Managua, 9 de Enero del año 2007
DOCTOR
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRIMER SECRETARIO
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Diputado Navarro:
Por medio de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle se someta a consideración de la Asamblea Nacional la personalidad jurídica de la Asociación PROGRESO PARA EL CAMPO, la que también se podrá identificar con el nombre abreviado de (APROCAM), de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro.
Adjunto original y fotocopia de la escritura de constitución y estatutos, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto en original y copias respectivamente.
Sin mas a que referirme y en espera de su atención, me despido.
Atentamente,
FRANCIS YESMIN ARROLIGA BORQUET
Presidente
DECRETO A.N. NO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase personalidad jurídica a la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO (APROCAM)”
, sin fines de lucro, eminentemente apolítica, de carácter social y educativo, del domicilio de Managua Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen, sus estatutos.
Arto. 3 La
“LA ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO (APROCAM)”,
esta obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.
Arto. 4 El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario de la Republica.
Dado en la ciudad de Managua, en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ del dia ________ del mes del________ dos mil siete
ING. RENÉ NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente de la Primer Secretario de la
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política; en el inc. 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para,
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO (APROCAM),
constituida en Escritura Publica Numero Diez (10), en la ciudad de Managua, a las cuatro de la tarde del día ocho de Febrero del año dos mil siete, ante los oficios Notariales de la Licenciada HAZEL FRANCELA TRAÑA LOPEZ.
La Asociación tiene como fin general, el desarrollo integral sostenible de la población y su entorno con el apoyo de todos los sectores de la sociedad
También son parte de los fines y objetivos los siguientes:
1) Promover la creación de un mejor hábitat digno de la familia en general, con participación activa sostenible, en especial para los campesinos tanto hombres como mujeres.
2) El desarrollo humano integral pretende obtener o lograr en todos los proyectos que se emprendan por la asociación, la participación activa, tanto de los beneficiarios como de los sectores de la población, elaborar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficios sociales y que fortalezcan al hombre a la familia, y a la comunidad en general..
3) Participar con asociaciones que tengan las mismas finalidades
4) Elevar en nivel técnico de los beneficiarios de los proyectos mediante la capacitación metodologica de los mismos.
5) Elaboración, gestión, administración según el caso de proyectos o desarrollo que promuevan los objetivos generales y específicos de la asociación.
6) Gestionar ante organismos y agencias nacionales y extranjeras los recursos humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la asociación.
Por lo ante expuesto, considero que la Asociación Progreso para el Campo (APROCAM), cumple con todo los requisitos establecidos en la Ley 147, es una Asociación sin fines de lucro y de gran beneficio para el desarrollo integral sostenible del Municipio de Managua, razón por la cual someto a consideración de los representantes de este Poder Legislativo, la presente iniciativa, con el fin de que sea acogida y aprobada por el plenario, remitida a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación y concesión de la personería jurídica
Dado en la ciudad de Managua, a los ochos días del mes de Febrero del año dos mil siete..
ENRIQUE QUIÑONEZ TUCKLER
Diputado
DICTAMEN
Managua, 15 de junio del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Enrique Quiñónez Tuckler, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 15 de Mayo del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1)Promover la creación de un mejor hábitat digno de la familia en general, con participación activa sostenible, en especial para los campesinos tanto hombres como mujeres; 2)El desarrollo humano integral pretende obtener o lograr en todos los proyectos que se emprendan por la Asociación la participación activa, tanto de los beneficiarios como de los sectores de la población, elaborar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficios sociales y que fortalezcan al hombre a la familia, y a la comunidad en general, al gremio en general.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FRANCIS YESMIN ARROLIGA BORQUET; Vicepresidente: RAQUEL AURORA PEREZ BARAHONA; Secretario: EVELIN DE JESÚS MORALES ARROLIGA; Tesorero: CARLOS ALBERTO MORALES URBINA; Fiscal: BISMARCK JAVIER ARGUELLO RAMOS; Primer Vocal: BAYARDO DE JESÚS GARCIA; Segundo Vocal: JUANA DEL SOCORRO ROMERO MARIN.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5174
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Articulo. 1.
Otórgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACIÓN PROGRESO PARA EL CAMPO” APROCAM ;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2.
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3.
La
“ASOCIACIÓN PROGRESO PARA EL CAMPO” APROCAM;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Septiembre de año dos mil siete.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 15 de junio del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Enrique Quiñónez Tuckler, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 15 de Mayo del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1)Promover la creación de un mejor hábitat digno de la familia en general, con participación activa sostenible, en especial para los campesinos tanto hombres como mujeres; 2)El desarrollo humano integral pretende obtener o lograr en todos los proyectos que se emprendan por la Asociación la participación activa, tanto de los beneficiarios como de los sectores de la población, elaborar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficios sociales y que fortalezcan al hombre a la familia, y a la comunidad en general, al gremio en general.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FRANCIS YESMIN ARROLIGA BORQUET; Vicepresidente: RAQUEL AURORA PEREZ BARAHONA; Secretario: EVELIN DE JESÚS MORALES ARROLIGA; Tesorero: CARLOS ALBERTO MORALES URBINA; Fiscal: BISMARCK JAVIER ARGUELLO RAMOS; Primer Vocal: BAYARDO DE JESÚS GARCIA; Segundo Vocal: JUANA DEL SOCORRO ROMERO MARIN.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
“ASOCIACION PROGRESO PARA EL CAMPO”,
la que podrá identificarse con las siglas
APROCAM.
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO