Managua 10 de octubre 2009
Managua 10 de octubre 2009

Decreto AN ____________


LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades

HA DICTADO:

El Siguiente

DECRETO


Arto 1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR o por sus iníciales (ASAM S R S). (Sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de San Rafael del Sur, departamento de Managua.-

Arto 2.- La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto 3.- La ASOCIACIÓN SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR o por sus iníciales (ASAM S R S)., estará obligada al cumplimiento de la Ley general sobre personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás leyes de la república de Nicaragua.

Arto 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.-

__________________________ __________________________

ING RENE NUÑEZ TELLEZ DR: WILFREDO NAVARRO MOREIRA

Presidente 1er Secretario


DICTAMEN




Managua, 11 de enero del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), con domicilio en la ciudad de San Rafael del Sur, departamento de Managua, república de Nicaragua. Presentada por la Diputada, MARIA DOLORES ALEMAN C. En la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 18 de noviembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Gestionar y canalizar a nivel nacional e internacional ayuda material, para ayudar a las personas que por su condición de pobreza material o a causa de fenómenos naturales, accidentes, desastres o cualquier otro motivo, se encuentran desvalidos para sustentar sus necesidades con recursos propios.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MARLON DANIEL HERNÁNDEZ VALLECILLO, Secretaria, JOSEFA LEONOR COREA MEDRANO, Tesorero, REYNA MERCEDES AGUILAR MATUZ, Fiscal, LIGIA MARIA ARAUZ PAVON, Vocal, FRANCISCO JAVIER ARTOLA SANCHEZ.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S),

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE – PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de San Rafael del Sur, departamento de Managua, república de Nicaragua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5982

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de San Rafael del Sur, Departamento de Managua, República de Nicaragua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua 10 de octubre 2009
Managua 10 de octubre 2009

Decreto AN ____________


LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades

HA DICTADO:

El Siguiente

DECRETO


Arto 1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR o por sus iníciales (ASAM S R S). (Sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de San Rafael del Sur, departamento de Managua.-

Arto 2.- La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto 3.- La ASOCIACIÓN SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR o por sus iníciales (ASAM S R S)., estará obligada al cumplimiento de la Ley general sobre personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás leyes de la república de Nicaragua.

Arto 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.-

__________________________ __________________________

ING RENE NUÑEZ TELLEZ DR: WILFREDO NAVARRO MOREIRA

Presidente 1er Secretario


DICTAMEN




Managua, 11 de enero del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), con domicilio en la ciudad de San Rafael del Sur, departamento de Managua, república de Nicaragua. Presentada por la Diputada, MARIA DOLORES ALEMAN C. En la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 18 de noviembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Gestionar y canalizar a nivel nacional e internacional ayuda material, para ayudar a las personas que por su condición de pobreza material o a causa de fenómenos naturales, accidentes, desastres o cualquier otro motivo, se encuentran desvalidos para sustentar sus necesidades con recursos propios.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MARLON DANIEL HERNÁNDEZ VALLECILLO, Secretaria, JOSEFA LEONOR COREA MEDRANO, Tesorero, REYNA MERCEDES AGUILAR MATUZ, Fiscal, LIGIA MARIA ARAUZ PAVON, Vocal, FRANCISCO JAVIER ARTOLA SANCHEZ.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S),

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE – PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de San Rafael del Sur, departamento de Managua, república de Nicaragua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACION SOCIAL DE AYUDA MUTUA DE SAN RAFAEL DEL SUR, pudiendo identificarse de manera abreviada como (ASAM S.R.S), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO