EXPOSICION DE MOTIVOS

Ingeniero
REENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

El Suscrito representante ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 50, 138 numeral 1, 5 y 140 de la constitución Política, en el numeral 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y con fundamento también en las disposiciones pertinentes de la Ley General de personas jurídicas sin fines de lucro, ley número 147, publicada en la Gaceta Diario Oficial número 102, del 29 de mayo de 1992, somete por su medio a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente solicitud de otorgamiento de Personería jurídica para la entidad, sin fines de lucro denominada: "FUNDACION ESQUIPULAS", también conocida con las siglas de "FUNES".

Esta Asociación fue constituida en escritura pública número veinticuatro, que autorizó el Notario Francisco Donald Olivas Talavera en esta ciudad capital a las diez de la mañana del día dieciocho de Noviembre del año dos mil cinco.

La: "FUNDACION ESQUIPULAS", fue creada entre otros con los siguientes objetivos:

1. Contribuir al desarrollo socioeconómico, educativa, cultural, así como el fortalecimiento de valores que tiendan a mejorar el nivel de vida, desde una perspectiva moralizante y cristiana, a los miembros de las comunidades del municipio de Larreynaga, departamento de león y aún fuera de este.-

2. Desarrollar iniciativas que contribuyan a elevar el nivel productivo de sectores que se dediquen o se quieran dedicar a actividades agropecuarias, artesanales, de servicios, y cualquier otra actividad productiva o microempresaria que contribuya al desarrollo socio productivo del municipio de Larreynaga.

3. Promover iniciativas de organización cultural, deportivas,educativas, dirigidas especialmente a los jóvenes, a fin de contribuir al cultivo de valores cristianos que tiendan a elevar la calidad moral de la comunidad.

4. Promover a través de obras y proyectos socio económicos el desarrollo sostenible, el bienestar y el progreso d elas comunidades.

5. Promover la educación en los sectores más vulnerables de la comunidad, con énfasis a combatir el problema del analfabetismo.

6. Promover la salud de la comunidad, sobre todo la salud preventiva.

7. Desarrollar iniciativas dirigidas al mejoramiento de los medios,técnicas y comercialización agropecuaria y promover la diversificación agropecuaria y la aplicación de tecnologías apropiadas a las condiciones de vida de los productores, que les permita elevar los niveles y la calidad de la producción.

8. Incidir en la conservación y defensa de los recursos naturales de las comunidades, mediante la difusión de formas sostenidas de manejo y explotación que ayuden a reconstruir y conservar el medio ambiente.

9- Desarrollar Planes de transferencia de Tecnología en la comunidad, que les permita garantizar la autosuficiencia alimentaria, promoviendo modelos y sistemas de producción alternativos que les facilite convertirse en agentes de su propio desarrollo.

10. potenciar la autogestión comunitaria, preparando a sus propios líderes; brindando asesoría en los procesos de elaboración de proyectos, así como en las técnicas de administración.

Por lo antes expuesto, solicito a los honorables Diputados dar su aprobación a la presente iniciativa en el plenario enviándola a la comisión respectiva, para ser dictaminada, para recibir posteriormente su aprobación final, todo de confirmdad a lo establecido por el artículo 43 y siguientes del estatuto de la Asamblea Nacional.

Managua, cinco de Diciembre del dos mil cinco.

Diputado

LEONIDAS CENTENO


DICTAMEN



Managua, 28 de octubre del 2008

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad FUNDACION SANTA BRIGIDA, o abreviadamente por las siglas “FUSAB”, con domicilio en Malpaisillo, municipio Larreynaga, departamento de León. Presentada por el Diputado, LEONIDAS CENTENO. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día ocho de abril del año dos mil seis.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Contribuir al desarrollo socioeconómico, educativa, cultural, así como el fortalecimiento de valores que tiendan a mejorar el nivel de vida, desde una perspectiva moralizante y cristiana, a los miembros de las comunidades del municipio de Larreynaga, departamento de León y aun fuera de este , 2), Desarrollar iniciativas que contribuyan a elevar el nivel productivo de sectores que se dediquen se quieran dedicar a actividades agropecuarias, artesanales, de servicios y cualquier otra actividad productiva o microempresaria que contribuya al desarrollo socio productivo del municipio de Lerreynaga.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, BERNABE ANTONIO MATUS MEDINA, Vicepresidente, MANUEL ANTONIO BRAVO NARVAEZ, Secretario, JUAN FRANCISCO GONZALEZ ROJAS, Tesorero, ALCIDES URROZ ARAUZ, Vocal, GUADALUPE DIONISIO FLORES QUINTERO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 1447.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.







Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION SANTA BRIGIDA, o abreviadamente por las siglas “FUSAB”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



ENRIQUE QUIÑONEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE



FRANCISCO SACASA JOSE A. MARTINEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO



AUGUSTO VALLE ULISES ALFARO
MIEMBRO MIEMBRO




FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO



IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO MIEMBRO



JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO



CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO


MAXIMINO RODRIGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO



LA



ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION SANTA BRIGIDA, o abreviadamente por las siglas “FUSAB”. Sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en Malpaisillo, municipio Larreynaga, departamento de León.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


La FUNDACION SANTA BRIGIDA, o abreviadamente por las siglas “FUSAB”. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.


Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.







RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO









DECRETO A. N. No. 5655
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN SANTA BRIGIDA”, o abreviada por sus siglas “FUSAB”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en Malpaisillo municipio La Reynaga, Departamento de León.
.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACIÓN SANTA BRIGIDA”, pudiéndose designar con las siglas “FUSAB”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce días del mes de Febrero del año dos mil nueve.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional