Managua 26 de octubre del año 2007.

Managua, 12 de septiembre del 2007.


Ingeniero Rene Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Ingeniero Núñez


En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamentos en los artos. 138 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los artos 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION DE AGRICULTORES Y GANADEROS “AGAPAP”

Esta Asociación, se constituye, entre otros, con los siguientes objetivos:

1- Crianza, producción, engorde y comercialización en pie y a destace de ganado vacuno, porcino, caballar y ovejuno, así como su comercialización a nivel nacional como internacional.
2-
3- Producción y comercialización de leche y sus derivados tanto nacional como internacionalmente.
4-
5- Instalación de un matadero para proporcionar a los asociados y productores en general un servicio acorde con las condiciones económicas actuales.
6-
7- Solicitar créditos bancarios para obtener las fincas suficientes y necesarias para la ampliación de corrales para el ganado y la siembra de granos básicos y hortaliza, legumbres, etc.

El domicilio principal de esta entidad será en la ciudad de Managua.

Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa de Personalidad Jurídica de la mencionada Asociación a fin de que sea acogida por el plenario y remitida a Comisión para su dictamen y posterior aprobación

Agradeciendo su atención,


Juan Ramón Jiménez
Diputado.

ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Arto. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE AGRICULTORES Y GANADEROS POR LA PAZ Y EL DESARROLLO “AGAPAP”, también conocida como GRICULTORES Y GANADEROS AGAPAP”, de duración indefinida y del domicilio del Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 la “ASOCIACION DE AGRICULTORES Y GANADEROS POR LA PAZ Y EL DESARROLLO “AGAPAP”, también conocida como GRICULTORES Y GANADEROS AGAPAP”, estará obligada al cumplimiento de de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Ato. 4 El presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta “Diario Oficial”.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los________días del mes de ___________del año dos mil__________




Rene Núñez Wilfredo Navarro

PRESIDENTE SECRETARIO

ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN


Managua, 20 de Junio del 2008





DICTAMEN


Managua, 20 de Junio del 2008