Managua, veintisiete de enero del 2009
Managua, veintisiete de enero del 2009


EXPOSICIÓN DE MOTIVO



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea nacional
Su Despacho.-


Honorable Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el artículo 2 del artículo 14 y el artículo 91 de la ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACIÓN DE SOLIDARIDAD ENTRE TRABAJADORES DE CORPORACION PIPASA NICARAGUA; S.A. (ASEPIPASA NICARAGUA).” Asociación civil, sin fines de lucro. Constituida en escritura pública, otorgada ante los oficios del Notario Público Ronald Antonio Ortega Hernández, a las ocho de la mañana del día once de diciembre del año dos mil ocho.

Adjuntamos la escritura pública número treinta y ocho (38) de CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL, SIN FINES DE LUCRO Y ESTATUTOS.-

Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

3. Lograr el máximo desarrollo integral de sus asociados, atendiendo sus más sentidas necesidades socioeconómicas, procurando mejorar su calidad de vida. 4. Agrupación conformada por trabajadores de CORPORACION PIPASA NICARAGUA; S.A. que se han organizado con la finalidad de ayudarse mutuamente, fomentar la justicia, la paz social, la armonía entre los trabajadores y consolidar la relación de los trabajadores y la empresa, procurando el desarrollo integral de sus miembros.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimientos de formación de ley.-


Diputado Francisco Javier Sarria García
Asamblea Nacional



ASAMBLEA NACIONAL

En uso de sus Facultades

Ha Dictado

El siguiente

DECRETO

Arto. 1
Otorgase la Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE SOLIDARIDAD ENTRE TRABAJADORES DE CORPORACIÓN PIPASA NICARAGUA; S.A. (ASEPIPASA NICARAGUA)” sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de León.
Departamento de León.

Arto.2
La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus estatutos.

Arto. 3

La “ASOCIACIÓN DE SOLIDARIDAD ENTRE TRABAJADORES DE CORPORACIÓN PIPASA NICARAGUA; S.A. (ASEPIPASA NICARAGUA)” Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4

El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los___________ del mes de______________, del año dos mil nueve.



RENÉ NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional