Managua, 13 de Diciembre del año 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor :
Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre Usted y los que le rodean.
En mi calidad de Presidente de
la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIÓN CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(119)
el día nueve de Abril del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Notario José Antonio Calero Requenes.
Con el debido respeto que se merece, me dirijo a Usted, para solicitarle que a través de su digno medio el Plenario de Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Asociación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Atentamente,
PEDRO IGNACION SILES DUARTE
PRESIDENTE
ASOCIACIÓN IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE (IGMICI)
TEL.89305614
DIRECCION : SAN CARLOS, RIO SAN JUAN
BARRIO BELLO AMANECER, DE LA PIEDRA DEL AMOR, 1/1C. AL NORESTE.
Managua, 13 de Diciembre del año 2010.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto.14 y el Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(119)
el día nueve de Abril del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Notario José Antonio Calero Requenes.
FUNDAMENTACION:
La Fundación con la obtención de su personalidad jurídica logrará brindar a nuestra sociedad el alimento espiritual de la palabra de Dios, así como el desarrollo integral de la sociedad nicaragüense, utilizando todas las herramientas que nuestro Señor Jesucristo nos ha puesto en esta tierra para que seamos bendecido cada día. Sus objetivos son :
1) Incrementar la evangelización en el Municipio y Departamento de Rio san Juan y rescatar almas para Jesucristo.
2) Trabajar arduamente para asegurar que la iglesia sea la columna vertebral y fundamento de la verdad, cumpliendo el lema que la iglesia es el pueblo santo de Dios.
3) Asegurar a través de su vidente fundador, coordinador general y evangelizadores en particular un entusiasmo divino en la practica de la oración, el estudio de la palabra de Dios y la búsqueda
Entre otros objetivos.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha fundación.
Atentamente,
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
sin fines de lucro, de carácter civil de orientación religiosa, con domicilio en el Municipio de El Castillo del Departamento de Rio San Juan de duración indefinida.
Art.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art.3
La
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 14 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
con domicilio en el poblado Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. Presentada por el Diputado: GUILLERMO OSORNO MOLINA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Incrementar la evangelización en el municipio y Departamento de Rio San y rescatar almas para Jesucristo,. 2) Trabajar arduamente para asegurar que la iglesia sea la columna vertebral y fundamento de la verdad, cumpliendo el lema que la iglesia es el pueblo santo de Dios.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: PEDRO IGNACIO SILES DUARTE Vicepresidente, DOMINGO JIRON LEIVA, Secretario, MIRIAM DEL CARMEN BRAVO DIAZ, Tesorero, JONEY PADILLA RODRIGUEZ, Fiscal, MIGUEL ANGEL ARROLIGA GARCIA, Vocales, GREGORIA TRUJILLO LOPEZ Y EDNA DEL SOCORRO LOPEZ SALGAADO.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el poblado Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6357
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
Asociación “Iglesia Misión Cristiana Independiente”
,
pudiéndose abreviar
(IGMICI);
sin fines de lucro, de duración Indefinida y con domicilio en el Poblado Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Río San Juan.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
Asociación “Iglesia Misión Cristiana Independiente”
,
pudiéndose abreviar
(IGMICI);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día quince del mes de Marzo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 13 de Diciembre del año 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor :
Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre Usted y los que le rodean.
En mi calidad de Presidente de
la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIÓN CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(119)
el día nueve de Abril del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Notario José Antonio Calero Requenes.
Con el debido respeto que se merece, me dirijo a Usted, para solicitarle que a través de su digno medio el Plenario de Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Asociación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Atentamente,
PEDRO IGNACION SILES DUARTE
PRESIDENTE
ASOCIACIÓN IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE (IGMICI)
TEL.89305614
DIRECCION : SAN CARLOS, RIO SAN JUAN
BARRIO BELLO AMANECER, DE LA PIEDRA DEL AMOR, 1/1C. AL NORESTE.
Managua, 13 de Diciembre del año 2010.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto.14 y el Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(119)
el día nueve de Abril del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Notario José Antonio Calero Requenes.
FUNDAMENTACION:
La Fundación con la obtención de su personalidad jurídica logrará brindar a nuestra sociedad el alimento espiritual de la palabra de Dios, así como el desarrollo integral de la sociedad nicaragüense, utilizando todas las herramientas que nuestro Señor Jesucristo nos ha puesto en esta tierra para que seamos bendecido cada día. Sus objetivos son :
1) Incrementar la evangelización en el Municipio y Departamento de Rio san Juan y rescatar almas para Jesucristo.
2) Trabajar arduamente para asegurar que la iglesia sea la columna vertebral y fundamento de la verdad, cumpliendo el lema que la iglesia es el pueblo santo de Dios.
3) Asegurar a través de su vidente fundador, coordinador general y evangelizadores en particular un entusiasmo divino en la practica de la oración, el estudio de la palabra de Dios y la búsqueda
Entre otros objetivos.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha fundación.
Atentamente,
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI)
sin fines de lucro, de carácter civil de orientación religiosa, con domicilio en el Municipio de El Castillo del Departamento de Rio San Juan de duración indefinida.
Art.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art.3
La
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, (IGMICI
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 14 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
con domicilio en el poblado Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan. Presentada por el Diputado: GUILLERMO OSORNO MOLINA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Incrementar la evangelización en el municipio y Departamento de Rio San y rescatar almas para Jesucristo,. 2) Trabajar arduamente para asegurar que la iglesia sea la columna vertebral y fundamento de la verdad, cumpliendo el lema que la iglesia es el pueblo santo de Dios.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: PEDRO IGNACIO SILES DUARTE Vicepresidente, DOMINGO JIRON LEIVA, Secretario, MIRIAM DEL CARMEN BRAVO DIAZ, Tesorero, JONEY PADILLA RODRIGUEZ, Fiscal, MIGUEL ANGEL ARROLIGA GARCIA, Vocales, GREGORIA TRUJILLO LOPEZ Y EDNA DEL SOCORRO LOPEZ SALGAADO.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el poblado Buena Vista, Municipio de El Castillo, Departamento de Rio San Juan.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“IGLESIA MISION CRISTIANA INDEPENDIENTE”, pudiéndose abreviar (IGMICI),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO