Managua, Nicaragua
Marzo 01 del 2011.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro Moreira:

A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a Aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACION VIDA NUEVA Pudiendo abreviarse FVN de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Publica de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted,

Atentamente,



ISOLINA JOSE URBINA MENDEZ
Presidente
FUNDACION




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, Nicaragua
Marzo 01 del 2011.


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua Capitulo III. Arto. 14, numeral 2, Arto 89. párrafo 4, numeral 2 y Arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta
FUNDACION VIDA NUEVA Pudiendo abreviarse FVN Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Numero ocho (8), otorgada en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las once de la mañana del día veintisiete del mes diciembre del año dos mil diez, ante los Oficios Notariales de WERNER ISAAC VARGAS TORRES, Abogado y Notario Público de la Republica de Nicaragua.

Esta Fundación se establece como Objetivo fundamental:

Ø Facilitar acciones y procesos encaminada a la restauración de la vida de familias, niños, niñas, jóvenes y adolescentes, promoviendo principio y valores que contribuyan a fortalecer la armonía y convivencias de las familias y comunidades en la nación por medio de la implementación de programas y proyectos integrales educativos, salud, saneamiento, protección ambiental y seguridad alimentaria, en beneficios de familias y personas que se encuentren en pobrezas y extrema pobreza, priorizando, a mujeres, niños y niñas huérfanas, viudas, viudos, personas de la tercera edad, extranjeros en situación vulnerables y privados de libertad.

Ø Elaborar, gestionar, administrar y dirigir según sea el caso, proyectos y programas que promuevan los objetivos generales y específicos de esta fundación.

Para lograr sus objetivos esta Fundación podrá realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y Leyes de la Republica.


Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,



MAXIMINO RODRIGUEZ
Diputado




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION VIDA NUEVA Pudiendo abreviarse FVN sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.

Arto. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La FUNDACION VIDA NUEVA Pudiendo abreviarse FVN estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO

DICTAMEN

Managua, 16 de mayo del 2011


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN, con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: MAXIMINO RODRIGUEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 10 de mayo del año dos mil once.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) a) Facilitar acciones y procesos encaminados a la restauración integral de la vida de familia, niños, niñas, jóvenes y adolescentes, promoviendo principios y valores que contribuyan a fortalecer la armonía y convivencia de las familias y comunidades en la Nación , por medio de la implementación de programas y proyectos integrales educativos, de salud, saneamiento, protección ambiental y seguridad alimentaria, en beneficio de familias y personas que se encuentren en pobreza y extrema pobreza, priorizando, a mujeres niños, y niñas huérfanos, viudas, viudos, personas de la tercera edad, extranjeros en situación vulnerable y privados de libertad; b) Brindar atención espiritual y psico-social a niños, niñas, y jóvenes en situación de riesgo; mujeres y hombres que padecen violencia, huérfanas, huérfanos, viudos, viudas, extranjeros en estado de vulnerabilidad, ex militares, privados de libertad y sus familiares; c)Otorgar financiamiento y asistencia técnica a organizaciones, personas y grupos organizados, que comparten nuestra finalidad y objetivos; d) Contribuir al mejoramiento de la seguridad humana y ciudadana mediante el desarrollo de programas, proyectos educativos y campañas de carácter formal y no formal; e)Brindar asistencia técnica, jurídica, financiera y material a grupos y organizaciones laicas religiosas en el proceso de su formación, desarrollo y consolidación, f)Crear y desarrollar programas de desarrollo empresarial con énfasis en los jóvenes y mujeres; g)Promover el conocimiento, respeto y ejercicio de las leyes del país entre la población, mediante charlas, conferencias, Foros, programas de radio, televisión, ciberespacio, medios escritos y por otros medios electrónicos que estén disponibles a fin de desarrollar una conciencia de respeto y amor por la nación, el medio ambiente y una cultura de paz;

h) Promover el desarrollo humano integral, procurando obtener o lograr en todos los proyectos que se emprendan por la fundación, la participación activa tanto de los beneficiados como de otros sectores de la población; i) Elaborar, promover, desarrollar, y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficio social y fortalezcan al hombre, a la familia y a la comunidad; j) Participar en asociaciones que tengan similares fines; k) Elaborar, gestionar, administrar y dirigir según sea el caso, proyectos y programas que promuevan los objetivos generales y específicos de esta fundación; l) Promover o facilitar los procesos de Prevención y mejoramiento del entorno social y natural del ser humano; m) Gestionar ante organismos y agencias nacionales y extranjeras, los recursos Humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la fundación, n) Establecer relaciones con otras organizaciones homologas Nacionales y Extranjeras; o) Canalizar y gestionar recursos técnicos y económicos con instituciones Nacionales e Internacionales para el logro de sus objetivos, p) Solicitar cooperación a organizaciones internacionales con objetivos similares; q) Apoyar y brindar asistencia humanitaria ante situaciones de emergencia o desastres naturales en cualquier lugar del país o fuera de el; r) Realizar todos los actos necesarios o convenientes para la consecución de los fines aquí establecidos, que deben entenderse como meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ISOLINA JOSE URBINA MENDEZ, Vicepresidente de Relaciones Nacionales e Internacionales: MARTA AMERICA MORENO, Vicepresidente de Organización Y Planificación de Actividades: JULIO DAVID RIVERA CARDOZA, Vicepresidente de Finanzas, DAYSI KATIUSKA HERRERA MORENO, Vicepresidente de Capacitación y Educación: LUIS BENJAMIN ARANA MORENO. Secretario: ALVARO ERNESTO HERRERA PINEDA. Fiscal, SILVIO ANTONIO PEREZ URBINA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS




ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO



ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, República de Nicaragua.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.



Arto. 3 La FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A.N. No. 6491
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACION VIDA NUEVA, pudiendo abreviarse FVN; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Julio del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional