Achuapa, León 29 de Junio 2005

Doctora

María Auxiliadora Alemán Z

Presidente de Asamblea Nacional

SU DESPACHO:

Por medio de la presente solicito a Usted, se nos conceda Personería Jurídica de la ASOCIACION DE MUJERES POR LA UNIDAD DE LA FAMILIA CONOCIDA POR LAS SIGLAS “AMUFA” del municipio de Achuapa, Departamento de León.

Esperando haber cumplido con lo señalado, solicito se le de el trá ;mite correspondiente para obtener la Personería Jurídica de dicha ASOCIACION.

Sin más a que referirme, le saludo

Muy atentamente

María Emelina Arrostegui González

PRESIDENTA

“ AMUFA “

DECRETO A. N. N° _____

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaraguense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MUJERES POR LA UNIDAD DE LA FAMILIA. (AMUFA) Asociación, sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en el Municipio de Achuapa, Departamento de León.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. ASOCIACIÓN DE MUJERES POR LA UNIDAD DE LA FAMILIA. (AMUFA) estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás leyes de la Repú blica.

Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los __________ días del mes de ____________ del año dos mil tres.

EDUARDO GOMEZ MARIA AUXILIADORA ALEMAN

PRESIDENTE DE LA SECRETARIO DE LA

ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


EXPOSICION DE MOTIVOS


Estelí, 17 de Febrero del 2006.

Diputado

Eduardo Gómez

Presidente de Asamblea Nacional

SU DESPACHO

Estimado Diputado:

La suscrita representante de la Asamblea Nacional con fundamento: a.- En el Arto 138 Inciso (3) y del Arto 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua. (b) En el Arto 4 Inciso (2) y del Arto 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional. Y (c).- En la Ley No: 147 “ Ley General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro”, presento la solicitud del otorgamiento de personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE MUJERES POR LA UNIDAD DE LA FAMILIA, Denominada con las siglas “ AMUFA” del domicilio de ACHUAPA – Municipio del departamento de LEON. La cual no persigue lucro alguno, Constituida en Escritura Pú blica, En esta Ciudad ante los oficios Notariales de la Licenciada: Rosario M. Valdivia Valdivia. ABOGADA y NOTARIA PUBLICA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA.

Los objetivos generales de la Asociación consisten:

La Asociación como ente, sin fines de lucro, tendrá por objeto principales contribuir en su más amplio sentido al bienestar fí sico espiritual, cultural y educativo de todas las mujeres de las distintas comunidades.

1.- Brindar capacitaciones a las socias en las áreas de medicinas natural en las distintas comunidades del Municipio de Achuapa.

2.- Defender los derechos de las mujeres víctimas de Violencia intrafamiliar.

3.- Proyectar el uso de la medicina natural a nivel Nacional.

4.- Tramitar el registro de salud para el uso de la medicina natural a nivel.

5.- Trabajar y organizar desde las necesidades e intereses de la familia a la Comunidad.

6.- Crear condiciones para alcanzar una mejor calidad de vida.

7.- Contribuir a que las beneficiarias adquieran conciencia personal y social.

8.- Gestionar el apoyo de instituciones para el desarrollo de la Comunidad para cumplir con estos objetivos.

Por lo antes expuesto, solicito se someta a consideración del pleno de la Asamblea Nacional la presente iniciativa con la finalidad de que sea acogida. Y sea pasada a la Comisión respectiva para su Dictamen favorable y posteriormente su debida aprobación.

Muy atentamente,

Lic: Albertina Urbina Zelaya

DIPUTADA