Managua, 15 de Abril del 2011.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Doctor Navarro:

La suscrita Coordinadora de la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASA MATERNAS “REDCAM”, solicita a la honorable Asamblea Nacional, por su digno medio, el otorgamiento de Personalidad Jurídica a nuestra Asociación, constituida de conformidad a la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.

La Asociación Red de casas maternas es una instancia de coordinación nacional de organizaciones, instituciones, grupos, que tienen el propósito común de contribuir a salvar vidas de mujeres, niñas y niños, por medio de estrategias de salud y de derechos humanos. Incide, gestionar y articula esfuerzos para desarrollar un trabajo estratégico e integrado especialmente para la disminución de la mortalidad materna y perinatal y mejora de acceso a sus derechos.

Adjunto los documentos requeridos para su aprobación.

Agradeciendo su atención a nuestra solicitud

Atentamente,

FRANCISCA DEL CARMEN ESPINOZA ORTIZ
Coordinadora





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.-

El marco jurídico constitucional nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el Arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta la siguiente iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”.-

La Red de Casas Maternas”, ha estado funcionando de hecho, puesto que los antecedentes de ésta, ha pasado por diferentes etapas entre estas: Etapa de organización.- El proceso de organización de las Casas maternas se inició en el año 1987 en el municipio de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia, como una iniciativa de la Asociación de Mujeres Nicaragüenses “Luisa Amanda Espinoza” (AMNLAE) con el apoyo de organismos internacionales. Etapa de Crecimiento.- En el transcurso de todos estos años se fueron creando nuevas casas maternas en todo el país, y es en el año de 1999, que se articulan en una Red las once casas maternas existentes en el país hasta esa fecha, las cuales siguen funcionando en la actualidad. A la fecha se cuenta con un total SESENTA Y SEIS CASAS MATERNAS. en todo el territorio nacional.- Etapa de Desarrollo.- Ya en esta etapa, la Red de Casas Maternas, son consideradas parte de la Política de Salud en el país, con presencia a nivel nacional en los departamentos de; Chontales (6 CM), Río San Juan (6 CM), Managua (1 CM), Rivas (1 CM), Estelí (2 CM), Madriz (6 CM), Boaco (2 CM), RAAN (5 CM), Nueva Segovia (5 CM), Jinotega (10 CM), RAAS (6 CM).- Matagalpa (13 CM).

FUNDAMENTO.-
Esta organización tiene presencia a nivel nacional y brinda asistencia especialmente a las mujeres rurales, lo cual disminuye el riesgo de las muertes maternas, así como de los recién nacidos, además de hecho tiene más de veinticuatros años de funcionar, lo cual hace importante la aprobación de su personería jurídica sustentado en el interés social que se ha planteado desde los Objetivos fundamentales siguientes: 1) Establecer alianzas con las organizaciones, instituciones, grupos, en la unidad de acciones a favor de la vida de las de mujeres, niñas y niños. 2) Incidir en la formulación e implementación de políticas, estrategias, programas y proyectos dirigidos a la reducción de la mortalidad materna y de salud sexual y reproductiva. 3) Desarrollar capacidades, habilidades y destrezas en la administración, recursos humanos, financieros, técnicos y materiales para el fortalecimiento institucional de los asociados. 4) Formular e implementar una Estrategia de Diversificación de recursos que contribuyan a la sostenibilidad de la las iniciativas. 5) Articular esfuerzos con diferentes organismos e instituciones gubernamentales y no gubernamentales para establecer alianzas en la implementación de planes estratégicos en función de la reducción de la mortalidad materna y perinatal.

Por lo expuesto solicito someter a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.

En la ciudad de Managua a los veintidós días del mes de junio de dos mil once.



Diputado
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ.
Bancada Alianza del FSLN





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Artículo 1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.-

Artículo2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen su acta constitutiva y Estatutos.

Artículo 3.- ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil once.


RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN
Managua, 20 de octubre del 2011

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, con domicilio en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega. Presentada por el Diputado: JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 07 de julio del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Establecer alianzas con las organizaciones, instituciones, grupos, en la unidad de acciones a favor de la vida de las de mujeres, niñas y niños. 2) Incidir en la formulación e implementación de políticas, estrategias, programas y proyectos dirigidos a la reducción de la mortalidad materna y de salud sexual y reproductiva. 3) Desarrollar capacidades, habilidades y destrezas en la administración, recursos humanos, financieros, técnicos y materiales para el fortalecimiento institucional de los asociados. 4) Formular e implementar una Estrategia de Diversificación de recursos que contribuyan a la sostenibilidad de la las iniciativas.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Coordinadora: FRANCISCA DEL CARMEN ESPINOZA ORTIZ, Vice-coordinadora: ALEJANDRA CENTENO RAMIREZ, Secretaria: SUSANA ELIZABETH ESPINOZA BETANCO, Tesorera: ADA AUXILIADORA MOLINA ARROLIGA, Fiscal: FIDELIA BUSTAMANTE MONCADA, Vocal: MARIA ANGELA CHOW CASTILLO, Vocal: THELMA DEL CARMEN ESPINOZA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO








LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.



Arto. 3 La ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASAS MATERNAS la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6663
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASA MATERNAS, la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN RED NACIONAL DE CASA MATERNAS, la que podrá identificarse de forma abreviada como “REDCAM”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional