Managua, 02 de diciembre del 2011.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro Moreira.
A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a Aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN DE CLUB NICARAGÜENSE DE CAZA, PESCA Y TIRO DEPORTIVO “NICARAO”, pudiendo abreviarse con las siglas “NICARAO”,
de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.
Adjunto los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución de y Estatutos, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.
Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted.
Atentamente,
,
CAMILO ADOLFO FERNANDEZ GURDIAN
Presidente.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero.
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
El suscrito diputado de la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República ce Nicaragua Capitulo III, Arto. 14, numeral 2, Arto 89. Párrafo 4, numeral 2 y Arto 91 y en la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas Sin fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta
“ASOCIACIÓN DE CLUB NICARAGÜENSE DE CAZA, PESCA Y TIRO DEPORTIVO “NICARAO” pudiendo abreviarse con las siglas “NICARAO”
asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número Veinticuatro (24) otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las ocho de la mañana del día primero de diciembre del año 2011, ante los oficios notariales del Licenciado ARIEL DE JESUS PINEDA PADILLA, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.
Esta Asociación se establece como Objetivos: primordial promover, impulsar, facilitar, accionar, coordinar y generar la actividad de caza, pesca y tiro deportivo sano y responsable en todo el territorio nacional, de forma sostenible y amigable con el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, sobre todo dentro del marco del respeto a la Constitución Política y leyes vigentes, actuando de manera proactiva en múltiples acciones conjuntas para hacer de la caza, la pesca y el tiro deportivo una práctica racional con mayor conciencia ciudadana de nuestras riquezas naturales.- También son parte de los fines y objetivos de la Asociación lo siguiente:
1) Formar educativamente, técnicamente y ambientalmente la actividad de la Caza, Pesca y Tiro Deportivo, como un medio de recreación sana, tanto física como metal de los integrantes de la asociación, respetando el Medio Ambiente y los Recursos Naturales;
2) Promover el deporte en todas las diversas modalidades y actividades de Caza deportiva respetando el Medio Ambiente y los Recursos Naturales;
3) Promover el Tiro Deportivo en todas las diversas modalidades, tales como: el IPSC, el tiro práctico, el tiro de precisión, el tiro olímpico, en fin todo tipo de tiro con armas de aire y de fuego central de cañón largo y corto, ya sea por medio de rigle, escopeta, fusil, pistola y/o cualquier otro permitido por la ley 510 y cualquier otra ley nacional;
4) Promover la pesca sana en todos sus estilos y competencias, tanto en los Mares del Pacífico y atlántico de nuestro país, ríos, lagos, lagunas naturales o artificiales, entre otros;
5) Promover las liberaciones de peces con alto valor para la pesca deportiva como son los peces vela y marlín;
6) Proteger en todo sentido la flora, fauna, especies en extinción y el habitad de todos los animales en nuestro país, con el interés que la misma crezca y aumente;
7) Proteger los vientres y animales pequeños como venadas y los venaditos pintos;
8) Promover a sus asociados, afiliados y al público en general el respeto irrenunciable no cazar o tirar a los animales que no sirvan como alimento;
9) Defender de los derechos de los asociados en materia de Caza y Pesca y todo lo relacionado a la tenencia Legal de Armas de fuego para dicho deporte;
10) Impulsar acciones y actividades que fomenten el deporte de Caza, Pesca y tiro y el desarrollo físico y psicosocial de la población;
11) Respetar las zonas protegidas y las normas de conversación de los ecosistemas;
12) Promover entre sus miembros la educación constante y la capacitación para ejercer estos deportes con seguridad y respeto al medio ambiente según las disposiciones del ministerio de recursos naturales y sus leyes;
13) Capacitar a los asociados miembros en la adquisición de una cultura de preservación de los recursos naturales y erradicar la caza y la pesca indiscriminada, promoviendo la práctica sana y sensitiva;
14) Respetar la vida y el proceso de reproducción de aquellos animales terrestre, aéreos y de agua en peligro de extinción;
15) Promover y desarrollar la práctica del Safari Turismo de aventura y ecológico para la instalación de campamentos de observación y estudio científico de la fauna, flora y hábitat, así como obtener aperos de Pesca, armas y municiones de Caza para que sus miembros puedan realizar sus objetivos, cumpliendo con los requisitos exigidos por las leyes y normativas de la materia y con las instrucciones, orientaciones y resoluciones de las autoridades correspondientes;
16) Promover acciones conjuntas con clubes, asociaciones, fundaciones, entre otros, para preservar del medio ambiente y los recursos naturales con el fin de contribuir y garantizar el cumplimiento de las leyes de protección de flora y fauna, respetando las vedas y áreas protegidas establecidas para ello;
17) Participar activamente en consultas relacionados con dichos deportes, anteproyectos de leyes que afecten el ejercicio de dichos deportes;
18) Promover una red de información integral, haciendo énfasis en el cuido y respeto de las épocas de veda creando un sistema de apoyo que coadyuve a la realización de dicha práctica deportiva;
19) Coordinar con las autoridades del medio ambiente y los recursos naturales para que los afiliados respeten los periodos de veda de la fauna silvestre y marítima;
20) Respetar las zonas protegidas y las normas de conservación de los ecosistemas y capacitar los asociados y afiliados en una cultura preservacioncitas, erradicando la caza y pesca indiscriminada;
21) Investigar y desarrollar técnicas apropiadas que contribuyan a mejorar la práctica de la caza y pesca deportiva y la conservación de las mismas y del medio ambiente logrando la mejor utilización de los Recursos Naturales de nuestro país;
22) Asociarse con otras organizaciones sin fines de lucro, federaciones, clubes o cualquier institución pública o privada que fomente, impulse y desarrolle el deporte razonable de la Caza, Pesca y tiro, y que tenga como principio el respecto al ecosistema, el medio ambiente, la fauna y animales en peligro de extensión o cualquier otro objetivo que vaya a favor de la vida, la naturaleza y el medio ambiente;
23) Promover hermanamiento con otras asociaciones nacionales e internacionales que tengan el mismo objetivo o que estén interesados en tal rin, con el afán de obtener recursos económicos y financieros para invertir en proyectos que conyuguen la conservación de los ecosistemas por medio del fomento del deporte de la caza y la pesca racional y con mayor conciencia ciudadana;
24) Promover y desarrollar la gestión comunitaria en conjunto con los Organismos del Estado y sus demás dependencias, así como otras instituciones pública y privadas, sean éstas nacionales o extranjeras, y cuyo interés sea financiar o apoyar materialmente las gestiones, diligencias y acciones de los diversos proyectos de la Asociación en coordinación con otras asociaciones de la sociedad civil y el gobierno local;
25) Gestionar donaciones, créditos o garantías con instituciones financieras nacionales o extranjeras, sean estas públicas o privadas, para el desarrollar de actividades de reforestación y contribuir a la repoblación de animales en extinción;
26) Impulsar y ejecutar programas de servicios, orientados, por principios éticos, que le permitan a la Asociación proyectar su imagen a nivel nacional e internacional;
27) Importa, exportar y distribuir toda clase de materiales que fomenten el deporte de la caza, la pesca y el tiro deportivo o que requiera la Asociación para su subsistencia, respetando las leyes y normas en la materia;
28) Impulsar, exportar y distribuir todo tipo de tiros, armas de fuego, armas de presión o aire, cañas de pescar y todo tipo de vestuario, accesorios y utillaje o pertrechos de caza (pólvora para rellenar cartuchos de escopeta y tiros de pistolas y rifle, fulminantes para escopeta, rifle, y pistola, vainas vacías de escopeta, rifle y pistola, balines para rifles y pistolas de aire, wads de escopeta, plomo en balines, para rellenar tiros de escopeta) y pesca, o cualquier otra cosa que requiera la Asociación para su subsistencias y uso de los asociados y/o afiliados con el único fin el fomenta el deporte de la caza y la pesca razonable;
29) Realizar servicios ecológicos a comunidades que lo necesiten, promover y desarrollar toda otra actividad deportiva y socio económico para que contribuyan al desarrollo y subsistencia de la asociación.
En fin la Asociación para lograr todos sus objetivos podrá realizar cualquier otro tipo de acto o actividad no lucrativa que posibiliten o ayuden a su autofinanciamiento y que considere conveniente para su subsistencia, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Asociación y las Leyes de la República. Los objetivos descritos con anterioridad son meramente enunciativos y no son limitativos, pues la Asociación podrá determinar cualquier otro objetivos vinculado con los aquí enumerados sin más limitaciones que las establecidas en la Ley número ciento cuarenta y siete (147) “ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro” y demás leyes de la República.
Por todo lo antes someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a la comisión para su dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
WILBER LOPEZ NUÑEZ
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica, a la
“ASOCIACIÓN DE CLUB NICARAGÜENSE DE CAZA, PESCA Y TIRO DEPORTIVO “NICARAO”, pudiendo abreviarse con las siglas “NICARAO”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Artículo. 3. La
“ASOCIACIÓN DE CLUB NICARAGÜENSE DE CAZA, PESCA Y TIRO DEPORTIVO “NICARAO”, pudiendo abreviarse con las siglas “NICARAO”,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______ días del mes de_________ del dos mil once
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO