Managua, 9 de Octubre año 2007.
Doctor
WILFREDO NAVARRO.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
-
Estimado Doctor Navarro :
Adjunto estoy remitiendo iniciativa de Personería Jurídica denominada
FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE (FUNDESFAN),
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos y el Decreto.
Solicito se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.
Por su fina atención, quedo agradecido.
Atentamente,
Diputado
ING. MARIO VALLE DAVILA
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1- Otórguese Personalidad Jurídica a la
“FUNDACIÓN PARA EL DESARROOLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSES” (FUNDESFAN),
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2- La representación de esta
FUNDACION
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-
Arto.3.
La “FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA” (FUNDESFAN),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la de la República.
Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil seis.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ . DR WILFREDO NAVARRO.
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 9 de Octubre Julio de 2007.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.
-
Honorable Presidente Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto.138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua,y el Artículo 14 de la Ley Orgánica del poder Legislativo , y en la Ley 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “
FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSES” (FUNDESFAN).
La Fundación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:
1) Promover a nivel nacional el desarrollo de la familia Nicaragüense , que por factores economicos,étnicos y de orden tècnicos no ha logrado su superación.- 2) Desarrollar proyectos para conservar y unificar a la familia nicaragüense.- 3) Fortalecer la Organización , educaciòn y Capacitaciòn del núcleo familiar para lograr su autonomía en el ámbito del desarrollo económico y social. 4) Desarrollar proyectos de impacto social y habitacional.-5) capacitar y formar lideres para el desarrollo social y económico 6) cualquier otra actividad acorde con los objetivos generales de la Fundación , que la Junta Directiva y Asamblea General estimen conveniente.-
El domicilio principal de la entidad será en la ciudad de Managua Nicaragua, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua y su duración es por tiempo indefinido.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
Diputado
ING. MARIO VALLE DAVILA
DICTAMEN
Managua, 20 de Junio del 2008
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
con Domicilio en el municipio de Granada, Departamento de Granada. Presentada por el Diputado Mario Valle Dávila, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Marzo del año dos mil ocho.
Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover a nivel nacional el desarrollo de la familia nicaragüense, que por factores económicos, étnicos y de orden técnicos no ha logrado superación. 2) Desarrollar proyectos para conservar y unificar a la familia nicaragüense. 3) Fortalecer la organización, educación y capacitación del núcleo familiar para lograr su autonomía en el ámbito del desarrollo económico y social. 4) Desarrollar proyectos de Impacto Social y habitacional.
Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BISMARK AGUILAR BALTODANO; Vicepresidente: IVAN FERNANDO AGUILAR GUEVARA; Secretario: HEBE CRISTINA DUARTE CASTILLO; Tesorero: CLAUDIO CECILIO CLARK AMADOR; Fiscal: DEYANIRA CONCEPCION VELASQUEZ VELASQUEZ; Primer Vocal: WILLIAM CLARK TREJOS PAVON; Segundo Vocal: ELVIS JESUS LOGO SOLANO.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN.
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Granada, Departamento de Granada.
Arto. 2 La representación legal de ésta Fundación
será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3 La
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5478
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGÜENSES”
reconocida con las siglas
(FUDESFAN);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Granada.
Art. 2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
“FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGÜENSES”
reconocida con las siglas
(FUDESFAN);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 9 de Octubre año 2007.
Doctor
WILFREDO NAVARRO.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
-
Estimado Doctor Navarro :
Adjunto estoy remitiendo iniciativa de Personería Jurídica denominada
FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE (FUNDESFAN),
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos y el Decreto.
Solicito se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.
Por su fina atención, quedo agradecido.
Atentamente,
Diputado
ING. MARIO VALLE DAVILA
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1- Otórguese Personalidad Jurídica a la
“FUNDACIÓN PARA EL DESARROOLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSES” (FUNDESFAN),
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2- La representación de esta
FUNDACION
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-
Arto.3.
La “FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA” (FUNDESFAN),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la de la República.
Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil seis.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ . DR WILFREDO NAVARRO.
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 9 de Octubre Julio de 2007.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.
-
Honorable Presidente Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto.138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua,y el Artículo 14 de la Ley Orgánica del poder Legislativo , y en la Ley 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “
FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSES” (FUNDESFAN).
La Fundación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:
1) Promover a nivel nacional el desarrollo de la familia Nicaragüense , que por factores economicos,étnicos y de orden tècnicos no ha logrado su superación.- 2) Desarrollar proyectos para conservar y unificar a la familia nicaragüense.- 3) Fortalecer la Organización , educaciòn y Capacitaciòn del núcleo familiar para lograr su autonomía en el ámbito del desarrollo económico y social. 4) Desarrollar proyectos de impacto social y habitacional.-5) capacitar y formar lideres para el desarrollo social y económico 6) cualquier otra actividad acorde con los objetivos generales de la Fundación , que la Junta Directiva y Asamblea General estimen conveniente.-
El domicilio principal de la entidad será en la ciudad de Managua Nicaragua, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua y su duración es por tiempo indefinido.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
Diputado
ING. MARIO VALLE DAVILA
DICTAMEN
Managua, 20 de Junio del 2008
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
con Domicilio en el municipio de Granada, Departamento de Granada. Presentada por el Diputado Mario Valle Dávila, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Marzo del año dos mil ocho.
Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover a nivel nacional el desarrollo de la familia nicaragüense, que por factores económicos, étnicos y de orden técnicos no ha logrado superación. 2) Desarrollar proyectos para conservar y unificar a la familia nicaragüense. 3) Fortalecer la organización, educación y capacitación del núcleo familiar para lograr su autonomía en el ámbito del desarrollo económico y social. 4) Desarrollar proyectos de Impacto Social y habitacional.
Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BISMARK AGUILAR BALTODANO; Vicepresidente: IVAN FERNANDO AGUILAR GUEVARA; Secretario: HEBE CRISTINA DUARTE CASTILLO; Tesorero: CLAUDIO CECILIO CLARK AMADOR; Fiscal: DEYANIRA CONCEPCION VELASQUEZ VELASQUEZ; Primer Vocal: WILLIAM CLARK TREJOS PAVON; Segundo Vocal: ELVIS JESUS LOGO SOLANO.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN.
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Granada, Departamento de Granada.
Arto. 2 La representación legal de ésta Fundación
será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3 La
“FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA NICARAGUENSE”,
y reconocida con las siglas
FUDESFAN,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO