Managua, 17 de Abril 2007
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho:
Doctor Navarro, amparado en lo que disponen los Artos. 138, 140 de nuestra Constitución Política y 4, 44 de la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, solicito presentar al Honorable Plenario de esta Asamblea Nacional, la solicitud de Personaría Jurídica de la
ASOCIACIÓN UROLÓGICA DE NICARAGUA,
la que podrá abreviarse y conocerse con las siglas
(ASUNIC)
Dicha Asociación tendrá su domicilio el municipio de Managua, del departamento de Managua, sin perjuicio de la creación de sedes en otra parte del territorio nacional, teniendo una duración Indefinida.
Le estoy remitiendo la Exposición de Motivo de la misma para su análisis y remisión a comisión y su aprobación.
Aprovecho para saludarle, se suscribe de usted.
Atentamente
Dr. Carlos Ramón Fletes Solano
Presidente Provisional
DECRETO Nº ____________
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
HACE SABER AL PUEBLO DE NICARAGUA QUE:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES HA DICTADO EL SIGUIENTE
DECRETO
ART. 1 OTORGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CIVIL
SIN FINES DE LUCRO DENOMINADA
“ASOCIACION UROLÓGICA
DE NICARAGUA”
MISMA QUE PODRA ABREVIARSE Y SER
CONOCIDA COMO (ASUNIC), DE DURACIÓN IDEFINIDA, CON
DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA, DEPARTAMENTO DE
MANAGUA.
ART 2 LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE ESTA ASOCIACIÓN SERA EJERCIDA
LA FORMA QUE DETERMINAN SUS ESTATUTOS
ART. 3 LA ASOCIACIÓN UROLÓGICA DE NICARAGUA, ESTARA OBLIGADA
AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY GENERAL SOBRE PERSONAS
JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO Y DEMAS LEYES DE LA
REPUBLICA.
ART. 4 EL PRESENTE DECRETO ESTARA EN VIGENCIA DESDE LA FECHA DE
SU PUBLICACIÓN EN CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACIÓN
SOCIAL ESCRITA; SIN PERJUICIO DE SU POSTERIOR PUBLICACIÓN
EN EL DIARIO ORICIAL LA GACETA.
DADO EN LA CIUDAD DE MANAGUA, EN LA SALA DE SESIONES DE LA ASAMBLEA NACIONAL, A LAS ______________ Y ______________ MINUTOS DE LA _______________ DEL MES DE ________________ DEL AÑO DOS MIL SIETE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional y con fundamento en los Artos. 138 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, 4 y 44 de la “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO” Presento la solicitud otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación Civil sin fines de Lucro denominada
“ASOCIACIÓN UROLÓGICA DE NICARAGUA”
la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASUNIC).
La Asociación Urológica de Nicaragua, (ASUNIC), de carácter civil sin fines de lucro, se constituye sobre otros con los siguientes objetivos:
1. DESARROLLAR, PROTEGER Y DEFINIR LA EVOLUCION DE LA ESPECIALIDAD DE UROLOGÍA EN NICARAGUA
2. MANTENER LA ARMONIA, LAS BUENAS RELACIONES PROFESIONALES, CULTURALES, CIENTÍFICAS, DE ACUERDO A LOS AVANCES DE LA CIENCIA EN EL CAMPO DE LA UROLOGÍA
3. FORTALECER EL ESPIRITU DE SOLIDARIDAD
El domicilio principal de la Asociación será el Municipio de Managua, del Departamento de Managua,. No obstante, podrá establecer sedes en otra parte del territorio nacional. La duración de la Asociación es de carácter indefinida.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa de Personería Jurídica de la mencionada Asociación a fin de que sea aceptada por el plenario, remitida a comisión para su dictamen y posterior aprobación.
__________________________________________
DR CARLOS OLIVAS
DIPUTADO BANCADA LIBERAL
DICTAMEN
Managua, 07 de abril del 2008
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Carlos Oliva, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
a1) Agrupar a todos los especialistas de Urología de la República de Nicaragua; b) Vigilar el respeto a las normas éticas y morales en el ejercicio de la especialidad, especialmente en todo lo que pueda redundar en beneficio del enfermo; c) Promover los intereses generales de la profesión médica en lo relativo a la especialidad de Urología; d) Asesorar a los organismos públicos y sociedades o instituciones privadas en materia de urologìa; f) Fomentar la creación de becas y ayudas para la ampliación de estudios de la Especialidad.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS RAMON FLETES SOLANO; Vicepresidente: ADRIAN GUILLERMO HERNANDEZ ESQUIVEL; Secretario: FRANCISCO EVERTH HERNANDEZ; Tesorero: SILVIO LACAYO GUTIERREZ; Fiscal: JORGE ANTONIO SABORIO LACAYO; Vocal: RENE DE JESUS MORALES.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC).
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5411
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Junio de año dos mil ocho.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 07 de abril del 2008
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Carlos Oliva, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
a1) Agrupar a todos los especialistas de Urología de la República de Nicaragua; b) Vigilar el respeto a las normas éticas y morales en el ejercicio de la especialidad, especialmente en todo lo que pueda redundar en beneficio del enfermo; c) Promover los intereses generales de la profesión médica en lo relativo a la especialidad de Urología; d) Asesorar a los organismos públicos y sociedades o instituciones privadas en materia de urologìa; f) Fomentar la creación de becas y ayudas para la ampliación de estudios de la Especialidad.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS RAMON FLETES SOLANO; Vicepresidente: ADRIAN GUILLERMO HERNANDEZ ESQUIVEL; Secretario: FRANCISCO EVERTH HERNANDEZ; Tesorero: SILVIO LACAYO GUTIERREZ; Fiscal: JORGE ANTONIO SABORIO LACAYO; Vocal: RENE DE JESUS MORALES.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC).
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION UROLOGICA DE NICARAGUA (ASUNIC),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO