombre a la familia, y a la comunidad en general..

3) Participar con asociaciones que tengan las mismas finalidades

4) Elevar en nivel técnico de los beneficiarios de los proyectos mediante la capacitación metodologica de los mismos.


5) Elaboración, gestión, administración según el caso de proyectos o desarrollo que promuevan los objetivos generales y específicos de la asociación.

6) Gestionar ante organismos y agencias nacionales y extranjeras los recursos humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la asociación.


Por lo ante expuesto, considero que la Asociación Progreso para el Campo (APROCAM), cumple con todo los requisitos establecidos en la Ley 147, es una Asociación sin fines de lucro y de gran beneficio para el desarrollo integral sostenible del Municipio de Managua, razón por la cual someto a consideración de los representantes de este Poder Legislativo, la presente iniciativa, con el fin de que sea acogida y aprobada por el plenario, remitida a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación y concesión de la personería jurídica

Dado en la ciudad de Managua, a los ochos días del mes de Febrero del año dos mil siete..


ENRIQUE QUIÑONEZ TUCKLER
Diputado


DICTAMEN


Managua, 15 de junio del 2007









DECRETO A. N. No. 5174

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Articulo. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PROGRESO PARA EL CAMPO” APROCAM ; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La “ASOCIACIÓN PROGRESO PARA EL CAMPO” APROCAM; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Septiembre de año dos mil siete.







ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN


Managua, 15 de junio del 2007