Managua, Marzo 02 de 2005.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NUÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho


Los Suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el artículo 138 inciso 3 y el artículo 140 inciso 1 de nuestra Constitución Política, el articulo 44 del Estatuto General y el Articulo 83 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presentamos para su tramitación la siguiente iniciativa de ley denominada “LEY DE EMISIÓN DE TIMBRE A BENEFICIO DE CRUZ ROJA NICARAGUENSE”

En un mundo cada vez más cambiante, a veces hostil e inestable, todos contamos con la permanencia de Cruz Roja, dispuesta siempre a brindar ayuda incondicional.

En la medida en que las necesidades de la humanidad se han ido incrementando, Cruz Roja ha desplegado más acciones en favor de quienes la necesitan hasta llegar a formar lo que es hoy la mayor organización privada, no lucrativa, de socorro en el mundo.

Cruz Roja ha sido galardonada con cuatro Premios Nóbel de la Paz, siendo hasta ahora la única Institución a nivel mundial en contar con tal distinción.

La idea de formar Cruz Roja es apropiada de un ciudadano suizo llamado Henry Dunant A los 31 años de edad, un viaje de negocios lo condujo a la ciudad de Solferino, en la región de Lombardía, al norte de Italia. Ahí el 24 de junio de 1859 fue testigo casualmente, de una guerra corta pero sangrienta La Batalla de Solferino, donde franceses e italianos libraron una batalla contra los austriacos que ocupaban el país. A causa de esa batalla se produjeron 40,000 víctimas, entre muertos y heridos.

Dunant se horrorizó al ver que, abandonados a su suerte, miles de caídos tendidos en el campo de batalla morían de hambre, sed y enfermedad; por ello interrumpió su viaje para asistir a los moribundos y organizar grupos de voluntarios para salvar el mayor número de vidas.

De regreso en Suiza, Dunant no podía olvidar esa visión de horror. Así pues, cogió la pluma para relatar ese drama de la guerra, mil veces repetido.

En 1862, terminó su libro "Recuerdo de Solferino".

Dunant buscó la forma de que estos hechos no se repitieran, concientizando a los gobiernos para formar, en tiempos de paz, grupos de voluntarios que auxiliaran a los heridos en tiempos de guerra.

En febrero de 1863 se constituyó una comisión especial en la Sociedad de Utilidad Pública de Ginebra., fecha que se toma como referencia como su fundación.

La Cruz Roja realiza su labor bajo siete principios fundamentales que rigen las actuaciones de esta organización, los cuales son: Humanidad - Imparcialidad - Neutralidad - Independencia - Voluntariado - Unidad – Universalidad.

Proclamados en Viena en 1965, los siete Principios Fundamentales crean un vínculo de unión entre las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, el CICR y la FICR. Los Principios Fundamentales garantizan la continuidad del Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y su labor humanitaria.

En Nicaragua, la Cruz Roja fue Fundada el 10 de Enero de 1934, es una organización humanitaria, social de socorros voluntarios y de acción nacional, está constituida conforme los Convenios de Ginebra, de los cuales el Gobierno de Nicaragua es parte.

La acción humanitaria de la Cruz Roja Nicaragüense está inspirada en el principio de Humanidad que rige al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que tiene como objetivo promover la vida y la salud de las personas, prevenir y aliviar el sufrimiento de las personas en todas las circunstancias y hacer respetar la dignidad humana.

La Cruz Roja Nicaragüense favorece la comprensión mutua, la amistad, la cooperación y una paz duradera entre todos los pueblos. Sus servicios humanitarios se brindan sin distingo de raza, religión, condición social o credo político, dedicándose únicamente a socorrer a las personas en proporción con sus sufrimientos, remediando sus necesidades y dando prioridad a las más urgentes.

Está reconocida oficialmente por el Estado de Nicaragua, como una Asociación Nacional de socorros, voluntarios, autónomo, la cual garantiza y respeta el Estado. Es auxiliar de los poderes públicos en sus actividades humanitarias, especialmente en el campo de la salud.

La Cruz Roja Nicaragüense fue reconocida por el Comité Internacional de la Cruz Roja el 13 de Septiembre de 1934 y es miembro de la Federación Internacional de Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y Media Luna Roja, a partir del 17 de Octubre del mismo año.

Forman parte de la Cruz Roja Nicaragüense aproximadamente unas 4,000 personas, entre socorristas, damas voluntarias, miembros de la juventud y funcionarios permanentes, posee aproximadamente 45 filiales tanto departamentales como locales.

La Cruz Roja es una Institución que vive de la voluntad de organismos internacionales y de nicaragüenses altruistas; no cuenta con un presupuesto por parte del estado, esto obliga a solicitar ayuda a la Lotería Nacional a través de un sorteo y recaudar fondos a través de aportes caritativos, de esta manera suplir las necesidades básicas y dar respuesta en la medida de sus posibilidades a la población.

La Cruz Roja Nicaragüense realiza una labor humanística, en las diversas emergencias siempre está presente, cubre múltiples necesidades, sin embargo, se ve limitada por la falta de presupuesto, carece de ambulancias, camillas, equipos médicos de primeros auxilios, etc., a pesar de los limitados recursos económicos, capacita a su personal voluntario quienes salvan vidas arriesgando las suyas, personal que vemos presente en todo momento, los que estarán presentes en más de cien playas y ríos de Nicaragua este verano.



La Cruz Roja Nicaragüense, es la síntesis de una creencia mundial de que la vida y la dignidad humana merecen respeto y protección contra los desastres producidos por el hombre o la naturaleza.

Ayuda a las personas a evitar y manejar las emergencias a través de programas de educación en las áreas de salud, primeros auxilios, salvamento y rescate, donde sea necesario y posible, salvan millones de vidas al suministrar sangre de una fuente segura. También comparten los recursos disponibles con el fin de mejorar los servicios para la gente en todo el movimiento y ejecutan programas de desarrollo comunitario a favor de las personas más vulnerables.

Recientemente esta Institución de socorro, solicitó a la Asamblea Nacional que emitiera una Ley y se estableciera la utilización de un timbre a la salida y entrada de las fronteras nicaragüenses, de esta forma solventar parte de los gastos.

En vista de la labor humanitaria de esta Institución la cual no cuenta con el apoyo del gobierno ni de un presupuesto fijo, estamos proponiendo la creación de una Ley que asegure la emisión de un sello adherente o timbre donde se capte recursos para que Cruz Roja Nicaragüense continúe con su labor humanitaria llevando alivio al que lo necesite.

Esta Ley de emisión de timbre a beneficio de Cruz Roja Nicaragüense, contempla aplicar el timbre previamente cancelado en la DGI, a los documentos que están relacionados de alguna manera con la actividad de Cruz Roja, por ejemplo, las personas que viajan fuera del país, pudieron haber necesitado de los servicios de esta Institución, así como lo relacionado a medicina legal, donde en muchos casos, se requiere de los servicios de ambulancia de Cruz Roja; las empresas que registran marcas y patentes de medicamentos extranjeros, y las empresas importadoras de medicamentos se incluyen dentro de los que contribuyan con Cruz Roja; los vehículos automotores son causa de accidentes y en muchos casos se requiere los servicios de socorro y de ambulancias de Cruz Roja para salvar a las víctimas; las empresas aseguradoras se incluyen en el cobro de este timbre ya que Cruz Roja ha salvado muchísimas vidas y ha evitado mayores daños en salud a personas que han sido socorridas por esta Institución, personas que muchas de ellas están aseguradas, y las empresas aseguradoras se han visto beneficiadas indirectamente.

Se incluye también a las Empresas Médicas Previsionales, que en muchos casos, sus pacientes son trasladados por las ambulancias de Cruz Roja sin cobrar un centavo, a pesar que estas Empresas Médicas son Privadas y con fines de lucro; se involucra también a los hoteles y restaurantes que están a los alrededores de los balnearios, los que son masivamente visitados por la temporada de verano, y esto aumenta el riesgo de víctimas por ahogamiento, y la Cruz Roja está presente en los principales balnearios para tratar en la medida de lo posible salvar las vidas de los veraneantes.

Por las razones antes expuestas sometemos a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, el Presente Proyecto de Ley y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la comisión respectiva, para su debido dictamen y posterior aprobación.





CARLOS GADEA AVILÉS ENRIQUE QUIÑONEZ T.
Diputado Diputado




LEONEL PANTIN FRANCISCO SACASA
Diputado Diputado



BLADIMIR PINEDA VICTOR DUARTE
Diputado Diputado